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Proyecto de Acuerdo 105 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/05/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/05/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 105 DE 2004

"Por medio del cual se crea la Secretaría Distrital para la Mujer."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ver el ar. 6, Decreto Nacional 1398 de 1990, Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 143 de 2004

Comprender las relaciones entre mujeres y hombres en una sociedad, debe suponer la superación de las limitantes que en nuestro desarrollo histórico, han impedido el reconocimiento de la Mujer como sujeto de incidencia, transformación y desarrollo de los aspectos políticos, sociales, económicos y culturales del entorno en el que convive. Ya no es suficiente considerar a la población, la familia o el hogar como los factores base para determinar las acciones y procesos tendientes a mejorar la situación vital de la mujer.

De igual manera, es pertinente reconocer que los modos que determinan el papel desempeñado por las mujeres y por los hombres, van más allá de las particularidades físicas y biológicas de la distinción sexual, pues éstas pueden entenderse como las percepciones y construcciones que tienen las diferentes sociedades acerca de la diversidad física, los gustos, las preferencias y las capacidades entre hombres y mujeres. Aspectos que se quedan cortos en la necesidad de replantear el papel de cada uno en la sociedad.

Por tanto, es necesario abordar nuevas categorías de análisis que permitan determinar el grado de acceso y usufructo de los recursos y oportunidades de desarrollo mientras se reevalúan los valores de hombres y mujeres dentro de la comunidad. Con la perspectiva de género encontramos los rasgos que se han moldeado a lo largo de la historia de las relaciones sociales, obteniendo los aspectos de la vida económica y social, pública y privada de los individuos que han variado, según las culturas a través del tiempo, para responder a las transformaciones de la sociedad.

Las relaciones de género podemos definirlas como los modos mediante los cuales las culturas asignan funciones y responsabilidades distintas a la mujer y al hombre y que determinan aspectos tan importantes para el análisis como las diversas formas de acceder al crédito, a los recursos naturales y a otros aspectos no materiales, entre ellos el poder político, y que tienen implicaciones tales como la división del trabajo doméstico y extradoméstico, las responsabilidades familiares, la educación, las oportunidades de promoción profesional y de acceso a los cargos de decisión, lo que en últimas, permite evidenciar la inequidad de género.1

Son muchos los espacios propicios abiertos para el debate que han representado significativos avances. Sin embargo, a pesar de que los Principios de Igualdad y no Discriminación han sido objeto de discusión de la comunidad internacional en varias ocasiones, dando lugar a que todas las naciones civilizadas reconozcan su importancia esencial para la vida democrática, la salvaguardia del Estado de Derecho y el desarrollo social, y que se han consignado en los desarrollos normativos, no siempre existen para estos reconocimientos una traducción en términos de efectividad real.

En el ámbito internacional

Las conferencias mundiales realizadas, han servido para unir a la comunidad internacional y a los diversos países participantes, para apoyar los objetivos comunes que conforman el Plan de acción eficaz en pro del progreso de la mujer en todas partes y en todas las áreas de la vida pública y privada. En varios países del mundo, las experiencias aportaron la institucionalización del tema, creando por ejemplo Oficinas especializadas, Secretarías, entre otras, las cuales tienen como objetivo principal integrar perspectivas de género en las políticas, programas y proyectos estatales.

Las cuatro conferencias mundiales sobre la mujer convocadas por las Naciones Unidas en el último cuarto de siglo, han contribuido a situar la igualdad entre los géneros en la agenda internacional. De igual manera, las Convenciones mundiales que se celebran, tienen como objeto combatir la discriminación Política, Cultural y Económica, basadas en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres.

Así mismo, en el marco de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, se invita a los Gobiernos y organizaciones regionales e internacionales participantes a que faciliten el acceso de la mujer a puestos de dirección y le permitan una mayor participación en la adopción de decisiones.2

No obstante, la Cuarta Conferencia Mundial Sobre La Mujer (Beijing, 1995), nuestro país adquirió entre otros los siguientes compromisos:

  • Garantizar una educación accesible, equitativa y no discriminatoria para las Mujeres por medio de la formación de docentes y de modificar programas educativos para que no se reproduzcan imágenes negativas o distorsionadas de la Mujer.

  • Garantizar que la Mujer adulta pueda seguir capacitándose.

