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Circular Externa 071 de 2022 Ministerio del Trabajo

Fecha de Expedición:
30/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 071 DE 2022

 

(Noviembre 30)

 

PARA: TRABAJADORES, ORGANIZACIONES SINDICALES Y EMPLEADORES

 

DE: MINISTERIO DE TRABAJO

 

ASUNTO: POR LA CUAL SE DEJAN SIN EFECTO CIRCULARES EXPEDIDAS EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 Y LA CIRCULAR 049 DE 2019

 

De conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 6 del Decreto 4108 de 2011, son funciones de la Ministra del Trabajo promover la protección del derecho al trabajo, los derechos humanos laborales, los principios mínimos fundamentales del trabajo, así como el derecho de asociación y el derecho de huelga, conforme a las disposiciones constitucionales y legales vigentes, por lo cual, resulta necesario realizar un estudio de las medidas adoptadas con ocasión de la pandemia generada por el COVID-19.

 

Como resultado de lo anterior, esta entidad expidió diversas circulares con el objeto de superar los diferentes retos en materia de empleo que la pandemia trajo consigo.

 

En medio de esta difícil situación, resaltamos el notable esfuerzo que realizaron los trabajadores y los empleadores para conjurar de la mejor forma esta complicada situación. No obstante, una vez superada la emergencia sanitaria, resulta adecuado dejar sin efecto las Circulares expedidas bajo esas condiciones excepcionales y temporales, ya que mantenerlas, podrían generar confusiones, antinomias o contradicciones en un contexto normal como el que ya vivimos.

 

De igual forma, es preciso dejar sin efecto la Circular Interna 049 de 2019, la cual, da el lineamiento a los inspectores del trabajo y seguridad social para estudiar las solicitudes de trámite de autorización de despido de trabajadores en situación de discapacidad o con estabilidad laboral reforzada, ya que este lineamiento fue expedido sin participación de trabajadores y organizaciones sindicales y asociaciones de trabajadores y trabajadoras en condición de debilidad manifiesta violando así el derecho a participar en las decisiones que los afectan. (Art. 2 de la CP).

 

Así las cosas, a partir de la fecha se deja sin efecto las siguientes Circulares:

 

Circular

Fecha

Tema

Circular 017 de 2020

24 de febrero de 2020

Lineamientos mínimos a implementar de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por COVID-19 (Coronavirus)

Circular 0021 de 2020

17 de marzo de 2020

Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de COVID-19 y de la declaración de emergencia sanitaria

Circular 0022 de 2020

19 de marzo de 2020

Fiscalización laboral rigurosa a las decisiones laborales de empleadores durante la emergencia sanitaria.

Circular 0027 de 2020

29 de marzo de 2020

Prohibición a los empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas.

Circular 0033 de 2020

17 de abril de 2020

Medidas de protección al empleo en la fase de mitigación del nuevo coronavirus covid-19

Circular 041 de 2020

2 de junio de 2020

Lineamientos respecto del trabajo en casa.

Circular 049 de 2019

1 de agosto de 2019

Criterios para autorizar la terminación de la relación laboral de trabajadores que se encuentren en condición de discapacidad o de debilidad manifiesta por razones de salud.

 

Atentamente,

 

GLORÍA INÉS RAMÍREZ RÍOS

 

Ministra de Trabajo

 

Revisó: E Palma.

VoBo: W. Pachón

 

Nota: Ver norma original en Anexos.