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Decreto Local 014 de 2022 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
01/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 75491 del 6 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014 DE 2022

 

(Diciembre 01)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales:

 

Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL.

 

(…)” Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Que mediante el Decreto 518 del 16 de diciembre de 2021, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2022, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital No. 540 del 24 de diciembre de 2021.

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” estipula que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.

 

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

 

Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2022, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.

 

Al revisar la ejecución con corte a 28 de noviembre de 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que El rubro presupuestal O21202020060666011 Servicios de alquiler de buses con operario presenta ejecución del 0% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 157.345.174.

 

El rubro presupuestal O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato), presenta ejecución del 70 % y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 12.000.000.

 

Que con la finalidad de llevar a cabo el nuevo contrato para prestar el servicio integral de transporte de pasajeros terrestre especial y de carga, con el propósito de transportar a los funcionarios y contratistas, e igualmente trasladar implementos requeridos en el cumplimiento al plan de gestión la Administración Local, se requiere crear la apropiación en el rubro: O21202020060464114 Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros por valor de $131.120.979 y en el rubro O21202020060666012 Servicio de alquiler de camiones con operario por valor de $26.224.195

 

Que, con el objeto de dar cumplimiento al pago de servicios públicos, para el mes diciembre de 2022, por ajuste de consumo, la Administración Local requiere aumentar la apropiación en el rubro: O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) por valor de $6.000.000 y en el rubro O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos por valor de $6.000.000

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre rubros por la suma de CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PESOS ($169.345.174) M/CTE.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, el alcalde Local de Fontibón,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2022 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÌQUESE Y CÙMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de diciembre de 2022.

 

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDÁN

 

Alcalde Local de Fontibón (E)