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DECRETO 991 DE 1997 (Octubre 14) "Por el cual se suprimen y crean unos cargos, se incorporan unos empleados públicos y se establece la Planta Global de empleos públicos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito". EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C., en uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 38 Numeral 9, y CONSIDERANDO: Que por Decreto No. 980 del 10 de octubre de 1997, se distribuyeron algunos negocios y asuntos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito al Instituto de Desarrollo Urbano. Que en desarrollo de lo anterior se reorganizó la estructura de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito. Que se hace necesario ajustar la Planta Global de Personal de empleos públicos acorde con las modificaciones antes mencionadas. En mérito de lo expuesto: Ver el Decreto Distrital 156 de 1997, Ver el Decreto Distrital 311 de 1998 , Ver el Decreto Distrital 697 de 1999 , Ver el Concepto de la Secretaría General 20636 de 2000 DECRETA ARTÍCULO PRIMERO.- SUPRESIÓN DE CARGOS NO VACANTES.- Suprimir de la Planta Global de empleos públicos, los siguientes cargos:
ARTÍCULO SEGUNDO.- SUPRESIÓN DE CARGOS VACANTES.- Suprimir de la Planta Global de empleos los siguientes cargos vacantes:
ARTÍCULO TERCERO.- CREACIÓN DE CARGOS: Crear los siguientes cargos en la Planta Global de empleos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito:
ARTÍCULO CUARTO.- Establecer para la Secretaría de Obras Públicas del Distrito, la Planta Global de empleos que se relaciona a continuación:
NIVEL DIRECTIVO
NIVEL EJECUTIVO
NIVEL PROFESIONAL
NIVEL TÉCNICO
NIVEL ASISTENCIAL
NIVEL AUXILIAR
ARTÍCULO QUINTO.- INCORPORACIONES.- Incorporar en la Planta Global de empleos de la Secretaría de Obras Públicas, a los siguientes servidores públicos, a partir del 01 de noviembre de 1997:ARTÍCULO SEXTO.- DISTRIBUCIÓN INTERNA:- El Secretario de Obras Públicas del Distrito, hará la distribución de los empleos de la nueva planta, de acuerdo con las necesidades internas de la organización, el funcionamiento y el talento humano de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito. ARTÍCULO SÉPTIMO.- INDEMNIZACIONES: Por la supresión de cargos se causarán las indemnizaciones a que hubiere lugar, en los términos establecidos en la Ley. ARTÍCULO OCTAVO.- Las erogaciones que se causen en virtud del presente Decreto se reconocerán con recursos de la Secretaría de Hacienda rubro 1110233106462960330000000, amparadas con las disponibilidades presupuestales Nos. 2163 y 2613 del 21 de agosto y 10 de octubre de 1997, respectivamente. ARTÍCULO NOVENO.- VIGENCIA- El presente Decreto rige a partir del 01 de noviembre de 1997 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997). PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN Alcalde Mayor. MAURICIO BUSTAMANTE PÉREZ Secretario de Obras. CARMENZA SALDIAS BARRENECHE Secretaria de Hacienda. SONIA VANÍN NIETO Directora Departamento Administrativo Servicio Civil Distrital. NOTA: Publicado en el Registro Distrital No.1516 de Octubre 14 de 1997. |