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Decreto 1429 de 2021 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
08/11/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/11/2021
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51.852 del 08 de noviembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1429 DE 2021

 

(Noviembre 08)

 

Por el cual se adicionan las secciones 2 y 6 del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, en lo que respecta a la creación de las Medallas Militares “Corazón Azul”, “Alma Mater Escuela Militar de Aviación” y “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana

 

El Ministro del Interior de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto número 1385 del 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial la que le confiere el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 2.3.1.3.1.3 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa 1070 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se hace necesario estimular al personal militar de la Fuerza Aérea Colombiana o de las Fuerzas Aéreas extranjeras, que han apoyado la realización de operaciones, contribuyendo a lograr la misión constitucional encomendada a la institución, resaltando las acciones que sobrepasan las expectativas en misiones y operaciones aéreas, con la certeza de compensar el arrojo del personal militar, quienes, ostentando esta condición, han expuesto su vida y puesto su mejor esfuerzo e integridad al servicio de un solo interés: La Patria.

 

Que la formación de Oficiales íntegros en todos los ámbitos, se ha convertido en un esfuerzo contundente en apoyo al desarrollo del país y de la seguridad y defensa nacional; por esta razón es justo resaltar y reconocer los méritos a la abnegada y sacrificada labor que realizan los hombres y mujeres que conforman la Escuela Militar de Aviación, así como del personal que ha prestado servicios eminentes en beneficio de la formación de los futuros Oficiales de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Que se hace necesario reconocer que el desarrollo de operaciones, aplicaciones y capacidades espaciales de la Nación y de la Fuerza Aérea Colombiana, se ha convertido en un esfuerzo determinante en apoyo al cumplimiento de la misión institucional y proyección de la misma, así como de la seguridad y defensa de la Nación, razón por la cual es justo enaltecer los méritos a la abnegada labor y sacrificio que realizan los hombres y mujeres que han sido y hacen parte del mencionado desarrollo.

 

Que de conformidad con el artículo 2.1.2.2.1 del Decreto número 1081 de 2015, la creación de las Medallas Militares “Corazón Azul”, “Alma Mater Escuela Militar de Aviación” y “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana, conlleva la adición al Decreto número 1070 de 2015.

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Adiciónese la Subsección 64, 65 y 66 a la Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:

 

SUBSECCIÓN 64

 

MEDALLA MILITAR “CORAZÓN AZUL”

 

Artículo 2.3.1.3.6.64.1. Origen. Créase la Medalla Militar “Corazón Azul” para premiar y estimular al personal militar de la Fuerza Aérea Colombiana y militares extranjeros que pertenezcan a la Fuerza Aérea de países con los que se lleven a cabo operaciones, ejercicios y mantenimiento de la seguridad en fronteras y espacios insulares, quienes, además, hayan participado conjuntamente en operaciones de restablecimiento del orden interno de la Nación y cuyos aportes, incluyendo la academia, entrenamiento, ciencia y tecnología, logística y apoyo operacional, arrojen resultados positivos para preservar la seguridad de la Nación.

 

Por ser destinada al personal de tripulaciones y combatientes, esta joya podrá ser otorgada hasta por cinco veces, quedando dicha secuencia consignada, directamente, en la cantidad de estrellas que acompañan la parte superior de la medalla.

 

Artículo 2.3.1.3.6.64.2. Características. La Joya consiste en una medalla en forma de corazón, de fondo azul medianoche que expresa la transición del día hacia la noche; retoma la esencia de Fuerza Aérea Colombiana que, día y noche, vuela, entrena y combate para vencer. El borde, en tono plata, denota un blindaje para hacerle frente a la adversidad y poseer, con valor y entereza, el carácter necesario para defender, con las armas legítimas, la Soberanía Nacional. Al reverso de la misma, va inscrito “mi corazón palpita por la patria”.

 

La joya tendrá las siguientes dimensiones: Ancho: cuatro (4) centímetros, alto: Un (1) centímetro y espesor: Dos (2) milímetros, su parte intermedia estará compuesta por un vínculo entre el corazón y la cinta superior, el cual corresponde a una parte del escudo institucional del cual se han extraído con la venia de su heráldica, las Alas de Ícaro con tonalidad degradé.

