RESOLUCIÓN 276 de
2021
(Febrero 16)
Por la cual se
modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para el
empleo Jefe de Oficina de Control Interno del Instituto de Desarrollo Urbano
IDU
EL DIRECTOR
GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ, D.C,
en ejercicio de
las facultades que le confiere el artículo 29 del Acuerdo No. 001 de 2009 del Consejo
Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 002 de febrero 3 de 2009 emanado
del Consejo Directivo y modificado parcialmente por el Acuerdo 02 de 2017, se
estableció la nueva estructura organizacional del Instituto de Desarrollo
Urbano y las funciones de sus dependencias.
Que el inciso 4° del artículo 3° del Acuerdo No. 002 de 2009
del Consejo Directivo, asigna a la Dirección General la función de dirigir,
controlar y garantizar las funciones de planeación, técnicas, financieras,
administrativas, de desarrollo institucional y legales.
Que el literal b) del numeral 2° del artículo 19 de la Ley
909 de 2004, establece que el diseño de cada empleo, además de la descripción
del contenido funcional que permita identificar con claridad las
responsabilidades exigibles a quien sea su titular consagrado en el literal a)
del citado numeral, debe contener “El perfil de competencias que se
requieren para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y
experiencia, así como también las demás condiciones para el acceso al servicio.
En todo caso, los elementos del perfil han de ser coherentes con las exigencias
funcionales del contenido del empleo”.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, con Decreto 989 de 2020, “Por el cual adiciona el capítulo 8 al
título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado
con las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe de oficina,
asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las
entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial”, ordenó
adoptar en el manual de funciones, las competencias y los requisitos de estudio
y experiencia para el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno.
Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias
Laborales adoptado mediante Resolución 12649 de 2019 ha sido diseñado de manera
tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios de acuerdo con los requerimientos
de la Entidad.
Que mediante oficio No. 20205160498231 del 6 de agosto de
2020, el Instituto de Desarrollo Urbano-IDU, solicitó concepto técnico
favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales
del cargo de Jefe de Oficina de Control Interno de la Entidad.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital mediante oficio No 20215260265832 del 16 de febrero de 2021, informó
que ese despachó emitió concepto técnico favorable para la modificación del
Manual de Funciones y Competencias Laborales del cargo anteriormente
mencionado, por medio de correo electrónico del 27 de agosto de 2020.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificado por el art. 1, Resolución 1952 de 2022. <El nuevo texto es el siguiente> Modificación al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales. Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de Director General, Asesor, Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno y Subdirector General Jurídico de la planta de personal del IDU, los cuales quedarán así:
I.
IDENTIFICACIÓN
|
Nivel:
|
Directivo
|
Denominación
del Empleo:
|
Jefe
de Oficina
|
Código:
|
006
|
Grado:
|
02
|
No.
de cargos:
|
Uno
(01)
|
Dependencia:
|
Donde
se ubique el cargo
|
Cargo
del Jefe Inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
|
II.
ÁREA FUNCIONAL: Control Disciplinario
|
238-OCD
|
III.
PROPÓSITO PRINCIPAL
|
Orientar
e implementar las políticas y estrategias para el ejercicio de la
función disciplinaria y adelantar la etapa de instrucción en primera
instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los
servidores y exservidores públicos, en los términos de oportunidad, de
conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.
|
IV.
DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
1. Orientar
al Director General en la formulación e implementación de las políticas y
estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria de la Entidad, de
conformidad con las competencias atribuidas en el marco normativo vigente.
2. Dar
trámite a las denuncias de tipo disciplinario radicadas en la entidad de
conformidad con los términos señalados por la normatividad vigente.
3. Adelantar
la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos de los/las
servidores/as públicos que presuntamente hubiesen incurrido en faltas
disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
4. Adelantar
la indagación preliminar, la investigación formal de los procesos
disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/ as del organismo,
hasta la formulación del pliego de cargos, de conformidad con el Código
General Disciplinario o la norma que lo modifique o sustituya y las demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
5. Mantener
actualizada la información de los procesos disciplinarios en la etapa de
instrucción de la entidad, en el Sistema de Información Disciplinaria
Distrital o el que haga sus veces.
6. Fijar
procedimientos operativos disciplinarios acorde con las pautas señaladas por
la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica
Distrital.
7. Efectuar
el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los
servidores y ex servidores públicos de la entidad, de manera oportuna y
eficaz.
8. Orientar
y capacitar a los servidores públicos de la entidad en la prevención de
acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia
disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.
9. Surtir
el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los
expedientes disciplinarios que conozca en la etapa de instrucción en los
términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
10. Resolver
las consultas sobre aspectos relacionados con la acción disciplinaria que se
formulen a la entidad, en términos de interpretación y aplicación de las
normas sobre la materia.
11. Diseñar
e implementar estrategias de difusión de la normatividad disciplinaria a los
servidores de la entidad, con el fin de prevenir la ocurrencia de
comportamientos o conductas violatorias de las normas que rigen la materia.
12. Atender
las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia,
de manera oportuna y eficaz.
13. Realizar
todas las actividades en el marco del debido proceso.
