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Decreto Local 013 de 2021 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
18/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/06/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7171 del 25 de junio de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 013 DE 2021

 

(Junio 18)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el parágrafo del Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L”., establece cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones.


Que de conformidad con el Parágrafo del Artículo 10 del Decreto 192 de 2021 se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, requiere acreditar recursos para la prestación del servicio de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario por un valor de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) para el buen funcionamiento de la Alcaldía Local.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, en la apropiación destinada al pago servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo sin operarios, presenta saldos libres de afectación los cuales pueden trasladarse para financiar la prestación del servicio por un valor de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000).

 

Que la Administración Local para adelantar el respectivo traslado presupuestal realizo la correspondiente separación de los recursos en el sistema de información presupuestal – SAP, para garantizar la Disponibilidad de estos. 

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:


CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS

13

GASTOS

$ 30.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 30.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

$ 30.000.000

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

$ 30.000.000

131020202

Adquisición de servicios

$ 30.000.000

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 30.000.000

1310202020203

Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario

$ 30.000.000

131020202020302

Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo sin operarios

$ 30.000.000

 

 TOTAL CONTRACRÉDITO

$ 30.000.000

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS

13

GASTOS

$ 30.000.000

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 30.000.000

13102

Adquisición de bienes y servicios

$ 30.000.000

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

$ 30.000.000

131020202

Adquisición de servicios

$ 30.000.000

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 30.000.000

1310202020203

Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario

$ 30.000.000

131020202020303

Servicios de arrendamiento sin opción de compra de computadores sin operario

$ 30.000.000

                           TOTAL CRÉDITO

$ 30.000.000

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

 

Artículo 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de junio del año 2021.

 

ALEJANDRO RIVERA CAMERO

 

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe (E)