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Decreto Local 025 de 2022 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
22/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7593 del 09 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 025 DE 2022

 

(Noviembre 22)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2022

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - FDL y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…)

 

Que, a finales del año 2021, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2022, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2022 requiere realizar un traslado de sobrantes de apropiación presupuestal de servicios públicos (agua, alcantarillado y aseo) para garantizar el pago del servicio de energía eléctrica para las sedes del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, de tal forma que se dé continuidad en el suministro de este servicio público en cada una de las sedes y que garantice la prestación de los servicios de la Alcaldía Local a toda la comunidad, de tal forma que se requiere realizar un traslado por valor de DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 10.000.000,00).

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITO

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

GASTOS

$ 10.000.000,00

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 10.000.000,00

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 10.000.000,00

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 10.000.000,00

O2120202

Adquisición de servicios

$ 10.000.000,00

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 5.500.000,00

O212020200806

Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos

$ 5.500.000,00

O21202020080686330

Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)

$ 5.500.000,00

O2120202009

Servicios para la comunidad, sociales y personales

$ 4.500.000,00

O212020200904

Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental

$ 4.500.000,00

O21202020090494110

Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales

$ 500.000,00

O21202020090494239

Servicios generales de recolección de otros desechos

$ 4.000.000,00

TOTALES

$ 10.000.000,00

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITO

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

GASTOS

$ 10.000.000,00

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 10.000.000,00

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 10.000.000,00

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 10.000.000,00

O2120202

Adquisición de servicios

$ 10.000.000,00

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 10.000.000,00

O212020200806

Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos

$ 10.000.000,00

O21202020080686312

Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)

$ 10.000.000,00

TOTALES

$ 10.000.000,00

 

Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C, a los 22 días del mes de noviembre del año 2022.

 

JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES

 

Alcalde Local Usaquén