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Decreto Local 015 de 2022 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
07/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/09/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7540 del 27 de septiembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 015 DE 2022

 

(Septiembre 07)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.

 

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2022.

 

Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal a los rubros presupuestales O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión)”, O21202020080484120 “Servicios de telefonía fija (acceso)”, O21202020080686312 “Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)”, O21202020080686330 “Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” y O21202020090494110 “Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales”, por valor de CUARENTA Y CUATRO MILLONES VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($44.029.359,00) M/CTE; recursos necesarios para garantizar el pago oportuno de los servicios públicos para la sede principal de la Alcaldía Local y los espacios ocupados por la Junta Administradora Local, en virtud de lo dispuesto en el ARTÍCULO 15. - PAGOS PRIORITARIOS, Decreto No. 524 de 2021.

 

Que los rubros O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores”, O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” y O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”, presentan un Saldo de Apropiación Disponible por la suma de DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($17.693.654) M/CTE, recursos que no van a ser ejecutados en la presente vigencia, por lo que se considera razonable el traslado presupuestal para financiar la apropiación de otros rubros que se encuentren desfinanciados.

 

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda en el rubro presupuestal O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” cuenta con los recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia fiscal, por lo que puede trasladarse la suma de VEINTISÉIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCO PESOS ($ 26.335.705) M/CTE, para financiar la apropiación de otros rubros.

 

Que la Administración Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor de CUARENTA Y CUATRO MILLONES VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($44.029.359,00) M/CTE. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:

 

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Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de septiembre del año 2022.

 

JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS

 

Alcalde Local de Puente Aranda