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DECRETO LOCAL 026 DE 2021
(Diciembre 30)
Por el cual se realiza una aclaración al Decreto Local 025 del 20 diciembre de 2021
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2022, mediante Acuerdo No. 003 del 15 de diciembre de 2021, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe, mediante Decreto Local No. 024 del 16 de diciembre de 2021.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos. … “PARÁGRAFO: Cuando en el Decreto de Liquidación del Presupuesto se presenten errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación, y de ubicación, el Alcalde Local, de oficio podrá mediante Decreto enmendar tales errores”
Que debido a la adaptación por parte de la Secretaria Distrital de Hacienda al plan de cuentas presupuestal para los Fondos de Desarrollo Local - FDL en el cual se desconocía su estructura definitiva hasta terminar su registro en el sistema de información, se hace necesario realizar el presente Decreto aclaratorio a los rubros de agregación del presupuesto de ingresos sin afectar valores.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del FDL de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2022, por la suma de CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA MILLONES VEINTICUATRO MIL PESOS M/CTE ($117.630.024.000), conforme al siguiente detalle:
DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS
Artículo 2. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del FDL de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2022, por la suma de CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA MILLONES VEINTICUATRO MIL PESOS M/CTE ($117.630.024.000), conforme al siguiente detalle:
DISTRIBUCIÓN DE GASTOS
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2021.
EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO
Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe |