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Acuerdo Local 003 de 2022 Junta Administradora Local de Engativa

Fecha de Expedición:
14/10/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/10/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7558 del 24 de octubre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2022

 

(Octubre 14)

 

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal por valor de $511.217.347 en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2022 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión a gastos de funcionamiento

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto No. 372 del 2010, y el Decreto 192 de 2021, y


Ver Decreto Local 023 de 2022.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local (FDL), establece en el artículo 31°:

 

“Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones., según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L. (…).

 

Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital., para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.

 

Que el Decreto 192 de 2021, en su artículo 10° instituye:

 

“(…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos (…) Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que mediante Oficio No. 2-2022-124589 del 5 de septiembre de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante Oficio No. 2-2022-141667 del 30 de septiembre de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, comunico que el Consejo en Sesión No. 19 del 27 de septiembre de 2022, “(…) emitió concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal de Gastos de Inversión a Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Engativá por la suma de $511.217.347 (…)”.

 

Que se encuentran que los siguientes rubros presupuestales de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuentan con saldos disponibles “O2306 - OBLIGACIONES POR PAGAR INVERSIÓN: “023061601010000001584 - Subsidios y transferencias para la equidad en Engativá” por valor de $19.030.000, “023061601210000001595 - Cultura, arte y patrimonio para transformar a Engativá” por la suma de $16.000.001, “023061603430000001617 - Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana en Engativá” por valor de $1.200.000, “023061603480000001620 - Fortalecimiento a los organismos de seguridad” por la suma de $25.070.682, “023061605570000001623 - Gestión pública y control social” por valor de $250.000, y O230690 - Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores $449.666.664, valores soportados en las Actas de Liberación de Saldos Nos. 2 del 9 de mayo y 5 del 5 de julio de 2022 respectivamente, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde las disminuciones ascienden a un valor total de QUINIENTOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($511.217.347) M/CTE.

 

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal de los siguientes rubros de Gastos de Funcionamiento: O21202020060363399 - Otros servicios de suministro de comidas” por un valor de $12.186.114, para realizar una adición a la orden de compra No. 86602 de 2022, con el fin cubrir el servicio de cafetería durante toda la vigencia 2022 y hasta febrero de 2023, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 15 de noviembre de 2022, O21202020080585250 - Servicios de protección (guardas de seguridad)” por la suma de $420.520.980, para efectuar una adición al contrato de vigilancia N° 390 de 2022, con el fin cubrir el servicio de vigilancia durante toda la vigencia 2022 y hasta marzo de 2023, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 29 de noviembre de 2022 y O21202020080585330 - Servicios de limpieza general” por valor de $78.510.253, para realizar una adición a la orden de compra No. 86602 de 2022, con el fin cubrir el servicio de aseo durante toda la vigencia 2022 y hasta febrero de 2023, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 15 de noviembre de 2022, los cuales se encuentran deficitarios para asumir los compromisos en la presente vigencia, es así como se adicionará estos rubros presupuestales por la suma total de QUINIENTOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($511.217.347) M/CTE.

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores rubros, requiere la suma de QUINIENTOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($511.217.347) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto la Junta Administradora Local de Engativá,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Efectúese el siguiente Contracrédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones, por valor de QUINIENTOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($511.217.347) M/CTE., según el siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese el siguiente Crédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2022, por la suma de QUINIENTOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($511.217.347) M/CTE., según el siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Acuerdo Local, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de octubre del año 2022.

 

LINA ORNELLA PINZÓN ARIAS

 

Presidente

 

LILIA AVELLA BOJACÁ

 

Vicepresidente

 

La Alcaldesa Local de Engativá, sanciona el presente Acuerdo a los 20 días del mes de octubre del año 2022

 

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá