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Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
03/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7588 del 01 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

 

(Noviembre 03)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

 

Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2022, se hace necesario ajustar los gastos de Funcionamiento el rubro O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato), para financiar el rubro O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

 

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP - N° 000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000), conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

O2

Gastos

 4.000.000

O21

Funcionamiento

 4.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

 4.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

 4.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

 4.000.000

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

 

O212020200806

Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos

 4.000.000

O21202020080686312

Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)

 4.000.000

TOTAL CONTRACREDITOS

 4.000.000

 

Artículo 2. Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000), conforme al siguiente detalle:

 

CREDITOS

O2

Gastos

  4.000.000

O21

Funcionamiento

   4.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

   4.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

   4.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

   4.000.000

O2120202009

Servicios para la comunidad, sociales y personales

   4.000.000

O212020200904

Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento

   4.000.000

O21202020090494110

Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales

   4.000.000

TOTAL CREDITOS

   4.000.000

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Expedido en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de noviembre del año 2022.

 

TATIANA PIÑEROS LAVERDE

 

Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)