  • Disminuir el analfabetismo en el campo y la ciudad.3

Por su parte, en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, realizada en la ciudad de El Cairo (1994), se establece con firmeza la centralidad de la mujer, la equidad de género y su acceso al poder, como también la eliminación de todas las clases de violencia contra ella.4

Así mismo, en países como España, Perú, Argentina y Ecuador existen organismos oficiales relacionados con la Mujer, que incluyen entre otros Consejos Nacionales, Direcciones Generales, Institutos, Secretarías, Subsecretarías, Comisiones, Departamentos y Entidades adscritas a la Administración Central del País, Departamento o Municipio; organismos que ejecutan proyectos y programas para la Mujer, mediante Convenios con la Presidencia, Ministerios, Entidades y Agencias de Cooperación Internacional y autoridades departamentales y municipales.

En este mismo sentido, cabe destacar cómo en diversos países de Latinoamérica y el Caribe se han vivido experiencias exitosas debido a la importancia y participación dada a la mujer.

En Paraguay por ejemplo, existe una Secretaría Presidencial, que a su vez ha apoyado Secretarías de la Mujer en casi todas las Gobernaciones del país (en total son 16 gobernaciones). Estas instancias realizan un enorme esfuerzo, cuentan generalmente con no más de cinco integrantes y llevan a cabo numerosas tareas de apoyo a las Mujeres de sus departamentos. Las Secretarías del nivel territorial tienen como función principal velar porque en las políticas macro de las Gobernaciones y Municipios sea contemplada la perspectiva de género.

En el distrito de Villa María del Triunfo, en el Perú, el Gobierno Municipal trazó como política principal el desarrollo de las capacidades de los diferentes actores sociales, dentro de un modelo concertado de gestión que favorezca la gobernabilidad del Distrito y que a su vez le permita a la mujer participar. En tal sentido consideran que para gobernar es importante considerar las diferencias de género.5 Como conclusión se pone en evidencia la importancia de la institucionalización y transversalización del enfoque de equidad.

En Buenos Aires, Argentina, la Constitución Política de la ciudad tiene un capítulo especialmente refererido a la igualdad entre hombres y mujeres. Con ello se han hecho explícitos los derechos de las mujeres a vivir en la ciudad en forma digna, equitativa e igualitariamente, poniendo al Estado como garante, lo cual permite el efectivo cumplimiento de las políticas públicas específicas de atención a las mujeres y de equidad con el hombre, como también garantizar la continuidad de la gestión. Adicional a ello se ha creado la Dirección General de la Mujer.6 También en Argentina, en el municipio de Vicente López, se creó el Centro Municipal de la Mujer como una Dirección en primer momento, logrando el tránsito a la calidad de Subsecretaría de la Mujer, en 1999.7

En la ciudad de Montevideo, Uruguay, se dio la experiencia Oportunidades y Derechos, Ni Más ni Menos: Plan de Igualdad de Oportunidades para la ciudad de Montevideo (2002), plan con el que se logró la potenciación de las intervenciones llevadas a cabo por la Intendencia y por Instituciones, Organizaciones y Grupos que trabajan por la equidad de género, recalcando el compromiso de la institución con la población para mejorar las oportunidades de mujeres y hombres.8

En la provincia de Puerto Plata, República Dominicana, como experiencia se tiene la implementación de Planes de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres en los ayuntamientos de dicha región, lo cual dio lugar a la conformación de los Consejos Municipales de Mujeres y Estatutos, creando, entre otras, las Oficinas Técnicas Municipales de la Mujer.9

En la ciudad de Quito, en el Ecuador, la experiencia se fundamentó en la institucionalización del enfoque de género en la gestión local. Un camino en construcción. Dentro de los aspectos más relevantes en los cuales se ha venido avanzando se encuentran: La conformación del cabildo metropolitano de mujeres, la creación de un Fondo y Consejo de Equidad, Capacitación en género al personal municipal, y la creación del Comité de de Desarrollo Social y la Secretaría Ejecutiva, entre otros aspectos.10

De igual forma en la ciudad de Tena, en el Ecuador, el trabajo en beneficio de la mujer se basó en la equidad entre mujeres y hombres, una novedad en gestión local. Los resultados más visibles de esta experiencia.11

En el ámbito nacional Colombia no ha sido ajena a este proceso de reconocimiento para la mujer. Nuestra Constitución Política reconoce la plena igualdad entre mujeres y hombres, y dispone:

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas a favor de grupos discriminados o marginados...

El Artículo 40, en su inciso final, manifiesta que "Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la Mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.", y en la misma línea, el artículo 43 declara

"La Mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La Mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto, gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la Mujer cabeza de familia".

Así mismo, la Corte constitucional según Sentencia C-082/99, establece la razón de ser de la discriminación a favor de la mujer: "La igualdad de derechos que se reconoce al hombre y a la mujer no es simplemente de carácter formal, pues en algunos eventos se justifican diferenciaciones en aras de terminar con la histórica discriminación que ha sufrido la población femenina". En este sentido se autoriza, dentro de un principio de protección, la toma de medidas positivas, dirigidas a corregir desigualdades de facto, a compensar la relegación sufrida y promover la igualdad real y efectiva de la mujer en los órdenes económicos y sociales.

En desarrollo de los mandatos Constitucionales, el legislativo colombiano ha expedido diferentes leyes para beneficio de la Mujer, como:

  • Ley 82 de 1993, apoyo a la Mujer Cabeza de Familia para brindarle mejores condiciones de acceso a crédito, educación, empleo, vivienda, microempresa, etc.

  • Ley 581 de 2000, reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público.

  • Ley 731 de 2002, tiene por objeto mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, priorizando a las de bajos recursos y consagrando medidas específicas encaminadas a acelerar la equidad entre el hombre y la mujer.

  • Ley 823 de 2003, consagra normas para la igualdad de oportunidades de las mujeres, entre otras.

Pero el tratamiento del tema desde el espacio nacional no para aquí, puesto que la Rama Ejecutiva del Poder Público ha concentrado en la Consejería Presidencial de Equidad para la Mujer lo relacionado con la materia de nuestro estudio. La Consejería nació de la transformación de la Dirección Nacional para la Equidad de la Mujer, mediante el Decreto 1182 de Junio 29 de 1999, con la misión de ser rectora de las políticas públicas para las Mujeres. Esta entidad depende administrativa y presupuestalmente del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, asiste al Presidente en el ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, lo asesora en temas relacionados con la Mujer, rinde al Gobierno Nacional informes periódicos sobre los asuntos a su cargo y presenta recomendaciones que redunden en pro de las políticas que le son asignadas sobre este particular.

Situación de la mujer en Colombia

Educación

En Colombia no existe una política pública para las mujeres en el ámbito de la educación superior, puesto que la existencia de ésta supone, además de la normatividad como sustento o como curso de planes de desarrollo, el posicionamiento de su situación social problemática como tema de interés público, la formulación de objetivos, ejes de acción y medidas concretas y la asignación de recursos, todo ello en un período de tiempo amplio que produzca cambios sostenibles.12

En Bogotá, no se dispone de suficiente información acerca de la educación desagregada por sexo. Sin embargo, la información da cuenta que aunque la ciudad presenta mejores niveles de educación en general frente al resto del país, en algunos aspectos registra un panorama muy crítico.

Al analizar la información teniendo en cuenta aspectos como las localidades, los estratos en que se ubica la población, la migración y el desplazamiento forzado, se concluye que sí hay agudas falencias para ciertos sectores poblacionales de la ciudad.

En 1993, Ciudad Bolívar albergaba aproximadamente 24.000 analfabetos, sin contar con datos desagregados por sexo.13

En 1998, conforme al censo realizado por la Asociación Juana de Arco, en la zona 15 "Casa de Teja", que grupa 22 barrios del sector A de Ciudad Bolívar, había 1332 mujeres analfabetas. Fuente (CIDER 2001).

1997

1998

1999

2000

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

1.06

2.61

1.28

2.68

1.18

2.66

1.71

2.93

Fuente: CIDER (2001)

Los datos de la tabla muestran que los niveles de analfabetismo de las mujeres se mantienen por encima de los de los hombres en este periodo, la última tasa registrada del 2000, presenta un incremento del 18% en cuatro (4) años.

Pobreza y Empleo de la Mujer

Dentro de las concepciones que consideran la pobreza como falta de ingresos se encuentran aspectos tales como la línea de pobreza y Nivel de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), así como la medición de calidad de vida que se basa en indicadores de empleo, desempleo, subempleo, salario, gasto público, precios de alimentos, acceso a servicios de salud, tasas de natalidad, mortalidad, fecundidad, alfabetismo, ingreso per cápita, número de establecimientos de salud y educación, acceso a agua potable, y población urbana y rural por debajo de la línea de pobreza.14

En Colombia, la tasa de desempleo femenino aumentó de 12% en 1992 a 19% en 2001. En el mismo período, en las cabeceras municipales, el aumento fue de 12% a 20 %.15 Las mujeres solteras presentaron las mayores tasas de desempleo, por ejemplo, en las áreas rurales, el 68% de los desempleados correspondía a las mujeres.16 Lo que representaba una tasa de mujeres rurales desempleadas del 19.3%, frente a la de los hombres, de 7.3%.17

La información sobre la situación de la pobreza de las mujeres en Bogotá es escasa, y la poca que existe hace referencia a las NBI e IM como indicadores de pobreza de la ciudad, solo para las jefas de hogar.

Para el año 2001, conforme al indicador NBI, existían en la ciudad 870.855 personas en condición de pobreza, de las cuales 236.202 son mujeres en edad fértil.18

Participación política

En la presente legislatura en el Congreso de Colombia tan sólo 14 Mujeres son Senadoras y 19 son Representantes a la Cámara. Relación de la presencia de mujeres en los cargos de elección popular:

Corporación Nivel Nacional

Periodo 1998 - 2002

Periodo 2002 - 2006

Senado

12.75%

11.76%

Cámara

11.32%

11.98%

Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil, 2002.

Nivel Regional/Local

Periodo 1998 – 2002

Periodo 2001 - 2003

Gobernaciones

3.20%

6.25%

Asambleas

5.26%

13.84%

Alcaldías

5.2%

7.3%

Concejos

10.32%

12.89%

Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil, 2003.

En materia de cargos directivos en el sector público, las cifras revelan un sesgo discriminatorio: Si bien el 42% del total de empleados públicos son mujeres, esta significativa participación no se traslada a los cargos de dirección, en los cuales la presencia de la mujer no pasa del 15%.19

Desplazamiento Forzoso

La Mujer es un grupo especialmente afectado por el desplazamiento forzoso interno. El 53% del total de población desplazada está conformada por niñas y mujeres, 32% de las cuales son jefas de hogar.20 El conflicto armado empobrece aún más las mujeres pobres y las somete a enfrentar este fenómeno del desplazamiento forzado que además de implicaciones personales incluye las familiares y sociales.

Feminización de la pobreza

Como ausencia de opciones y oportunidades para realizar el proyecto de vida personal, familiar y colectivo y profundización de las brechas de género en términos de oportunidades laborales, posiciones ocupacionales e ingresos por salarios, incremento de la jefatura femenina y ausencia del cumplimiento de las responsabilidades del hombre. La feminización de la pobreza carece de importancia en las agendas económicas, sociales y políticas, estancando el desarrollo del país. Al reducir la feminización de la pobreza generará empleo o trabajo productivo, se desarrollarán cadenas laborales articuladas al desarrollo regional y nacional.21

En Bogotá, hay 1.107.698 Mujeres entre 18 y 54 años registradas en el archivo histórico del SISBEN, de las cuales el 66% se encuentra en los niveles 1,2 y 3, y el 34% clasifican en los niveles 4,5,y 6. Lo cual significa que 733.166 no tienen recursos para acceder al régimen contributivo y son estructuralmente pobres.22 En los últimos tres años por parte de la mujer llegó a un 25% del total del país y aunque no existen cifras precisas, los hogares pobres son los de mayor tamaño y los que tienen jefatura femenina.23

Violencia Intrafamiliar

La violencia contra la mujer termina generando dificultades para el desarrollo del país, ya que se considera como una barrera para el progreso humano, económico, político, social y cultural de ella.

Según estadísticas del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el año 2002 los dictámenes por maltrato conyugal ocuparon casi el 70% de todos los casos de Violencia Intrafamiliar, las mujeres fueron las más afectadas en un 91%.24

Salud

En Bogotá, la mortalidad materna es menor que en el resto del país, pero a su vez es siete veces mayor que la observada en los países desarrollados, lo que se traduce en una deuda de la ciudad con las bogotanas al no haber cumplido la política de disminución de mortalidad materna en un 50% para el año 2000, tal como estaba previsto.25

Según un estudio de la Universidad Externado de Colombia, uno de los índices más altos de aborto del país se encuentra en Bogotá: El 33.9% de las bogotanas que estuvieron en embarazo, han abortado por lo menos una vez, siendo el promedio nacional de 30.3%. En el Distrito, la reincidencia es de dos, tres, cuatro o más abortos.26

El apoyo a la mujer desde las entidades distritales está muy orientado al bienestar de la familia, la mujer aún está vista como la principal responsable de éste bienestar, pero sin pretender negar tal condición fundamental de ella, es necesario dar paso al apoyo, protección de la mujer como sujeto individualmente considerado.

En el ámbito territorial

En el nivel subnacional también se ha dado un proceso de reconocimiento del papel vital que juega la mujer dentro de la sociedad:

En algunas entidades territoriales se ha institucionalizado el tema de la mujer, de lo que dan cuenta las experiencias que a continuación se describen:

En Antioquia, existe la Secretaría Departamental de Equidad de Género para las Mujeres, encargada de liderar, dirigir y coordinar la inclusión de la perspectiva de género en los planes, programas y proyectos del Departamento y de sus entidades, en concordancia con las políticas nacionales. Esta Secretaría, se ha caracterizado por ser una entidad pequeña (12 funcionarios) pero especializada.

Trabaja entre otros programas, la capacitación y asistencia técnica, el desarrollo social, la participación comunitaria y las investigaciones en torno a la Mujer, contando para ello con un presupuesto anual no mayor a cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000). Sólo se necesitó la voluntad política de la Asamblea para sacar adelante esta iniciativa.

En Medellín, se creó la Subsecretaría Metromujer, como una oportunidad para fortalecer la equidad de género. Dentro sus funciones están la de implementar las políticas públicas para la equidad de género; promover la participación ciudadana; Formular y apoyar proyectos sociales, entre otras. De igual forma se ha creado el Sistema de Información para la Equidad de Género y el Desarrollo Integral de las Mujeres.27

En el departamento de Risaralda se diseñaron mecanismos específicos para superar y fortalecer la equidad de género, como también el programa de formación de mujeres líderes, capacitando a las mujeres de la región para que intervengan en la voluntad política de los gobernantes y así promover el tema de la participación de género en los diversos ámbitos, promoviendo la temática mediante la política de equidad de género del departamento, que cuenta con capítulos como: En Risaralda los Hombres y las Mujeres son sujeto de Desarrollo; Equidad de género en Risaralda; y, La siembra de la equidad.28

En Bogotá, D.C.

Actualmente Colombia cuenta con 44.583.57729 habitantes de los cuales 6.573.690 Millones de personas viven en el Distrito que corresponde al 15% del total de la población, y, 3.426.324 son mujeres.30

El Concejo Capitalino no ha sido ajeno en cuanto a dictar normas relacionadas con: La atención integral de la Mujer Cabeza de Familia31, la creación del Sistema de Información Distrital para la Mujer Cabeza de Familia32, y la aprobación del Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género33. Lo anterior muestra que en Bogotá existen normas para la mujer. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos realizados por la Administración Distrital, la ciudad carece de un doliente institucional que se apersone del tema de la mujer.

Estos avances han significado sin lugar a dudas un paso importante para la institucionalización del tema de la mujer en Colombia y la promoción de sus derechos, dado que, en la práctica, la mujer afronta dificultades para acceder a los servicios que el Estado le brida.

Queda claro que, tanto en el ámbito internacional como en el nacional, se ha generado un proceso de considerada relevancia en cuanto al reconocimiento de la mujer como parte esencial para el desarrollo integral de un país o región determinados, proceso rico en experiencias, de las cuáles en ésta exposición se citarán solo algunas de ellas, y en el cuál la ciudad ha de tomar parte articulándose al mismo sentir. De aquí que se haga necesaria la insistencia en su institucionalización, presentando la propuesta de crear la Secretaría de la Mujer en el Distrito Capital, encargada de liderar el diseño de las políticas públicas; de la coordinación interinstitucional e intersectorial de planes, programas y proyectos; de velar por su estricto cumplimiento, como también de las normas establecidas desde el ámbito nacional para este grupo poblacional.

Justificación del Proyecto

En razón de los Compromisos Internacionales ratificados por Colombia y a las Políticas Nacionales que el país ha asumido, se hace necesaria la implementación de acciones concretas y continuadas para cumplirlos. Así mismo, es vital que exista un doliente institucional, un responsable en cabeza del cual esté la coordinación de las entidades distritales, a fin de no realizar duplicidad de esfuerzos tanto administrativos como económicos en la ejecución de proyectos para la Mujer en el Distrito Capital, teniendo en cuenta que Bogotá carece de una institución cuya población objetivo sea específicamente la Mujer.