 

La cinta que suspende la joya mantendrá la uniformidad del azul medianoche del corazón; sus bordes, tanto laterales como el superior, también en plata, evocan el tono metalizado de las aeronaves de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Parágrafo 1°. La miniatura o réplica será una medalla similar a la joya de la condecoración descrita, pero reducida a un diámetro de quince (15) milímetros, la cual estará suspendida por una cinta similar a la de la joya, de quince (15) milímetros de ancho por treinta y cinco (35) milímetros de largo y en el centro ostentará los distintivos establecidos para la joya.

 

Parágrafo 2°. La venera será una figura rectangular de cuarenta (40) milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores serán los mismos que posee la cinta de la joya, centrado llevará una minuatura del corazón en tono azul medianoche, en la categoría por “Primera Vez”, llevará centrada una línea horizontal sobria en azul claro, por cada categoría subsiguiente en que sea otorgada, llevará centrada de manera adicional otra línea horizontal sobria en azul claro, hasta un máximo de cinco líneas correspondiente a su categoría por “Quinta Vez”.

 

Artículo 2.3.1.3.6.64.3. Consejo de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Corazón Azul” estará integrado así:

 

Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vocal: Comandante de Operaciones Aéreas y Espaciales.

 

Secretario: Jefe de Combate y Defensa del Espacio Aéreo.

 

Artículo 2.3.1.3.6.64.4. Requisitos. Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo 2.3.1.3.3.1, son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de la Medalla Militar “Corazón Azul”:

 

a) Para el personal de Oficiales y Suboficiales:

 

1. Que hayan prestado sus servicios en el desarrollo de operaciones de la Fuerza Aérea Colombiana como mínimo tres (3) años continuos de manera sobresaliente.

 

2. Que las tareas ejecutadas sean de impacto en el proceso y logro de los objetivos estratégicos institucionales y en el desarrollo de operaciones.

 

b) Para el personal militar extranjero:

 

1. Que pertenezcan a la Fuerza Aérea de países con los que se hayan llevado a cabo operaciones y ejercicios para el mantenimiento de la seguridad en fronteras y espacios insulares.

 

2. Que hayan participado conjuntamente en operaciones de restablecimiento del orden interno de la Nación y cuyos aportes, incluyendo la academia, entrenamiento, ciencia y tecnología, logística y apoyo operacional, arrojen resultados positivos para preservar la seguridad de la Nación.

 

Artículo 2.3.1.3.6.64.5. Diploma. Será elaborado en papel pergamino o cartulina blanca, con las siguientes dimensiones: Treinta y cinco (35) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior, y de fondo la imagen del lago institucional de la Fuerza Aérea Colombiana. El contenido en letras corresponderá al siguiente diseño:

 

 

SUBSECCIÓN 65

 

MEDALLA MILITAR “ALMA MATER ESCUELA MILITAR DE AVIACIÓN”

 

Artículo 2.3.1.3.6.65.1. Origen. Créase en única categoría la Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación” de la Fuerza Aérea Colombiana, para estimular al personal de Oficiales, Suboficiales, Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, cadetes, alféreces, Unidades Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y Privadas, e Instituciones de derecho público, privado, particulares, personalidades nacionales y extranjeras; que se hayan caracterizado por sus méritos militares, profesionales, servicios eminentes prestados en beneficio de la Escuela Militar de Aviación.

 

Artículo 2.3.1.3.6.65.2. Características. La Joya consiste en una medalla en forma de estrella de 50 milímetros en su máxima extensión de punta a punta, símbolo del grado de subteniente y del modelo de formación estrella de la Escuela Militar de Aviación. Cada Punta motiva los principios fundamentales para ejercer el liderazgo, enmarcados en la Sabiduría (punta superior); en la cual reposan el deseo, el poder, la convicción e iluminación, factores que, a través de la línea amarilla, permitirán llegar más allá de lo que la imaginación puede dictar. Las demás puntas de la estrella, significan el Bien, la Verdad, la Justicia y el Amor.

