RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 012 de 2022 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
19/10/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/10/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7560 del 26 de octubre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2022

 

(Octubre 19)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el inciso 2 del numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, en relación de los traslados presupuestales señala: (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que el numeral 3.9.1. del Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local FDL, en relación al Traslado Presupuestal señala: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba requiere hacer un traslado presupuestal al interior del agregado funcionamiento por valor de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS MCTE ($192.202.876) con el fin de incorporarle recursos a los rubros O2110103007 “Honorarios Ediles”, O212020200701030471349, “Otros servicios de seguros de salud n.c.p.”, O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)”, O2120201003033331101 “Gasolina motor corriente”, O2120201003033336103 “Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas)” O21202020080585330 “Servicios de limpieza general” y O21202020080686312 “Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)”.

 

Que la Administración Local revisó los recursos con que cuentan los rubros O21201010030106 “Otras máquinas para usos generales y sus partes y piezas”, O2120201002082823117 “Chaquetas o sacos, excepto de cuero y plástico para hombre”, O2120201002082823313 “Chaquetas o sacos, excepto de cuero y plástico para mujer”, O21202020060868021 “Servicios locales de mensajería nacional”, O21202020070103 “Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria)”, O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual”, O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”, O21202020070272112 “Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados”, O21202020080686320 “Servicios de distribución de gas por tuberías (a comisión o por contrato)”, O21202020090494110 “Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales”, O21202020090494239 “Servicios generales de recolección de otros desechos” y O2180501004 “Sanciones administrativas” y esos montos disponibles no se van a comprometer en la presente vigencia.

 

Que la Administración Local realizó liberaciones de Obligaciones por Pagar en los rubros de OXP funcionamiento en las Actas de Liberaciones números 1, 4, 5, 6, 7 y 10 de 2022, y se dispone en los rubros, O219001 “Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” y O219002 “Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias”, de recursos para trasladarlos a rubros de la vigencia y comprometerlos, con el fin de reinvertirlos y ejecutarlos en la presente vigencia 2022.

 

Que mediante oficio No. 2010EE482756O1 del 19 de octubre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal, mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2022, por valor de $192.202.876.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:

 

Tabla

Descripción generada automáticamente

 

Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:

 

Tabla

Descripción generada automáticamente

Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Correo electrónico

Descripción generada automáticamente

 

Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de octubre del año 2022.

 

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

 

Alcalde Local de Suba