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DECRETO LOCAL 001 DE 2022
(Marzo 08)
Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 36, párrafo 2° expresa que el Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la Junta Administradora Local.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, apropio en la vigencia 2021, Obligaciones por Pagar por un valor de $84.772.996.000, el cual es superior al valor real de las obligaciones constituidas a 31 de diciembre de 2021, por un valor de $75.645.955.091.
Que, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local, debe ajustar las Obligaciones por pagar en los Gastos de funcionamiento e inversión y Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores, hasta el monto de las Obligaciones por pagar realmente constituidas a 31 de diciembre de 2021.
Que, mediante comunicación, la Dirección Distrital de Presupuesto, según radicado N°2022EE06268201 del 08 de marzo de 2022, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que mediante comunicación N°2-2022-13359 del 18 de febrero de 2022, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que en mérito a lo expuesto anteriormente. El Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E);
DECRETA:
Artículo 1. Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal de 2022, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 8 días del mes de marzo del año 2022.
HORACIO GUERRERO GARCÍA
Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E) |