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Decreto 071 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/02/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 071 DE 2020

 

(Febrero 27)

 

Por medio del cual se acepta renuncia a un miembro de la junta directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño

 

LA ALCALDESA MAYOR BE BOGOTA, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el articulo 56 del Decreto Ley 1421 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso 2 del artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, serán designados libremente por la alcaldesa mayor.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo precitado, mediante el Decreto 468 de 2015 se designaron los miembros de la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

 

Que mediante correo electrónico de fecha 8 de julio de 2018, el señor Edgar Sardi presentó renuncia irrevocable como miembro de la junta directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, por lo que se hace necesario aceptar dicha dimisión

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Articulo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Edgar Sardi, identificado con cédula de ciudadanía número 14.982.114, como miembro de la junta directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, de conformidad con las consideraciones que anteceden.

 

Artículo 2.- Comunicar el contenido del presente decreto al señor Edgar Sardi, por intermedio de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

 

Artículo 3.- Comunicar el presente decreto al/la director/a general de la Fundación y a quien funja como subdirector/a de gestión corporativa, en su condición de secretario/a técnico/a de la junta directiva de dicha entidad.

 

Artículo 4.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de febrero del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor