Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 62 de 1964 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/07/1964
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/09/1964
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 62 DE 1964

(Junio 10)

Por el cual se autoriza la creación de un parque y la venta de un lote de terreno y se dictan otras disposiciones.

Ver el Acuerdo Distrital 9 de 1970 , Ver el art. 229, Decreto Distrital 619 de 2000

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Autorízase a la Administración para adelantar las gestiones proyectos, obra y estudios necesarios para la construcción de un parque público en la zona oriental de la ciudad, el cual se extenderá desde el Parque Nacional hasta el Funicular de Monserrate, por terrenos nacionales, y comprenderá las hoyas de los ríos San Francisco y San Cristóbal, de propiedad de la Empresa de Acueducto y alcantarillado, así como los terrenos que en dicha zona oriental posee o adquiera con este fin el Distrito Especial de Bogotá.

PARÁGRAFO. El plan general y los proyectos de instalaciones públicas correspondiente serán adelantados por el Departamento Administrativo de Planificación Distrital directamente mediante contratos que para el efecto autorice la Junta Asesora y de Contratos.

ARTICULO 2. Autorízase a la Administración Distrital para que por intermedio de la Procuraduría de Bienes efectúe la venta, mediante licitación pública, del terreno de propiedad del Distrito Situado en la zona alta oriental de la ciudad que forma parte de la quinta denominada San Miguel, sobre las siguientes bases:

  1. El terreno se destinará por parte del comprador exclusivamente a la construcción de un hotel de turismo de primera categoría;

  2. La extensión total de la venta no excederá de seis (6) fanegadas;

  3. El índice máximo de construcción se fija en 0,62;

  4. El precio base para la licitación será de $ 50.00 por V2, y

  5. En el precio del terreno no se incluye la instalación de servicios públicos, ni de nuevos accesos los cuales deberán ser costeados por el comprador del terreno.

ARTÍCULO 3. El producto de la venta del terreno que se autoriza en el artículo precedente se destinará exclusivamente a los estudios y a la construcción de las obras del parque a que se refiere el artículo 1º.

ARTÍCULO 4. Facúltase a la Administración para reemplazarse a la Asociación de Pintores y Escultores de Colombia la casa denominada del Artista, situada dentro de la finca cuya venta se autoriza, por otra casa dentro de la zona urbana, a fin de que la institución la use en comodato por el término y en las condiciones a que se refiere la escritura pública número 43533 del 22 de septiembre de 1954, otorgada en la Notaría Séptima de Bogotá.

ARTÍCULO 5. Dentro del área que comprende este parque y previa cumplimiento de los requisitos que el Distrito señale, la Administración podrá dar en comodato lotes para instituciones deportivas sin ánimo de lucro; también podrá ceder a título predios con destino a sedes diplomáticas de países con los cuales exista reciprocidad.

PARÁGRAFO. Las normas de adjudicación a que se refiere este artículo serán dictadas por el Concejo posteriormente.

ARTÍCULO 6. Cuando alguna entidad contribuya a la construcción de obras que embellezcan este parque, la Junta Asesora y de Contratos podrá autorizar la figuración del nombre del donante.

Los proyectos para estas edificaciones deberán ser sometidos a la aprobación del Departamento Administrativo de Planificación Distrital.

ARTÍCULO 7. El presente Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en el Distrito Especial de Bogotá, a 10 de julio de 1964

El Presidente, GABRIEL ANDRADE LLERAS. - El Secretario, Alvaro Ahumada Garay.

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá,

Septiembre 8 de 1964.

Publíquese y ejecútese.

JORGE GAITAN CORTES.

- El Secretario de Gobierno, Carlos Delgado Fernández

- El Secretario de Hacienda, Luis López Otálora

- El Secretario de Obras Públicas, Arturo Ramírez Montúfar.