Para la ciudad ha sido un gran avance la creación de la oficina Asesora para la Equidad de Género en el Distrito Capital por parte de la administración, paso que sin lugar a duda abre las puertas a la institucionalización del tema de la mujer y a la creación de la Secretaría Distrital para la Mujer. Una vez creada esta Secretaría se tendrá en cuenta en el Plan de Desarrollo Distrital para la asignación presupuestal de los recursos.

Por medio de la Secretara Distrital para la Mujer, se pueden articular medidas efectivas para lograr el acceso de la misma con equidad a los procesos económicos, sociales, culturales y políticos de la ciudad, dado que es imprescindible su participación en el desarrollo integral del país. Esto, indiscutiblemente, constituirá un instrumento para hacer efectivas la Democracia, la Justicia Social y la igualdad en nuestra ciudad lo cual, a su vez, será un gran ejemplo para el país.

No se pretende crear un ente burocrático, sino una institución que posibilite la efectiva implementación de la política pública para la Mujer que, como ya lo hemos anotado, se ha venido estableciendo desde el espectro internacional y se ha manifestado en la estructuración de procesos de política nacional y territorial.

En el Plan de Desarrollo del exalcalde Mockus, se dio un gran paso en el propósito de lograr la equidad para la Mujer en la ciudad, además de la importante participación que le dio a la Mujer en su Gabinete Distrital, Así mismo las acciones a emprender por el alcalde Garzón deben estar acompañadas por una respuesta institucional que garantice su efectividad.

La incorporación del género en el desarrollo, es una cuestión de justicia social y de política económica. No invertir en la Mujer resulta costoso. La eliminación de las desigualdades basadas en el género conlleva a aumentos significativos de la productividad, tiene grandes beneficios para la sociedad y refuerza actividades encaminadas a reducir la pobreza. En definitiva, invertir en la Mujer asegura la calidad y sostenibilidad del crecimiento económico.34

El atraso de las sociedades radica en la desigualdad que existe entre hombres y Mujeres. Al ser aprobado este proyecto se mejorarían las condiciones de vida de las Mujeres, entendiendo que al atender sus necesidades se avanzaría hacia el bienestar de la familia, pues definitivamente Mujer es sinónimo de familia.

En el Distrito Capital actualmente no existen programas dirigidos a la mujer, estos vinculan a la niñez y a la familia en general, pero no son específicos para este género; por lo tanto, es indispensable canalizar los esfuerzos realizados por la administración Distrital en un doliente que impulse los programas y proyectos tendientes a mejorar la situación de la mujer bogotana.

Los programas desarrollados por el Departamento Administrativo de Bienestar Social (DABS), vinculan a la familia en general tales como la niñez, jóvenes, las personas adultas y los adultos mayores (hombres y mujeres), tomando como beneficiaria a la mujer cuando algún miembro del grupo familiar se ha beneficiado.

ASPECTO FINANCIERO

Los efectos en materia de costos adicionales para el Distrito con la creación de la Secretaría Distrital para la mujer, radicarán en la conformación de la respectiva nómina y los gastos de funcionamiento, cuya fuente será el replanteamiento de los recursos asignados al departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito (DABS) y de los diferentes programas a favor de la mujer llevados a cabo por las Secretarías e institutos del Distrito Capital.

Una vez aprobado el siguiente Acuerdo , el Servicio Civil del Distrito será el encargado de hacer el estudio correspondiente de los cargos a que haya lugar, para que la administración Distrital proceda con la creación y puesta en marcha de la Secretaría Distrital para la Mujer, y se asignen los recursos necesarios para el funcionamiento de la misma.

A pesar de que la iniciativa del presente Proyecto de Acuerdo corresponde al Alcalde Mayor según lo dispuesto por el Decreto 1421, la Corte Constitucional ha considerado que este requisito se satisface con el aval respectivo de la Administración. Dar curso a este proyecto requiere de las voluntades de los Honorables Concejales, y del apoyo de la Administración Distrital.

Este proyecto se encamina a que la Corporación asuma el liderazgo y coadyuve con la Administración Distrital, en el fortalecimiento de las políticas públicas para la Mujer y su institucionalización por medio de la Secretaría Distrital para la Mujer, que será un órgano técnico coordinador de las políticas públicas, desburocratizado, especializado en todos los temas referentes a la Mujer y que de paso se convierta en un gran ejemplo y modelo a extender e irrigar en el resto del país.

