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Ley 2285 de 2023 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
05/01/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/01/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52268 del 05 de enero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 2285 DE 2023

 

(Enero 05)

 

Por medio de la cual se aprueba el: “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura”, adoptado por el 31 período de sesiones de la conferencia de la FAO, en roma, el 3 de noviembre de 2001

 

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

 

Visto el texto “TRATADO INTERNACIONAL SOBRE LOS RECURSOS FITOGENÉTICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA”, ADOPTADO POR EL 31º PERÍODO DE SESIONES DE LA CONFERENCIA DE LA FAO, EN ROMA, EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2001

 

Para ser transcrito: Se adjunta copia fiel y completa de la versión en español del texto del Tratado, certificado por el coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio ele Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de este Ministerio y que consta de catorce (14) folios.

 

El presente Proyecto de Ley consta de veintitrés (23) folios. Ver anexo.

 

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO

 

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

 

BOGOTA, D.C., 18 días del mes de agosto del año 2021.

 

AUTORIZADO.

 

SOMETASE A LA CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE CONGRESO DE LA REPUBLICA PARA LOS EFECTOS CONSTITUCIONALES

 

(FDO.) IVAN DUQUE MÁRQUEZ

 

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

 

(FDO.) MARTHA LUCÍA RAMIREZ BLANCO

 

DECRETA:

 

ARTICULO PRIMERO: Apruébese el «Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura», adoptado por el 31º período de sesiones de la conferencia de la FAO, en Roma, el 3 de noviembre de 2001.

 

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, el «Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura», adoptado por el 31º período de sesiones de la conferencia de la FAO, en Roma, el 3 de noviembre de 2001, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

 

ARTICULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

 

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

 

ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

 

GREGORIO ELJACH PACHECO

 

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES

 

DAVID RICARDO RACERO MAYORCA

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CAMARA DE REPRESENTANTES

 

JAIME LUIS LACOTOURE PEÑALOZA

 

Por medio de la cual se aprueba el: “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura”, adoptado por el 31 período de sesiones de la conferencia de la FAO, en Roma, el 3 de noviembre de 2001

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EJECUTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de enero del año 2023.

 

GUSTAVO PETRO URREGO

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

 

JOSÉ ANTONIO SALAZAR RAMÍREZ

 

LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

 

CECILIA MATILDE LÓPEZ MONTAÑO

 

LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

 

MARIA SUSANA MUHAMAD GONZALEZ

 

Nota: Ver norma original en Anexos.