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Acuerdo 823 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/09/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/09/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7239 del 20 de septiembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No

ACUERDO 823 DE 2021

 

(Septiembre 15)

 

Por el cual se establecen normas para el acceso a información básica en tiempo real sobre el cuerpo arbóreo del Distrito Capital

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,


Ver Proyecto de Acuerdo 041 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

  

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Con la intención de democratizar el acceso de información a la ciudadanía e incentivar el conocimiento de la misma sobre el cuerpo arbóreo en la ciudad, la Administración Distrital identificará los arboles históricos, patrimoniales y de interés público, así como los arboles aledaños a rutas y lugares donde haya presencia continua de estudiantes, turistas, entre otros, para dotarlos con un código QR que proporcione información histórica, social, cultural, especies de fauna asociadas y fitosanitaria de los mismos.

 

PARÁGRAFO. La información que tendrán los códigos QR se obtendrá del Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano de Bogotá, D.C. - SIGAU e información del Jardín Botánico de Bogotá – JBB, y estará sujeto al estricto cumplimiento de lo previsto en la normatividad vigente, con relación a la responsabilidad de actualización del SIGAU, por parte de las entidades que intervienen el arbolado urbano, el control y seguimiento de la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA de los actos administrativos emitidos.


ARTÍCULO SEGUNDO. El Jardín Botánico de Bogotá “José Celestino Mutis” realizará la implantación del código QR en los árboles patrimoniales y de interés público exaltados mediante actos administrativos de la SDA, en el término de un (1) año a partir de la promulgación del presente acuerdo.

 

El Jardín Botánico de Bogotá “José Celestino Mutis” realizará la identificación de árboles y rutas señaladas en el artículo 1 del acuerdo distrital, diferentes a los árboles patrimoniales y de interés público, e implantará el código QR en un término de mínimo dieciocho (18) meses a partir de la promulgación del presente acuerdo.

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MARÍA FERNANDA ROJAS MANTILLA

 

Presidenta

 

NEIL JAVIER VANEGAS PALACIO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.