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Decreto Local 016 de 2022 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
12/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7529 del 13 de septiembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2022

 

(Septiembre 22)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL- y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el Artículo 10 del decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece. (…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…)

 

Que, a finales del año 2021, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2022, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.

 

En desarrollo de la facultad otorgada por las normas expuestas y teniendo en cuenta que para el cumplimiento de las funciones otorgadas a la Alcaldía local, se hace necesario contar con el servicio de transporte que permita el traslado de bienes, funcionarios, contratistas y otros usuarios que requieran el servicio para el desarrollo de actividades por medio de las cuales se logre el desempeño funcional de la administración en todo el territorio local de manera oportuna, para lo cual el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2022, requiere contratar la: “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL DE PASAJEROS DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES de la Alcaldía LOCAL DE USAQUÉN

 

De acuerdo con los resultados obtenidos en análisis de consumo y costo histórico del servicio (o estudio de mercado o equivalente) para adelantar esta contratación, se requiere disponer de CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($ 46.334.764) que al momento del presente documento no se encuentran disponibles en el rubro de Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros O21202020060464114,

 

De igual forma, para la administración local en cumplimiento del debido cuidado de la salud, la higiene y la calidad del servicio que deben garantizarse en sus instalaciones, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, requiere adelantar la contratación del servicio de aseo y cafetería, cuyo objeto será: “PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO Y CAFETERÍA, INCLUIDO: RECURSO HUMANO, MAQUINARIA Y EQUIPOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO, ADEMÁS LOS INSUMOS PARA LAS DIFERENTES SEDES DE LA ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN

 

De acuerdo con los resultados obtenidos en el análisis de consumo y costo histórico del servicio (o estudio de mercado o equivalente) para adelantar esta contratación es necesario disponer de OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHO PESO M/CTE. ($ 85.328.008), en los rubros presupuestales: Servicios de limpieza general O21202020080585330, Otros servicios de suministro de comidas O21202020060363399 y Servicio de mantenimiento y reparación de máquinas O2120202008078715699 que al momento no están disponibles en estos rubros, motivo por el cual se hace necesario realizar una modificación traslado presupuestal.

 

En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CIENTO TREINTA UN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE (131.662.772).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año 2022.

 

JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES

 

Alcalde Local Usaquén

 

NOTA: Ver Anexos.