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Directiva 005 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/10/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 005 DE 2022

 

(Octubre 18)

 

PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS, DIRECTORES (AS) DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES DE SUBREDES INTEGRADAS DE SALUD, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTONOMO, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTA, VEEDORA DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL, PERSONERO DISTRITAL.

 

DE: ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D. C.

 

ASUNTO: LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACION DEL ACUERDO COLECTIVO LABORAL 2022

 

Radicación: 2-2022-30051

 

En cumplimiento de Ia establecido en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015[1], modificado y adicionado con el Decreto 1631 de 2021, Ia Administración Distrital firmo el Acuerdo Colectivo Laboral 2022 el pasado 19 de septiembre con las siguientes organizaciones sindicales que presentaron pliegos de solicitudes: CGT, CTC, Utradec CGT, Fecotraservipúblicos, Unete, CUT Bogota Cundinamarca, Fenaltrase, CNT, Fenaltraesp, SintraeducaciOn, Asonal Educativa, Asoeducadores, Sintrased, Biopaz, CTU Usctrab, Fedeusctrab Nacional, Fedeusctrab Estatal, Fedeusctrab Bogota, Fedeusctrab Ambiental, Usctrab, Fedeasonal, CSPC, PropaIs, Ser NaciOn, Colegiado Nacional de Orientadores de Colombia, ASED, Sinepsed, Asonal Colombia, Unes Colombia, Sipatco, SCJ Bogota, Sindistritales, Sintrahosken, Asitconsalud, Sintra Hospital Vista Hermosa, Asmedas, Sindess Nacional, Sintrasalud, ADAE, Sintrahengativa, Simo D.C., U niciruped, Sicolped, Sintrasubred Sur, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

Adicionalmente, en el marco del Decreto 140 de 2021 y teniendo en cuenta las funciones de Ia Secretaria General en el numeral 3 del artículo 2, numeral 4 del artículo 13, numeral 9 del artículo 19 y numeral 9 del artículo 20, se emite Ia siguiente Directiva para garantizar el cumplimiento de lo pactado, por Ia Administración Distrital bajo las siguientes actuaciones administrativas:

 

I. COMITE DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO COLECTIVO LABORAL 2022

 

Para dar cumplimiento a Ia conformación del Comité de Seguimiento constituido por representantes de Ia Administración Distrital y las organizaciones sindicales firmantes, corresponde a este Despacho regular Ia participación de los miembros de Ia Administración Distrital.

 

El Comité efectuará Ia verificación del cumplimiento del Acuerdo Colectivo Laboral 2022 y de ninguna manera podrá abordar nuevas peticiones o avocarse el conocimiento y Ia discusión de materias que ya fueron objeto de negociación en los términos del procedimiento establecido en el Decreto Nacional 1072 de 2015. Bajo Ia dinámica en Ia que se desarrolló Ia negociación colectiva 2022 en Ia mesa Distrital de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., existirá un subcomité técnico para el seguimiento e implementación de los puntos acordados en Ia submesa técnica del sector salud; el cual estará conformado por el Secretario de Salud o su delegado/a, y el equipo técnico que este defina. En el marco del Decreto 140 de 2021, Ia Secretarla Técnica de este Comité estará en cabeza de Ia Subsecretaria Distrital de Fortalecimiento Institucional de Ia Secretarla General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y tendrá las siguientes funciones:

 

1. Establecer Ia metodología de seguimiento al Acuerdo Colectivo Laboral 2022 para las entidades del Distrito.

 

2. Definir el cronograma de las sesiones del comité bipartito de seguimiento del Acuerdo Colectivo Laboral 2022.

 

3. Definir el reglamento para las sesiones del comité bipartito de seguimiento de los compromisos Acuerdo Colectivo Laboral 2022.

 

4. Consolidar el seguimiento donde se dé cuenta en una matriz del estado de avance de cada punto y Ia entidad responsable de cumplirlo.

 

5. Proyectar y firmar las actas de las sesiones de seguimiento.

 

6. Convocar a las sesiones del comité de seguimiento de los compromisos del Acuerdo Colectivo Laboral 2022.

 

La Subsecretaria Distrital de Fortalecimiento Institucional, podrá delegar las funciones de Ia secretaria técnica en Ia Dirección Distrital de Desarrollo Institucional.

 

En cuanto al cumplimiento del acuerdo y seguimiento del mismo, las entidades responsables de los temas deberán informar a Ia secretarla técnica, en los tiempos solicitados por esta, Ia información de avance y cumplimiento de los puntos pactados.

 

II. MESAS DE TRABAJO

 

En el Acuerdo Colectivo Laboral 2022, se acordó realizar las siguientes mesas de trabajo, las cuales quedaran integradas por las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo y por parte de Ia Administración Distrital, así:

 


 

La secretarla técnica de cada una de las mesas de trabajo deberá como mínimo:

 

1. Establecer el cronograma de trabajo.

 

2. Definir Ia metodología de trabajo de las sesiones.

 

3. Convocar a las sesiones.

 

4. Elaborar las actas de las sesiones.

 

5. Enviar a Ia secretarla técnica del Comité bipartito de seguimiento del Acuerdo Colectivo Laboral 2022 Ia información de avance según Ia metodología definida por esa secretarla.

 

Las entidades distritales que hacen parte de las mesas de trabajo, deberán realizar las delegaciones y enviarlas a través del correo electrónico acuerdoslaboralesdc@alcaldiabogota.gov.co, a más tardar el 18 de octubre de 2022.

 

III. CUMPLIMIENTO COMPROMISOS DEL ACUERDO COLECTIVO LABORAL 2022

 

Finalmente, es importante recordar el compromiso institucional de Ia Administración Distrital en el cumplimiento del Acuerdo pactado. Por lo anterior, instó a cada una de las entidades y organismos distritales a emprender las acciones necesarias para honrar los compromisos del Acuerdo, lo cual redunda en el bienestar de los empleados del Distrito Capital.

 

Cordialmente,

 

EDNA BONILLA SEBA

 

Alcaldesa Mayor (E)

 

Proyectó Alexandra Arévalo Cuervo— Directora Dirección Distrital de Desarrollo institucional

Revisó: Patricia Rincón Mazo —Subsecretaria Distrital de Fortalecimiento Institucional. Paulo Ernesto Realpe Mejía - Jefe Oficina Jurídica de Ia Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá

Aprobó: María Clemencia Pérez Uribe - Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA.


[1] Compilatorio del Decreto Nacional 160 de 2014.