 

En el centro de la estrella se aprecia un círculo con una profundidad media con fondo de color amarillo, las alas, ubicadas tras la estrella serán de 50 milímetros. Su tonalidad gris metalizada hace parte del concepto plasmado en los bordes de la cinta. Su forma corresponde a las mismas que lleva el escudo de la Escuela y que acompañan la antorcha.

 

En la parte inferior del cuerpo de la joya se aprecia el lema que acompaña el objetivo de quien hace parte de la Fuerza Aérea desde la Academia: “La ciencia mi Ruta, mi meta el Espacio”, escrito en letra de 5 milímetros. En el reverso de la joya se observa la estructura de las alas y una parte de la estrella, inscribiendo los principios que encierran las cinco puntas, junto a la sigla EMAVI. La joya tendrá las siguientes dimensiones: Ancho: cuatro (4) centímetros, alto: Un (1) centímetro y espesor: Dos (2) milímetros.

 

La cinta será en formato vertical con final en delta, inscribe dos colores: azul medianoche de 15 milímetros en cada lado. En el costado central izquierdo se observarán tres estrellas de 5 milímetros, dos (2) franjas verticales laterales de tonalidad gris de 20 milímetros, una línea amarilla vertical de 5 milímetros, cuyo nacimiento proviene del centro de la estrella, en la franja superior horizontal prevalece un tono oscuro, con puntos que asemejan estrellas.

 

Parágrafo 1°. La miniatura o replica será similar a la joya de la condecoración, pero reducida a un diámetro de 15 milímetros, la cual estará suspendida por una cinta similar a la de la joya, de 15 milímetros de ancho por 35 milímetros de largo y en el centro ostentará los distintivos establecidos para la joya.

 

Parágrafo 2°. La venera, será un rectángulo esmaltado al fuego de cuarenta (40) milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores y detalles serán los mismos que la joya y en el centro llevará una estrella como símbolo del primer grado de la oficialidad y el modelo de formación estrella de la Escuela Militar de Aviación.

 

Artículo 2.3.1.3.6.65.3. Consejo de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación”, estará integrado así:

 

Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vocal: Director de la Escuela Militar de Aviación.

 

Secretario: Subdirector de la Escuela Militar de Aviación.

 

Artículo 2.3.1.3.6.65.4. Requisitos. Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo 2.3.1.3.3.1 son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de la Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación”

 

a) Para personal de Oficiales y Suboficiales en servicio activo

 

1. Que hayan prestado sus servicios a la Escuela Militar de Aviación como mínimo dos (2) años continuos.

 

2. Que las tareas desarrolladas hayan sido de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales en la formación de cadetes y alféreces de la Escuela Militar de Aviación.

 

b) Para los servidores públicos del Sector Defensa: Que tengan mínimo cinco (5) años de servicio en la Escuela Militar de Aviación.

 

c) Para personal militar en uso de buen retiro, oficiales profesionales de la reserva, cadetes y alféreces, personalidades nacionales y extranjeras, instituciones de derecho público, privado y particulares.

 

1. Que hayan prestado servicios eminentes a la Escuela Militar de Aviación.

 

2. Que reúnan condiciones morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.

 

3. Que por su posición y méritos se hayan hecho acreedores a esta gracia.

 

Artículo 2.3.1.3.6.65.5. Diploma. Será elaborado en papel pergamino o cartulina blanca, de las siguientes dimensiones: 35 centímetros de largo por 25 centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior, y de fondo la imagen del escudo institucional de la Escuela Militar de Aviación Marco Fidel Suárez. El contenido en letras corresponderá al siguiente diseño:

 

 

SUBSECCIÓN 66

 

MEDALLA MILITAR “SERVICIOS DISTINGUIDOS AL DESARROLLO DE OPERACIONES Y ACTIVIDADES ESPACIALES AD ASTRA”

 

