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RESOLUCIÓN 686 DE 2021
(Diciembre 15)
Por medio de la cual se modifica el artículo 2o de la Resolución 681 del 10 de diciembre
LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los literales b), j) y l) del artículo 5° del Acuerdo Distrital 490 de 2012; el literal u) del artículo 5°, literales c) y e) del artículo 9° y literal c) del artículo 14 del Decreto Distrital 428 de 2013 y los artículos 25 y 26 del Decreto Distrital 364 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de la Mujer emitió la resolución 0681 del 10 de diciembre de 2021 “Por medio de la cual se fija un nuevo cronograma para ampliar la participación en el proceso establecido en la Resolución 0599 de 2021, a través de la cual se determinó el proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá D.C Espacio Autónomo para el período 2021-2024”.
Que en cumplimiento con lo prescrito en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011[1], el proyecto del acto administrativo de la resolución 0681 de 2021 fue publicado el día primero (01) de diciembre del 2021, en la Página Web de la Secretaría Distrital de la Mujer y en el portal LegalBog para recibir observaciones de la ciudadanía, por lo que estuvo disponible para comentarios hasta el día nueve (9) de diciembre de 2021, que una vez vencido el término indicado y verificado por la Secretaria Distrital de la Mujer, no se allegaron observaciones.
Que en el proyecto de resolución publicado en LegalBog,[2] se estableció en el artículo segundo: “Cronograma general del proceso de elección para las representaciones señaladas en el artículo anterior.
El cronograma general del proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres - Espacio Autónomo, para las representaciones señaladas en el artículo 1 de la presente resolución, es el siguiente:
Que, al momento de proceder a expedir el acto definitivo para la firma correspondiente a la Resolución 0681 del 10 de diciembre de 2021, por error involuntario en la digitación, en el artículo segundo se incluyó el día 17 de diciembre de 2021, como fecha de ampliación de la Fase 1 “Convocatoria, información y divulgación” al igual que en la Fase 2 en el numeral 2.1, sin embargo, la fecha correcta de ampliación de la referida fase correspondía a la divulgada en el proyecto de Resolución publicado en LegalBob, esto es el 27 de diciembre de 2021, término que consideró apropiado por la Subsecretaria del Cuidado y Políticas de igualdad para asegurar la participación de la ciudadanía.
Así en la parte resolutiva de la Resolución 0681 del 10 de diciembre de 2021, se incluyó:
Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo[3], contempla la posibilidad para realizar corrección de errores formales de la siguiente manera:
“En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
Que el ajuste del error de digitación identificado en la Resolución Nº 0681 de 2021, no modifica ni afecta el fondo de la parte motiva y resolutiva de la mencionada Resolución. De acuerdo con lo anterior la Secretaría Distrital de la Mujer procede a modificar el artículo segundo de la Resolución No. 0681 de 2021.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución No. 0681 de 2021, de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2. Cronograma general del proceso de elección para las representaciones señaladas en el artículo anterior.
El cronograma general del proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres - Espacio Autónomo, para las representaciones señaladas en el artículo 1 de la presente resolución es el siguiente:
Parágrafo 1. Para las demás representaciones, se aplica el cronograma establecido, en el parágrafo 4 del artículo 22 de la resolución 599 de 2021.
ARTÍCULO 2 Publicación. Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de la Mujer en el enlace “Transparencia y Acceso a la información”, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4° del Decreto Nacional 103 de 2015 y en el sitio habilitado para el proceso de elección 2021.
ARTÍCULO 3 La presente Resolución rige partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2021.
DIANA RODRÍGUEZ FRANCO
Secretaria Distrital de la Mujer
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