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Resolución 1605 DE 2022
(Julio 25)
Por medio de la cual se delega la participación en el Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Integración Social
LA SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
En uso de sus facultades del artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los literales h) y j) del artículo 4° del Decreto Distrital 607 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que la función administrativa está al servicio del interés general, y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.
Que el artículo 21 1 de la Constitución Política dispuso que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9°, establece que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el Decreto Distrital 607 de 2007 "Por el cual se determina el Objeto, la Estructura Organizacional y Funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social ", establece en su artículo 4° como funciones del Despacho, entre otras: "h) Preparar los proyectos de acuerdo, de decreto, de resolución y demás actos administrativos que deban dictarse relacionados con el Sector de Integración Social" y "j) Cumplir las funciones y atender los servicios que les están asignados y dictar, en desarrollo de los acuerdos y decretos distritales, las decisiones administrativas para tal efecto”.
Que el Decreto Distrital 839 de 2018 "Por medio del cual se establecen directrices y lineamientos en materia de conciliación y Comités de Conciliación en el Distrito Capital", regula la conformación y funcionamiento de los comités de conciliación de las entidades y organismos distritales, estableciendo directrices y lineamientos en materia de Conciliación Extrajudicial o Judicial, conforme a la aplicación de las disposiciones nacionales sobre la materia y la jurisprudencia emanada del Consejo de Estado.
Que la Resolución 170 de 2019, determina en su artículo 2°, numeral 1°, que: "El(la) Secretario(a) Distrital o su Delegado(a), quien lo preside" conforma el Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que la Resolución 0175 de 2019, delegó en el(la) Jefe(a) de la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Integración Social, la presidencia o dirección del Comité de Conciliación.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. DELEGACIÓN. Delegar la competencia de participar en el Conciliación en el/la servidor/a público/a que ejerza el cargo de Asesor Código 105, Grado 7 de la planta de la Secretaría Distrital de Integración Social.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de julio del año 2022.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
Secretario Distrital de Integración Social |