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Circular 002 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
24/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 002 DE 2021

 

(Febrero 24)


NOTA: Agotó su objeto por cumplimiento del término para el cual fue expedido.


Para: SUBSECRETARIOS JURÍDICOS, DIRECTORES JURÍDICOS, JEFES (AS) DE OFICINAS JURÍDICAS DE ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO.

 

De: SUBSECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

Asunto: AGENDA REGULATORIA PARA VIGENCIA 2021


Respetados doctores,

 

La Secretaría Jurídica Distrital en su calidad de gerente del Modelo de Gerencia Jurídica Pública del Distrito Capital consagrado en el decreto 430 de 2018, a través del cual dirige a la administración y hace seguimiento de la gestión jurídica en el distrito en busca de mantener altos estándares de eficiencia y seguridad jurídica, la protección de los intereses del Distrito Capital y la prevención del daño antijurídico, y atendiendo a las funciones específicas otorgadas por el Decreto Distrital 323 de 2016, modificado por el Decreto Distrital 798 de 2019, señala en el numeral 3 del artículo 3 de la referida norma la función de “Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de decreto del Gobierno Distrital y de los proyectos de actos administrativos del/la Alcalde/sa o los que deba sancionar o suscribir” conforme al procedimiento establecido en la Resolución 88 de 2018[1], requiere:

 

Remitir hasta antes del 10 de marzo de los corrientes, al correo electrónico correspondencia@secretariajuridica.gov.co matriz contentiva de los proyectos de actos administrativos y demás documentos que debe suscribir, sancionar y/o expedir la alcaldesa mayor de Bogotá durante la vigencia 2021, se resalta que este documento es de diligenciamiento obligatorio por parte de todas las entidades y organismos del sector central y descentralizado, para cumplir la instrucción dada a través de la presente circular, razón por la que se adjunta el formato correspondiente.

 

En concordancia con lo expuesto, vale la pena indicar que este ejercicio debe obedecer a un proceso de análisis de pertinencia antes de remitir la agenda regulatoria a esta Secretaría, con el fin de determinar si existen otras alternativas a la de producción normativa, para procurar su racionalización.

 

Por último, en caso de surgir nuevas necesidades de regulación luego de haber enviado la agenda solicitada en esta circular, se puede hacer de forma justificada dentro de los 5 primeros días de cada mes, toda vez que se requiere hacer planeación normativa para hacer el análisis jurídico respectivo, cumpliendo los tiempos y procesos por parte de esta secretaría.

 

Agradecemos el cumplimiento oportuno de la presente instrucción.

 

Cordialmente:                                                                 

 

IVAN DAVID MÁRQUEZ CASTELBLANCO

 

Subsecretario Jurídico Distrital


NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

[1] Por la cual se expiden los lineamientos para la revisión y trámite de los proyectos de actos administrativos y demás documentos que debe suscribir, sancionar y/o expedir el Alcalde Mayor; así como el procedimiento para determinar la vigencia de los decretos, resoluciones, directivas y circulares del Alcalde Mayor


Proyectó: Ángela Cristina Rosas Henao, Contratista – Dirección de Política Distrital

Revisó y aprobó: Sergio Pinillos Cabrales, Director de Política Distrital

Paula Johanna Ruiz Quintana, Directora Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos.    


NOTA: Ver Anexo.