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Decreto Local 025 de 2022 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
07/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7595 del 13 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 025 DE 2022

 

(Diciembre 07)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre las Modificaciones Presupuestales:

 

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación” (…).

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 2 de junio de 2021, determina las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación”.

 

El propósito del presente traslado es contar con los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento del Plan de Gestión de la entidad en metas relacionadas en la continuidad en la prestación de los servicios relacionados con protección y bienestar animal.

 

Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2022, con corte al 8 de noviembre, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuentan con saldos disponibles, así: “023011601010000001584 - Subsidios y transferencias para la equidad en Engativá” por valor de $16.660.000, “023011601060000001598 - Engativá emprende, se transforma e innova” por la suma de $23.557.708, “023011601060000001599 - Desarrollo integral para la transformación social” por valor de $109.637.061, “023011601060000001600 - Sistema local de cuidado” por la suma de $619.294, “023011601120000001588 - Educación Inicial: Bases sólidas para la vida en Engativá” por valor de $4.820.008, “023011601200000001594 - Engativá siempre activa con el deporte, la recreación y la actividad física” por la suma de $312.487, “023011601240000001596 - Desarrollo sostenible y participación social” por valor de $9.103.500, “023011601240000001597 - Emprendimiento de industrias culturales y creativas” por la suma de $8.127, “023011602270000001602 - Participación social para la gestión del cambio climático” por valor de $5.414.500, “023011602380000001614 - Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora en Engativá” por la suma de $301.916, “023011603400000001616 - Más mujeres viven una vida libre de violencias en Engativá” por valor de $7.799.343, “023011603430000001617 - Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana en Engativá” por la suma de $24.398.404, “023011603450000001618 - Espacio público para una vida en sociedad en Engativá” por valor de $17.975.602, “023011603480000001619 - Fomento de la seguridad ciudadana integral y transformación de conflictos sociales” por la suma de $4.703.951, “023011605550000001622 - Participación ciudadana para el desarrollo social” por valor de $1.790.427 y “023011605570000001624 - Gestión policiva y jurídica” por la suma de $36.939.749, debido que los recursos asignados a las metas de los proyectos enunciados anteriormente les quedan unos saldos libres de afectación, por tal razón, es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos ascienden a un valor total de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($264.042.077) M/CTE.

 

Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal del siguiente rubro presupuestal: “023011602340000001613 - Engativá protectora de los animales” por un valor de $264.042.077, para adelantar el proceso de adición y prórroga para dar cumplimiento a la meta del PDL “Atender 15.688 animales en urgencias, brigadas médico-veterinarias, acciones de esterilización, educación y adopción”, la cual hace parte del proyecto de inversión 1613 “Engativá protectora de los animales”, el Fondo de Desarrollo Local de Engativá suscribió contrato No. 405 de 2022 por valor de $612.545.717 y una duración de cuatro (4) meses. Sin embargo, se hace necesario efectuar adición y prórroga al mencionado contrato, con el ánimo de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios relacionados con protección y bienestar animal. Lo anterior debido a que, primero, se ha alcanzado un avance del 64% en esterilizaciones; segundo, a que la demanda de animales por esterilizar es alta teniendo en cuenta la campaña de sensibilización y divulgación que se viene realizando en cada UPZ y barrio que se tiene priorizado; tercero, a que este servicio tiene una alta acogida por la población beneficiada. En cuarto lugar, a que se hace necesario garantizar la continuidad en el servicio de urgencias veterinarias las cuales han alcanzado un 96% de ejecución y están dirigidas principalmente a animales de compañía, sin hogar/condición de calle, comunitarios y/o de cuadra, de refugios, fundaciones, albergues, hogares de paso o cuyos responsables es ciudadanía habitante de calle, población recicladora, migrante, en condiciones de vulnerabilidad y/o bajo el cuidado de comunidad proteccionista, rescatista, cuidadoras, cuidadores; y, en quinto y último lugar, a que, según datos del Instituto de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), actualmente se ha generado un brote de Distemper, comúnmente conocido como Moquillo, el cual ha afectado tanto a perros callejeros como a perros domésticos, siendo Engativá la quinta localidad con mayor número de casos, es así como se acreditará o adicionará este rubro presupuestal por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($264.042.077) M/CTE.

 

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior rubro, requiere la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($264.042.077) M/CTE.

 

Que mediante oficio No. 2-2022-171851 del 24 de noviembre de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 2022EE601402O1 del 6 de diciembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2022, por valor DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($264.042.077) M/CTE.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese el crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2022.

 

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá