RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 28 de 1916 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/08/1916
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/1916
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 28 DE 1916

ACUERDO 28 DE 1916

(Agosto 5)

Por el cual se derogan el artículo 6º. del Acuerdo número 6 de 1914 y el Acuerdo número 32 del mismo año (ramo de Obras Públicas.).

EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

ACUERDA:

ARTÍCULO UNICO. Deróganse el artículo 6. Del Acuerdo número 6 de mil novecientos catorce y el Acuerdo número 32 del mismo año.

Dado en Bogotá, a cuatro de agosto de mil novecientos diez y seis.

El Presidente, SIMON ARAUJO

El Secretario, Antonio M. Londoño.

Alcaldía Municipal . Bogotá, agosto 5 de 1916.

Publíquese y ejecútese.

A. MARROQUÍN.

Leonidas Ojeda A., Secretario.

Gobernación de Cundinamarca . . Bogotá, agosto 9 de 1916

Es exequible siempre que no afecte derechos de terceros adquiridos en la forma debida, conforme a las disposiciones que se derogan por el presente Acuerdo.

J. G. RIAÑO

El Secretario de Gobierno,

JESÚS M. HENAO.