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Acuerdo 606 de 2022 Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar

Fecha de Expedición:
30/06/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/09/2022
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52148 del 05 de septiembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 606 DE 2022

 

(Junio 30)

 

Por el cual se modifica el Acuerdo 602 de 2021 que establece el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2022 y se dictan otras disposiciones.

 

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar de acuerdo con el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.


Que el artículo 20 de la Ley 643 de 2001 indica que los sorteos son de interés público nacional y se transmitirán en vivo y en directo por los canales públicos nacionales o regionales.

 

Que los artículos 2.7.1.3.1 y 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015 establecen que el CNJSA definirá el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y con las reglas establecidas en el decreto.

 

Que en cumplimiento de la norma citada, el CNJSA expidió el Acuerdo 602 de 2021, «Por el cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2022».


Que el inciso final del artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015 señala que “Cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación”.

 

Que el parágrafo del artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015 establece que:

 

[…]

 

Los días, fechas y horas asignados en el cronograma de sorteos, solo podrán alterarse por razones de fuerza mayor o caso fortuito. En tal evento, se debe dar a conocer de inmediato a las entidades de vigilancia y al público en general, los motivos y las circunstancias que obligaron a realizar dicho cambio.

 

[…]

 

Que se allegó a la Secretaría Técnica del CNJSA la siguiente comunicación:

 

1. Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda.:

 

Que mediante oficio con radicado número 20221030246822 del 9 de junio de 2022, el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., manifestó:

 

[…] de manera atenta solicitamos cambiar la fecha del sorteo 2208 de noviembre 26 al 27 de agosto de 2022.

 

Que el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., justifica su decisión así:

 

[…] Una vez analizado el cronograma para el segundo semestre de 2022, se consideró que en los meses de agosto y octubre no se realizarán sorteos, lo cual afecta los recursos de transferencias al sector salud esenciales en este contexto social y económico que vive el país.

 

Que respecto de la modificación solicitada por el Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., el CNJSA encuentra procedente el cambio de día para el sorteo extraordinario número 2208, por tanto jugará el día sábado 27 de agosto de 2022 a las 23:45 horas.

 

Que teniendo en cuenta la anterior aprobación, y con el fin de mantener los números de los sorteos en orden cronológico, es necesario modificar los números de los sorteos del Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda., de los meses de agosto, septiembre y diciembre de 2022.

 

Que el presente acuerdo fue discutido y aprobado por el CNJSA, en sesión ordinaria virtual presencial número 138 del 30 de junio de 2022. 


Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1°. Modificar el numeral 1 del literal “B” del artículo 2° del Acuerdo 602 de 2021, el cual quedará así:

 

B. Sorteos extraordinarios.

 

2. Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda.:

 

Número de

Sorteo

Día de

Sorteo

Fecha de Sorteo

Hora de Sorteo

2207

Sábado

27/08/2022

23:45

2208

Sábado

24/09/2022

23:45

2209

Sábado

30/12/2022

23:45

 

Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo 602 de 2021.

 

Artículo 3°. Los demás términos del Acuerdo 602 de 2021 permanecen sin modificaciones.

 

Artículo 4°. Comuníquese a la Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 30 días del mes de junio de 2022.

 

La Presidenta,


MARÍA VIRGINA JORDÁN QUINTERO

 

La Secretaria Técnica,


 LILIANA ROSA CARDONA CHAGÜI (C. F.)