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Resolución 1204 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
12/07/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/07/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1204 DE 2022

 

(Julio 12)

 

Por la cual se modifica la Resolución 1064 de 2022 en relación con la asignación y distribución de vacunas contra la COVID - 19 de los laboratorios Moderna Switzerland GMBH y Pfizer Inc y BioNTech

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que a través de la Resolución 1604 (sic) de 2022, se realizó una distribución y asignación especial de vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Janssen NV Pharmaceutica, Sinovac Life Scienses Co., Pfizer Inc y BioNTech y Moderna Switzerland GMBH, y una distribución general de los laboratorios Pfizer Inc y BioNTech y Moderna Switzerland GMBH.

 

Que, al momento de efectuar la asignación general de biológicos de los laboratorios Pfizer Inc y BioNTech y Moderna Switzerland se incurrió en un error involuntario, dado que, se tomó para dicha distribución general, el reporte diario consolidado con corte al 31 de mayo de 2022, y no la del 7 de junio del mismo año, a pesar de haberse así indicado en la parte considerativa de la citada Resolución 1064 de 2022, resultado que igualmente repercutió en la asignación especial de dosis del laboratorio Pfizer Inc y BioNTech solicitadas por los departamentos de Cundinamarca, Tolima, Norte de Santander, Magdalena y el Distrito de Cartagena.

 

Que, teniendo en consideración lo señalado, es preciso rectificar las dosis de biológicos de los laboratorios Pfizer Inc y BioNTech y Moderna Switzerland GMBH asignadas y distribuidas de manera general y especial, a las entidades territoriales en el referido acto administrativo y así se dispondrá en la parte resolutiva.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución 1064 de 2022, el cual quedará así:

 

"Artículo 1. Asignación general de vacunas del laboratorio Pfizer-BioNTech. Asignar 306.570 dosis de vacunas del laboratorio Pfizer-BioNTech, a las siguientes entidades territoriales, así:

 

 

Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, la entidad territorial deberá atender las siguientes indicaciones:

 

1.1. Inmunizar población de 12 años y más.

 

1.2. Aplicar a gestantes a partir de la semana 12 de gestación y hasta los 40 días post parto.

 

1.3. Aplicar dosis de refuerzo, en los términos del numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021 modificado por las Resoluciones 1866, 1887, 2389 de 2021, 92, 419, 661 y 762 de 2022, a: i) población de 12 años en adelante a partir de los cuatro meses de haber completado el esquema primario, ii) población de 18 años o más de acuerdo con lo definido en el numeral 8.7.1.1. i) Aplicar segunda dosis de refuerzo a personas mayores de 50 años a partir de los cuatro meses de haber recibido el primer refuerzo, fi) población de 12 años en adelante con alguna de las condiciones clínicas descritas en el literal (a) del numeral 8.7.2. podrá recibir una segunda dosis de biológico de ARNm de refuerzo después de su esquema primario y de su primer refuerzo a partir de los 30 días de aplicación de su última dosis bajo recomendación del médico tratante; iii) población con trasplante de órgano sólido, trasplante de progenitores de hematopoyéticos, durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor, pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como anti-CD 20, 30 días después de completar el esquema primario de vacunación; así "mismo, podrán recibir una segunda dosis de biológico de ARNm de refuerzo después de su esquema primario y de su primer refuerzo a partir de los 30 días de aplicación de su última dosis bajo recomendación del médico tratante las personas de 12 a 17 años solamente podrán recibir dosis de refuerzo con el biológico Pfizer Inc BioNTech. Se podrán aplicar la dosis de un determinado biológico por recomendación médica, siempre y cuando esté disponible y autorizado en el país.

 

1.4. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio.

 

1.5. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas primarios de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores, incluyendo los de las personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, con esquemas homólogos o heterólogos conforme lo establece el numeral 8.10 del artículo 1 de la Resolución 419 de 2022, con la vacuna que se encuentre disponible.

 

1.6. Garantizar la aplicación de las dosis asignadas antes de su fecha de vencimiento."

 

Artículo 2. Modificar el artículo 2 de la Resolución 1064 de 2022, el cual quedará así:

 

"Artículo 2. Asignación general de vacunas del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Asignar 304.800 dosis del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, a las siguientes entidades territoriales, así:

 

 

Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, la entidad territorial deberá atender las siguientes indicaciones:

 

2.1. Inmunizar población de 12 años y más.

 

2.2. Aplicar dosis de refuerzo, en los términos del numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021 modificado por las Resoluciones 1866, 1887, 2389 de 2021, 92, 419, 661 y 762 de 2022, así: Primer refuerzo a: i) población de 18 años o más de acuerdo con lo definido en el numeral 8.7.1.1. Segundo refuerzo a: i) personas mayores de 50 años a partir de los cuatro meses de haber recibido el primer refuerzo, debiendo usar biológicos de plataforma ARNm. ii) población de 12 años en adelante con alguna de las condiciones clínicas descritas en el literal (a) del numeral 8.7.2. iii) población con trasplante de órgano sólido, población de trasplante de progenitores de hematopoyéticos (durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor), pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosu presión severa, como anti-CD 20, estas dos últimas poblaciones se les aplicara el segundo refuerzo con un biológico de ARNm (Pfizer o Moderna) después de su esquema primario y de su primer refuerzo a partir de los 30 días de aplicación de su última dosis bajo recomendación del médico tratante. Se podrán aplicar la dosis de un determinado biológico por recomendación médica, siempre y cuando esté disponible y autorizado en el país.

 

2.3. Garantizar la aplicación de las dosis asignadas antes de su fecha de vencimiento.

 

2.4. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas primarios de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores, incluyendo los de las personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, con esquemas homólogos o heterólogos conforme lo establece el numeral 8.10 del artículo, 1 de la Resolución 419 de 2022, con la vacuna que se encuentre disponible.

 

2.5. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio."

 

Artículo 3. Modificar el artículo 5 de la Resolución 1064 de 2022, el cual quedará así:

 

"Artículo 5. Asignación Especial de vacunas contra la COVID-19. Asignar 78,390 dosis de vacunas del laboratorio Pfizer-BioNTech, a las siguientes entidades territoriales, así:

 

 

Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, la entidad territorial deberá atender las indicaciones establecidas en el artículo 1 de la presente resolución."

 

Artículo 4. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica los artículos 1, 2 y 5 de la Resolución 1064 de 2022.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2022.

 

FERNANDO RUÍZ GÓMEZ