Artículo 2.3.1.3.6.66.1. Origen. Créase en única categoría la Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”, para estimular y reconocer al Personal de Oficiales, Suboficiales, Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, Unidades Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y Privadas, e Instituciones de derecho público, privado y particulares, personalidades nacionales y extranjeras; que se hayan caracterizado por sus méritos militares, profesionales y servicios eminentes prestados en beneficio del desarrollo espacial de la Nación y de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Artículo 2.3.1.3.6.66.2. Características. La joya consiste en una medalla en forma de estrella de cinco puntas las cuales denotan las áreas por medio las cuales la Fuerza Aérea Colombiana impulsa y visiona llegar y dominar el espacio, en sus puntas inferiores (bases), tiene la doctrina y la investigación, la punta del centro simboliza las operaciones espaciales, en sus puntas laterales el desarrollo tecnológico y la innovación y finalmente con su punta superior se figura el liderazgo que la institución por medio de capital humano ejerce en el desarrollo espacial del país.

 

La joya estará suspendida por una cinta en formato vertical con final delta en la cual se inscriben dos colores divididos por una franja color azul celeste, representa el renacimiento de una nueva era, que a través del desarrollo cognoscitivo permite la observación, participación y exploración espacial, a distancias que van más allá de la atmósfera terrestre; en la parte superior, se encuentra el color negro, que representa la tierra, punto donde se planea, proyecta y ejecuta el desarrollo de las operaciones y actividades espaciales; la parte inferior será de color azul oscuro, la cual representa de manera visual la transformación de la institución y las exigencias de querer explorar el espacio, lugar en el cual la Institución se ha trazado el objetivo de llegar y dominar a través de la ciencia. La joya tendrá las siguientes dimensiones: Ancho: ocho (8) centímetros, alto: Cinco (5) centímetros y espesor: Dos (2) milímetros.

 

Parágrafo 1°. La miniatura o réplica será una medalla similar a la joya de la condecoración descrita, pero reducida a un diámetro de 15 milímetros, la cual estará suspendida por una cinta similar a la de la joya, de 15 milímetros de ancho por 35 milímetros de largo y en el centro ostentará los distintivos establecidos para la joya.

 

Parágrafo 2°. La Venera será un rectángulo esmaltado al fuego de cuarenta (40) milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores y detalles serán los mismos que la joya y en el centro llevará la estrella descrita anteriormente como símbolo de la fuerza con la que el programa espacial de la Fuerza Aérea Colombiana surge y se mantiene como punta de lanza en la evolución de la institución por llegar al espacio a través de la ciencia.

 

Artículo 2.3.1.3.6.66.3. Consejo de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”, estará integrado así:

 

Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

Vocal: Comandante de Operaciones Aéreas y Espaciales.

 

Secretario: Jefatura Operaciones Espaciales.

 

Artículo 2.3.1.3.6.66.4. Requisitos. Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo 2.3.1.3.3.1, son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”:

 

a) Para el personal de oficiales y suboficiales.

 

1. Que hayan prestado sus servicios al desarrollo de operaciones y actividades espaciales de la Fuerza Aérea Colombiana como mínimo tres (3) años continuos de manera sobresaliente.

 

2. Que las tareas desarrolladas hayan sido de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales, en la ejecución de operaciones y actividades espaciales.

 

b) Para los servidores públicos del Sector Defensa:

 

1. Que tengan mínimo cinco (5) años de servicio, en los cuales hayan desarrollado tareas de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales y en el desarrollo de operaciones y actividades espaciales.

 

c) Para personal de Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, Unidades Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y Privadas, e Instituciones de derecho público, privado y particulares, personalidades nacionales y extranjeras.