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

Concejal de Bogotá

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1Departamento Administrativo Nacional de Estadística – Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. La perspectiva de género: una aproximación desde las estadísticas del DANE. Bogotá D.C. Marzo de 2004.

2Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Declaración y programa de acción de Viena. (1993)

3Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer Beijing (1995)

4 Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, El Cairo 1994

5 Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, "Gobernabilidad, gestión local y equidad de género en Villa María del Triunfo", Lima-Perú.2000

6 Dirección General de la Mujer del Gobierno Autónomo de la ciudad de Buenos Aires, "Vamos a vivir mejor en Buenos Aires. El Derecho de las Mujeres a vivir en la ciudad".2000

7 Intendencia de Vicente López, "Centro Municipal de la Mujer de Vicente López", Buenos Aires, Argentina.

8 Comisión de la Mujer, Intendencia de Montevideo, "Oportunidades y Derechos, ni más ni menos, Plan de Igualdad para la ciudad de Montevideo".

9 CIPAF,"Implementación del Plan de Igualdad de Oportunidades para las mujeres en los ayuntamientos de la Provincia de Puerto Plata, República Dominicana. "Acciones afirmativas promotoras de la participación de la mujeres en el poder local".

10 Las Mujeres Innovando la Gestión de las Ciudades. FEMUM-ALC. Federación de Mujeres Municipales de América Latina y el Caribe. PGU-ALC / UN-HÁBITAT. Programa de Gestión Urbana – América Latina y el Caribe / Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos.

11 Ibidem.

12 Mujeres. Estado del Arte, Bogotá 1990 - 2002

13 Censo. DANE 1993.

14 Mujeres. Estado del Arte, Bogotá 1990-2002

15 Universidad Nacional de Colombia, CID, UNICEF, ¿Equidad de Género? ¿Equidad Social?: Una mirada desde la educación y el trabajo, en Observatorio de Coyuntura Socioeconómica, Bogotá, núm.14,diciembre de 2002.

16 Ministerio de Agricultura, 1999.

17 DNP/sisd: 2000.

18 Mujeres. Estado del Arte, Bogotá 1990-2002

19Mujeres Constructoras de paz y Desarrollo. Una política Nacional orientada a la paz, la equidad y la igualdad de oportunidades. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. Presidencia de la República.

20 Banco Mundial, 2001

21 Alcaldía de Medellín. Memorias, Jornadas de acción por los derechos de las mujeres. Marzo de 2003

22 Informe sobre los derechos de las mujeres en Bogotá. Personería de Bogotá D.C. 2003

23 Ibidem

24 Mujeres Constructoras de paz y Desarrollo. Una política Nacional orientada a la paz, la equidad y la igualdad de oportunidades. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. Presidencia de la República.

25 Mujeres. Estado del Arte, Bogotá, 1990-2002

26 Ibidem

27 SIM. Sistema de Información para la Equidad de Género y el Desarrollo Integral de las Mujeres Organizadas Urbanas y Rurales del Municipio de Medellín" SIM".Alcaldía de Medellín. Secretaría de Cultura Ciudadana. Metromujer .Medellín, mayo de 2003.

28. Las Mujeres Innovando la Gestión de las Ciudades. FEMUM-ALC. Federación de Mujeres Municipales de América Latina y el Caribe. PGU-ALC / UN-HÁBITAT. Programa de Gestión Urbana – América Latina y el Caribe / Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos.

29 Fuente: DANE Colombia. Proyecciones anuales de población por sexo y edad 1985-2015 Estudios Censales No4

30 Informe sobre los Derechos de las Mujeres en Bogotá. Personería de Bogotá, D.C 2003

31 Acuerdo 11 de 1998

32 Acuerdo 17 de 1998

33 Acuerdo 091 de 2003

34 Informe "Hacia una Equidad de Género: El papel de la Política Pública" Banco Mundial año 2000.

PROYECTO DE ACUERDO __DE 2004

"Por medio del cual se crea la Secretaría Distrital para la Mujer"

El Concejo Distrital de Bogotá en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1421 de 1993 en su artículo 12 numeral 9.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°. CREACIÓN. Créase la Secretaría Distrital para la Mujer, como un organismo especializado, rector de las políticas públicas para la mujer en el Distrito Capital.