14. Las
demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza del
empleo.
|
V.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
|
1. Constitución
Política
2. Código
General Disciplinario
3. Derecho
Administrativo
4. Estatuto
Anticorrupción
5. Derecho
Probatorio y Derecho Procesal
6. Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. Ley
de Transparencia y Acceso a la Información.
8. Herramientas
ofimáticas
|
VI.
COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
Comunes
Aprendizaje
continuo
Orientación
a resultados
Orientación
al usuario y al ciudadano
Compromiso
con la organización
Trabajo
en equipo
Adaptación
al cambio
|
Por
Nivel Jerárquico
Visión
estratégica
Liderazgo
efectivo
Planeación
Toma
de decisiones
Gestión
del Desarrollo de las personas
Pensamiento
sistémico
Resolución
de conflictos
|
VII.
COMPETENCIAS ÁREAS TRANSVERSALES
|
Competencias
Laborales Transversales
N/A
|
Competencias
Comunes Transversales
N/A
|
VIII.
REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
Estudios
Título
de formación profesional en Derecho; Jurisprudencia; Leyes y Jurisprudencia;
Derecho y Ciencias Sociales; Derecho y Ciencias Políticas; Derecho y Ciencias
Humanas del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y Afines. Título de
formación profesional en Derecho del núcleo básico del conocimiento en:
Derecho y Afines.
Título
de postgrado en áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta
o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Experiencia
Cuarenta
y ocho (48) meses de experiencia profesional relacionada.
|
El texto original era el siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Manual Especifico de Funciones y de
Competencias Laborales para el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno de
la Planta de Personal del Instituto de Desarrollo Urbano, el cual quedara así:
I. IDENTIFICACIÓN
|
Nivel:
|
Directivo
|
Denominación del Empleo:
|
Jefe de Oficina
|
Código:
|
006
|
Grado:
|
02
|
No. de cargos:
|
Uno (01)
|
Tipo Empleo
|
Empleo de Período Fijo cuatro
(4) años
|
Dependencia:
|
Donde se ubique el cargo
|
Cargo del Jefe Inmediato:
|
Director de la entidad
|
II. ÁREA FUNCIONAL: Control Interno
|
243-OCI
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
Verificar y evaluar el estado
del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la normatividad vigente.
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
1. Planear,
dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control
Interno;
2. Verificar
que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la
organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones
de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad
de mando;
3. Verificar
que los controles definidos para los procesos y actividades de la
organización se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial,
que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen
disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;
4. Verificar
que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la
organización estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren
permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad;
5. Velar
por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes,
programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes
necesarios;
6. Servir
de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que
se obtengan los resultados esperados;
7. Verificar
los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los
sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean
necesarios;
8. Fomentar
en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya
al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;
9. Evaluar
y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que
en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad;
10. Mantener permanentemente
informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de
la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su
cumplimiento;
11. Verificar que
implanten las medidas respectivas recomendadas;
12. Las demás que le
asigne el jefe de la entidad, de acuerdo con el carácter de sus funciones.
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O
ESENCIALES
|
1.Mejores prácticas nacionales
e internacionales del Proceso de Auditoría Interna 2. Normatividad
Contratación Pública
3. Plan de Desarrollo
Distrital en temas relacionados con las funciones del empleo
4. Normatividad vigente Modelo
Integrado de Planeación y Gestión – MIPG y Políticas de Gestión y Desempeño
5. Normatividad que regule el
Sistema de Control Interno Público
6. Normatividad aplicable
vigente expedidas por entes de control
7. Finanzas y Presupuesto
Público
8. Fundamentos de
Formulación y Evaluación de Proyectos
9. Gestión Pública
10.Normas Técnicas de Calidad
|
|
|
|
VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
|
Comunes
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
|
ESPECIFICAS
Decreto 989 de
2020
Orientación a resultados
Liderazgo e iniciativa
Adaptación al cambio
Planeación
Comunicación efectiva
|
VII. COMPETENCIAS ÁREAS
TRANSVERSALES
|
Competencias Laborales
Transversales
Creatividad e innovación
Liderazgo
|
Competencias Comunes
Transversales
Vinculación interpersonal
Transparencia
Capacidad de análisis
Atención de requerimientos
|
VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN
ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Decreto 989 de 2020
|
ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
Título profesional.
Título de posgrado en la
modalidad de maestría.
Tarjeta o matrícula profesional
en los casos reglamentados por la Ley.
|
Cincuenta y dos (52) meses de
experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno.
|
ALTERNATIVA
|
Título profesional.
Título de posgrado en la
modalidad de especialización.
Tarjeta o matrícula profesional
en los casos reglamentados por la Ley
|
Sesenta y cuatro (64) meses de
experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno”.
|
ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar el empleo de la Planta en
el Manual de Funciones y Competencias Laborales vigente que se relacionaron en
el artículo anterior, en las condiciones descritas.
ARTÍCULO TERCERO: REQUISITOS YA ACREDITADOS. A quien
al entrar en vigencia esta Resolución esté desempeñando el empleo de
conformidad con la Resolución que se modifica, para todos los efectos legales,
y mientras permanezca en el mismo empleo, no se le exigirá los requisitos
establecidos en la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo
pertinente la Resolución No. 12649 de 2019 y las demás disposiciones que le
sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá,
D.C., a los 16 días del mes de febrero del año 2021.
DIEGO SÁNCHEZ
FONSECA
Director General