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Resolución 214 de 2020 Contaduría General de la Nación

Fecha de Expedición:
22/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51.544 del 31 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 214 DE 2020

 

(Diciembre 22)

 

Por la cual se corrige un error de digitación contenido en el artículo 1° de la Resolución N° 190 de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019

 

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

 

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal g) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación profirió la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019”, la cual fue publicada en el Diario Oficial N° 51.511 del 27 de noviembre de 2020.

 

Que en el artículo primero de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020 se incurrió en un error de digitación en el aparte que hace referencia al número de departamentos que se autocategorizaron, en razón a que se estipuló que “(…) se excluyen trece (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…” (SIC), siendo la redacción correcta la siguiente: “(…) se excluyen quince (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…”.

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 establece que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

 

Que, con fundamento en lo anterior, se hace necesario corregir el error formal de digitación previamente indicado.

 

Que, en mérito de lo expuesto

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el error formal de digitación contenido en el artículo primero de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019”, en razón a que se estipuló que “(…) se excluyen trece (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:” (SIC), siendo lo correcto indicar que “(…) se excluyen quince (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:”

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en los términos establecidos en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.

 

PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ

 

Contador General de la Nación.