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Decreto 743 de 2021 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
02/07/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2021
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51.723 del 02 de julio de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 743 DE 2021

 

(Julio 02)

 

Por el cual se designa alcalde mayor ad hoc para el Distrito Capital de Bogotá

 

El Presidente de la República de Colombia

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante escrito con radicado número 2-2021-18411, radicado en la Procuraduría General de la Nación el 3 de junio de 2021, la señora Claudia Nayibe López Hernández, alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., manifestó su impedimento para “conocer y resolver el trámite interpuesto por el doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, Secretario Distrital de Gobierno, relacionado con la decisión frente a su impedimento para garantizar y apoyar las condiciones de bioseguridad en la etapa de recolección de firmas del proceso de revocatoria iniciado en contra de la alcaldesa mayor de Bogotá D.C.”, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

 

Que la Procuradora General de la Nación, mediante auto de 23 de junio de 2021, proferido dentro del radicado IUS E-2021-296719, IUC D-2021-1916457, aceptó el impedimento manifestado por la señora Claudia Nayibe López Hernández, para “absolver el impedimento declarado por Luis Ernesto Gómez Londoño, Secretario Distrital de Gobierno, funcionario que solicitó se le separase de las gestiones tendientes a garantizar y apoyar las condiciones de bioseguridad en el proceso de recolección de firmas, como fase intermedia del proceso de revocatoria iniciado en contra de la mandataria del Distrito Capital”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política, preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo .

 

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “... Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio...”, se designará al doctor Daniel Andrés Palacios Martínez, Ministro del Interior, como alcalde ad hoc del Distrito Capital de Bogotá.

 

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc para ese ente territorial.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Designación alcalde mayor ad hoc del Distrito Capital de Bogotá. Designar como alcalde mayor ad hoc del Distrito Capital de Bogotá, al doctor Daniel Andrés Palacios Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 80136152, quien se desempeña en el cargo de Ministro del Interior, Código 0005 del Ministerio del Interior, para absolver el impedimento declarado por Luis Ernesto Gómez Londoño, Secretario Distrital de Gobierno, quien solicitó ser separado de las gestiones tendientes a garantizar y apoyar las condiciones de bioseguridad en el proceso de recolección de firmas, como fase intermedia del proceso de revocatoria del mandato iniciado en contra de la señora Claudia Nayibe López Hernández, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.

 

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 36 del Decreto número 1421 de 1993.

 

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, a la alcaldesa titular de Bogotá, D.C., y a la Procuraduría General de la Nación.

 

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de julio del año 2021.

 

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública

 

Nerio José Alvis Barranco.