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Concepto 2270 de 1997 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital

Fecha de Expedición:
13/08/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/08/1997
Medio de Publicación:
No se public¿
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROCEDIMIENTO PARA TRASLADOS PRESUPUESTALES DEL DISTRITO CAPITAL

(CÓDIGO CJA22701997) TRASLADOS PRESUPUESTALES DEL DISTRITO CAPITAL - PROCEDIMIENTO.- El Subdirector Jurídico Financiero de la Dirección Distrital de Tesorería de la Alcaldía Mayor, mediante oficio de fecha 13 de agosto de 1997, conceptuó:

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La Resolución 570 de 1996 que adopta el Manual de Ejecución Presupuestal para las entidades que integran el presupuesto anual del Distrito Capital y el Decreto 714 de 1996, establecen el procedimiento a seguir para efectuar modificaciones presupuestales bajo la modalidad de traslado presupuestal, para lo cual se pueden presentar dos circunstancias:

 

1) Cuando se modifica en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones, bien en funcionamiento, servicio de la deuda o inversión, es decir, que el traslado se efectúa dentro de la misma apropiación. En este evento será necesaria una Resolución expedida por la Secretaría de Hacienda, previo concepto favorable de la Dirección Distrital de Presupuesto, con el ingrediente de que si el traslado se realiza entre los rubros correspondientes a gastos de inversión, se requerirá además el concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

 

2) Cuando se hace indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por concepto de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública o inversión, es decir, cuando por ejemplo se requiere trasladar recursos asignados a servicio de la deuda para inversión. En estos casos, el Concejo Distrital debe aprobar mediante Acuerdo dicho traslado para que posteriormente y a través de un Decreto, el Alcalde Mayor lo incorpore al Presupuesto Anual del Distrito.

 

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Firma: ALEJANDRO REVOLLO RUEDA.