ARTÍCULO 2°. OBJETO. La Secretaría Distrital para la Mujer ejercerá la coordinación interinstitucional e intersectorial para garantizar la continuidad de todos los planes, programas y proyectos concernientes a la Mujer en el Distrito Capital.

ARTÍCULO 3°. FUNCIONES. La Secretaría Distrital para la Mujer tendrá las siguientes funciones:

  1. Liderar el diseño y definición de las políticas, planes, programas y proyectos que beneficien directamente a la mujer, y garantizar su inclusión prioritaria en los Planes de Desarrollo Distrital y Locales. Para el caso de políticas regionales y nacionales, actuará como instancia coordinadora entre éstas y las políticas Distritales. Para efectos del diseño y definición estipulados, se contará con la efectiva participación de la mujer.

  2. Fomentar y realizar campañas relacionadas con la promoción de los derechos de la Mujer consagrados en la Constitución Política y en los instrumentos internacionales ratificados por Colombia.

  3. Implementar el Sistema Único de Información Distrital para la Mujer, el cuál incluirá el Sistema de Información para la Mujer Cabeza de Familia. El Sistema Único de Información Distrital para la Mujer se empleará para:

  • Recoger información del perfil de las organizaciones de mujeres.

  • Agrupar instituciones, gremios y otras entidades que trabajen por el desarrollo integral de la mujer.

  • Informar acerca de los centros de documentación e investigación que existan en el Distrito.

  • Informar sobre las iniciativas de las organizaciones de mujeres y de las instituciones y entidades.

  • Indicar la situación actual de las mujeres en los ámbitos laboral, educativo, económico, de salud, vivienda, medio ambiente, recreación, cultura y participación política.

  1. Ejercer la veeduría en el Distrito Capital, en la efectiva aplicación del Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito y demás normas establecidas para la Mujer y, así mismo, en la eficiente, oportuna y constante prestación de los servicios dispuestos por la Administración Central.

  2. Dirigir esfuerzos que garanticen el acceso libre, equitativo y solidario de la Mujer acorde con sus cualidades al ámbito laboral, educativo, económico, de salud, de vivienda, medio ambiente, recreación, cultura y participación política, promoviendo su actuación efectiva en ellos dentro del marco aportado por los compromisos internacionales adquiridos por Colombia.

  3. Promover e implementar políticas que tiendan al desarrollo de la creatividad y cualidades de la Mujer en los campos científico, tecnológico, de investigación, artístico y cultural, que potencien su desarrollo integral y se constituyan en factores para su beneficio directo.

  4. Apoyar las diferentes formas de asociación y organización de las Mujeres en el Distrito, diseñando a su vez estrategias orientadas al desarrollo personal.

  5. Gestionar recursos ante entidades y organizaciones nacionales e internacionales para ser invertidos en los planes, programas y proyectos que busquen beneficiar a las Mujeres del Distrito.

  6. Presentar informes semestrales de gestión y resultados al Concejo de Bogotá.

ARTÍCULO 4°. MUJER RURAL. Cuando se trate de atender específicamente a la Mujer Rural del Distrito, la Secretaría estará en la obligación de enfocar la ejecución de sus funciones de acuerdo con las particularidades que este segmento de la población femenina presente.

ARTÍCULO 5°. DIFUSIÓN Y OBLIGATORIEDAD DE CONSULTA. Las acciones y decisiones que tome la Secretaría Distrital para la Mujer tendrán carácter vinculante para todas las demás Entidades Distritales que incorporen dentro de sus competencias las temáticas sobre la Mujer.

ARTÍCULO 6°. FINANCIACION. La fuente de financiación para la creación y funcionamiento de la Secretaría Distrital para la mujer se obtendrá mediante traslado presupuestal de los recursos asignados a los diferentes programas a favor de la mujer, llevados a cabo por los Departamentos, Secretarías, e Institutos del Distrito Capital.

ARTÍCULO 7° GARANTÍA PARA EL FUNCIONAMIENTO. El Alcalde Mayor en un término de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo, dispondrá lo necesario para la organización administrativa y presupuestal de la Secretaría Distrital para la Mujer, la cual entrará en funcionamiento una vez vencido dicho término.

ARTICULO 8° VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los ____ del mes de ______________ de 2004.

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

Concejal de Bogotá