 

1. Que hayan prestado servicios en beneficio del desarrollo e innovación de la Nación y la Fuerza Aérea Colombiana.

 

2. Que reúnan condiciones morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.

 

3. Que por su posición y méritos se hayan hecho acreedores a esta gracia.

 

Artículo. 2.3.1.3.6.66.5 Diploma. Será elaborado en papel pergamino o cartulina blanca, de las siguientes dimensiones: 35 centímetros de largo por 25 centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior y de fondo la imagen del lago institucional de la Fuerza Aérea Colombiana, el contenido en letras corresponderá al siguiente diseño:

 

 

Artículo 2°. Adiciónese los literales “k”, “l” y “m” al numeral 5 del ordinal c) del artículo 2.3.1.3.2.1., ubicado en la Sección 2, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015, “por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:

 

Artículo 2.3.1.3.2.1. Clasificación de las condecoraciones. Las condecoraciones militares se clasifican y denominan de la siguiente forma:

 

a) Por actos de valor y servicios distinguidos en guerra internacional, estados de excepción o en orden público:

 

1. Orden Militar de “San Mateo”.

 

2. Medalla Servicios en “Guerra Internacional”.

 

3. Medalla Militar “Al Valor”.

 

4. Medalla Militar “Herido en Acción”.

 

5. Medalla Servicios Distinguidos en “Orden Público”.

 

6. Medalla Militar “Campaña del Sur”.

 

7. Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales”.

 

8. Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.

 

b) Por virtudes militares y profesionales de carácter excepcional:

 

1. Orden del Mérito Militar “Antonio Nariño”.

 

2. Orden del Mérito Militar “José María Córdova”.

 

3. Orden del Mérito Naval “Almirante Padilla”.

 

4. Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico”.

 

5. Orden del Mérito Sanitario “José Fernández Madrid”.

 

6. Medalla Militar “Soldado Juan Bautista Solarte Obando”.

 

c) Por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar:

 

1. Ministerio de Defensa Nacional

 

a) Medalla Militar Ministerio de Defensa Nacional;

 

b) Medalla Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar.

 

2. Comando General Fuerzas Militares.

 

a) Medalla Militar “Fe en la Causa”

 

b) Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”;

 

c) Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra”;

 

d) Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva”;

 

e) Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”.

 

f) Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”.

 

g) Medalla Militar “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.

 

h) Medalla Militar Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.

 

i) Medalla Militar “Simona Amaya”.

 

3. Ejército Nacional.

 

a) Medalla “Fe en la Causa”.

 

b) Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes”;

 

c) Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”;

 

d) Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”;

 

e) Medalla “Batalla de Ayacucho”;

 

f) Medalla “San Jorge”;

 

g) Medalla “Santa Bárbara”;

 

h) Medalla “Torre de Castilla”.

 

i) Medalla “Brigadier General Ricardo Charry Solano”.

 

j) Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.

 

k) Medalla “Guardia Presidencial”.

 

l) Medalla Policía Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera”.

 

m) Medalla “Escuela de Lanceros”.

 

n) Medalla “San Gabriel”.

 

ñ) Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencia Chincá”.

 

o) Medalla Militar “San Miguel Arcángel”;

 

p) Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”;

 

q) Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”.

 

r) Medalla Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”;

 

s) Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”;

 

t) Medalla Centenario “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.

 

u) Medalla “San Rafael Arcángel”.

 

v) Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia”.

 

w) Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”.

 

x) Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.

 

y) Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”.

 

z) Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”.

 

aa) Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”.

 

4. Armada Nacional.

 

a) Medalla Servicios Distinguidos a la Armada Nacional.

 

b) Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.

 

c) Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Armada Nacional.

 

d) Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela Naval de Suboficiales”.

 

e) Medalla servicios distinguidos a la “Fuerza de Superficie”.

 

f) Medalla Servicios distinguidos a la “Infantería de Marina”.

 

g) Medalla Servicios distinguidos a la “Fuerza Submarina”.

 

h) Medalla Servicios distinguidos a la “Aviación Naval”:

 

i) Medalla Servicios Distinguidos al “Cuerpo de Guardacostas”.

 

j) Medalla Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina.

 

k) Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”.

 

l) Medalla “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”.

 

m) Medalla de Servicios Distinguidos a la “Ingeniería Naval”.

 

n) Medalla Servicios Distinguidos a la “Inteligencia Naval”.

 

5. Fuerza Aérea.

 

a) Medalla “Marco Fidel Suárez”.

 

b) Medalla “Águila de Gules”.

