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Decreto Local 009 de 2022 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
20/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7611 del 28 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 09 DE 2022

 

(Mayo 20)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2022 por $29.904.000

 

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, sobre las Modificaciones Presupuestales estipula:

 

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:

 

“ Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).

 

Que mediante memorando No. 20225420006253 del 29 de abril de 2022 el Alcalde Local solicita trasladar recursos al rubro “O2120201003023215304” Cajas plegadizas y estuches de cartón.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal requiere adelantar un proceso de contratación por mínima cuantía con el objeto de  “Adquisición de unidades de conservación para el acervo documental (cajas y carpetas) para el archivo de la Alcaldía Local de San Cristóbal”, en cumplimiento de la normativa vigente, específicamente con lo relacionado con la Conservación de Patrimonio Documental y, por tanto, con la formulación e implementación del Sistema Integrado de Conservación (SIC) en el marco de la implementación de las herramientas archivísticas propias del proceso de Gestión Documental en las entidades, la Secretaria Distrital de Gobierno - SDG desarrolla la situación actual y necesidades respecto a Conservación y Restauración Documental de la Secretaria Distrital de Gobierno - SDG y a formular el “Plan de Conservación Documental”, a fin de contar con la estrategia que le permita asegurar la adecuada conservación, administración y custodia de la información producida o recibida, independientemente del medio o soporte en el que haya sido producido, por la entidad.

 

Que para adelantar este proceso se estimó que es necesario apropiar recursos por $31.989.000 al rubro O2120201003023215304.

 

Que en la ejecución presupuestal a corte del 20 de mayo de 2022 no se encuentra recursos en este rubro, por lo que para adelantar este proceso es necesario realizar un traslado presupuestal, cuyos créditos ascienden a veintinueve millones novecientos cuatro mil pesos M/C (29.904.000)

 

Que para realizar este traslado es necesario contratacreditar los rubros destinados a adquisición de papelería y elementos de oficina, teniendo en cuenta estos elementos fueron adquiridos en diciembre de 2021 mediante la Orden de Compra No. 84039 de 2021, y no se utilizarán en la vigencia 2022:

 

- Rubro “02120201003023212897 Papeles especiales para impresión n.c.p” el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $10.000.000.

 

- Rubro “02120201003023219202 Sobres de manila”, el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $100.000.

 

- Rubro “02120201003083891102 Bolígrafos”, el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $1.000.000.

 

- Rubro “02120201003083891104 marcadores de fieltro y similares” el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $470.000.

 

- Rubro “02120201003083891106 lápices” el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $520.000.

 

- Rubro “02120201003083899998 Artículos n.c.p para escritorio y oficina” el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $600.000.

 

- Rubro “02120201004024291501 tajalápices de bolsillos” el cual a 20 de mayo de 2022 cuenta con una apropiación disponible por $225.000

 

Que los rubros citados anteriormente, suman doce millones novecientos quince mil pesos M/C $12.915.000

 

Que para este traslado también se contracreditará el rubro “02120201003033331101 gasolina motor corriente”, teniendo en cuenta que en el mes de agosto de 2021 se adelantó la Orden de compra No. 74228 para la adquisición de combustible, por lo que este rubro no será afectado en esta vigencia. El contracrédito asciende a diez y seis millones novecientos ochenta y nueve mil ochenta y nueve pesos M/C $16.989.000

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CONTRACREDITOS

O2

GASTOS

$ 29.904.000

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 29.904.000

O212

Adquisición de Bienes y Servicios

$ 29.904.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 29.904.000

O2120201

Materiales y Suministros

$ 29.904.000

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$29.679.000

O212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

$10.100.000

O2120201003023212897

Papeles especiales para impresión n.c.p

$10.000.000

O2120201003023219202

Sobres de manila

$100.000

O212020100303

Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear

$16.989.000

O2120201003033331101

Gasolina motor corriente

$16.989.0000

O212020100308

Muebles; otros bienes transportables n.c.p

$2.590.000

O2120201003083891102

Bolígrafos

$1.000.000

O2120201003083891104

Marcadores de fieltro y similares

$470.000

O2120201003083891106

Lápices

$520.000

O2120201003083899998

Artículos n.c.p para escritorio y oficina

$600.000

O2120201004

Productos metálicos y paquetes de software.

    $ 225.000

O212020100402

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

    $ 225.000

O2120201004024291501

Tajalápices de bolsillo

    $ 225.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 29.904.000

 

Artículo 2. Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITOS

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CONTRACREDITOS

O2

GASTOS

$ 29.904.000

O21

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 29.904.000

O212

Adquisición de Bienes y Servicios

$ 29.904.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 29.904.000

O2120201

Materiales y Suministros

$ 29.904.000

O2120201003

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

$29.904.000

O212020100302

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares

$29.904.000

O2120201003023215304

Cajas plegadizas y estuches de cartón

    $ 29.904.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 29.904.000


Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

 

Artículo 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 20 días del mes de mayo del año 2022.

 

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

 

Alcalde Local de San Cristóbal