 

c) Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

d) Medalla Servicios Distinguidos a la “Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”;

 

e) Medalla Servicios Distinguidos a la “Inteligencia Aérea”;

 

f) Medalla Servicios Distinguidos a la “Defensa Aérea y Navegación Aérea”;

 

g) Medalla Servicios Distinguidos al “Cuerpo Logístico y Administrativo”;

 

h) Medalla Ciencia y Tecnología.

 

i) Medalla Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales “CT. ANDRÉS M. DÍAZ DÍAZ” de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

j) Medalla “Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”.

 

k) Medalla Militar “Corazón Azul”.

 

l) Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación.

 

m) Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”

 

d) Medalla por Tiempo de Servicio.

 

1. Tiempo de servicio 40 años

 

2. Tiempo de servicio 35 años

 

3. Tiempo de servició 30 años

 

4. Tiempo de servicio 25 años

 

5. Tiempo de servicio 20 años

 

6. Tiempo de servicio 15 años

 

e) Por Mérito Académico:

 

1. Medalla Militar “Francisco José de Caldas”.

 

2. Medalla “Cadete José María Rosillo”.

 

3. Medalla “Alumno. Distinguido de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.

 

4. Medalla Alumno Distinguido de la “Escuela Naval de Suboficiales”.

 

5. Medalla Militar “Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.

 

6. Medalla a la virtud “Capitán José Edmundo Sandoval”.

 

f) Por Mérito Deportivo.

 

1. Medalla Deportiva de la Fuerza Pública.

 

Artículo 3°. Adiciónese el artículo 2.3.1.3.2.2, de la Sección 2, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto 1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, el cual quedará así:

 

Artículo 2.3.1.3.2.2. Precedencia de las Condecoraciones. Las condecoraciones militares nacionales tienen prelación sobre las extranjeras y su orden de precedencia es el siguiente:

 

1. Orden Militar de “San Mateo”.

 

2. Orden de “Boyacá”.

 

3. Orden de “San Carlos”.

 

4. Medalla Servicios en “Guerra Internacional”.

 

5. Orden del Mérito Militar “Antonio Nariño”

 

6. Orden del Mérito Militar “José María Córdova”.

 

7. Orden del Mérito Naval “Almirante Padilla”.

 

8. Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico”

 

9. Orden del Mérito Sanitario “José Fernández Madrid”.

 

10. Orden “Estrella de la Policía”.

 

11. Orden Militar “13 de junio”.

 

12. Medalla Militar “Al Valor”.

 

13. Medalla Militar “Herido en Acción”:

 

14. Medalla Servicios Distinguidos en “Orden Público”.

 

15. Orden “Cruz al Mérito Policial”.

 

16. Orden al Mérito “Coronel Guillermo Fergusson”.

 

17. Medalla Militar “Francisco José de Caldas”.

 

18. Medalla por “Tiempo de Servicio” (40; 35; 30; 25; 20; 15).

 

19. Medalla “Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares.

 

20. Medalla Militar “Fe en la Causa” del Ejército Nacional.

 

21. Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Armada Nacional.

 

22. Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

23. Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”.

 

24. Medalla Militar “Campaña del Sur”.

 

25. Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales”.

 

26. Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.

 

27. Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”.

 

28. Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”.

 

29. Medalla Militar “Soldado Juan Bautista Solarte Obando”.

 

30. Medalla Militar “Ministerio de Defensa Nacional”.

 

31. Medalla “Servicios Distinguidos a la Armada Nacional”.

 

32. Medalla “Marco Fidel Suárez”.

 

33. Medalla “Batalla de Ayacucho”.

 

34. Medalla “San Jorge”.

 

35. Medalla “Santa Bárbara”.

 

36. Medalla “Torre de Castilla”.

 

37. Medalla “San Gabriel”.

 

38. Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.

 

39. Medalla “Brigadier General Ricardo Charry Solano”.

 

40. Medalla Militar “San Miguel Arcángel”.

 

41. Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”.

 

42. Medalla Centenario “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.

 

43. Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie”.

 

44. Medalla “Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina”.

 

45. Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina”.

 

46. Medalla “Servicios Distinguidos a la Aviación Naval”.

 

47. Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”.

 

48. Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval”.

 

49. Medalla “Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval”.

 

50. Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”

 

51. Medalla “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”.

 

52. Medalla “Águila de Gules”.

 

53. Medalla “Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”.

 

54. Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea”.

 

55. Medalla “Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea”.

 

56. Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y Administrativo”.

 

57. Medalla “Ciencia y Tecnología”.

 

58. Medalla “Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”.

 

59. Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar”.

 

60. Medalla “Orden por la Libertad Personal”.

 

61. Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra”.

 

62. Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva”.

 

63. Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”.

 

64. Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes”.

 

65. Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”.

 

66. Medalla Militar “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.

 

67. Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.

 

68. Medalla Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”.

 

69. Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencia Chincá”.

 

70. Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”.

 

71. Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.

 

72. Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales - CT. Andrés M. Díaz” de la Fuerza Aérea Colombiana.

 

73. Medalla “Escuela de Lanceros”.

 

74. Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia”.

 

75. Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”.

 

76. Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla.

 

77. Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”.

 

78. Medalla “Guardia Presidencial”.

 

79. Medalla Policía Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera”.

 

80. Medalla “Cadete José María Rosillo”.

 

81. Medalla “Alumno Distinguido de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.

 

82. Medalla “Alumno Distinguido de la Escuela Naval de Suboficiales”.

 

83. Medalla Militar “Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.

 

84. Medalla a la virtud “Capitán José Edmundo Sandoval”.

 

85. Medalla “Deportiva de la Fuerza Pública”.

 

86. Medalla Militar “San Rafael Arcángel”.

 

87. Medalla Militar de Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.

 

88. Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.

 

89. Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”.

 

90. Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”.

 

91. Medalla Militar “Simona Amaya”.

 

92. Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”.

 

93. Medalla Militar “Corazón Azul”.

 

94. Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación”.

 

95. Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”.

 

Artículo 4°. Adiciónese el artículo 2.3.1.3.6.1, en el sentido de incluir las siguientes condecoraciones por Servicios Distinguidos prestados a la Institución Militar: Medalla Militar “Corazón Azul”, Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación y Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”, ubicado en la Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto número 1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, el cual quedará así:

 

Artículo 2.3.1.3.6.1. Condecoraciones por Servicios Distinguidos. Son condecoraciones militares por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar, las siguientes:

 

“Medalla Militar Ministerio de Defensa Nacional, Medalla “Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar”, Medalla Militar “Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares”, Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”, Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra”, Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva”, Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”, Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”, Medalla Militar “Bicentenario de los Ingenieros Militares”, Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña Libertadora”, Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”, Medalla Militar “Fe en la Causa” del Ejército Nacional, Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes”, Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”, Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”, Medalla “Batalla de Ayacucho”, Medalla “San Jorge”, Medalla “Santa Bárbara”, Medalla “Torre de Castilla”, Medalla “Brigadier General Ricardo Charry Solano”, Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”, Medalla “Guardia Presidencial”, Medalla Policía Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera”, Medalla “Escuela de Lanceros”, Medalla “San Gabriel”, Medalla Militar “Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencia Chincá”, Medalla Militar “San Miguel Arcángel”, Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”, Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”, Medalla Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”, Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”, Medalla Centenario Servicios Distinguidos a Reclutamiento “Simona Duque de Alzate”, Medalla Militar “San Rafael Arcángel”, Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia”, Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Armada Nacional”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”, Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Armada Nacional, Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Aviación Naval”, Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”, Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”, Medalla “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval”, Medalla “Marco Fidel Suárez”, Medalla “Águila de Gules”, Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana, Medalla “Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y Administrativo” y Medalla “Ciencia y Tecnología”, Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales CT Andrés M. Díaz Díaz de la Fuerza Aérea Colombiana”, Medalla Militar “Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”, Medalla Militar de Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”, Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”, Medalla Militar “Simona Amaya”, Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”, Medalla Militar “Corazón Azul”, Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación y Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana”; tienen como propósito estimular a quienes se destaquen por su consagración, espíritu de cuerpo y eminentes servicios.

 

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 08 días del mes de noviembre del año 2021.

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ

 

El Comandante General de las Fuerzas Militares encargado de las funciones del despacho del Ministro de Defensa Nacional,

 

General Luis Fernando Navarro Jiménez.