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Proyecto de Acuerdo 348 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO No. 348 DE  2018

 

Ver Acuerdo Distrital 726 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.


  “Por medio del cual se implementan medidas que promuevan la gestión de residuos sólidos en el Distrito Capital”

 

 

1.             Objeto del proyecto

 

El objeto del presente proyecto de Acuerdo es el de generar estrategias que permitan la recuperación y aprovechamiento de los residuos producidos durante la realización de eventos masivos o actividades de aglomeración de público que se realicen en el Distrito Capital e incentivar a las entidades distritales a consolidar las buenas prácticas en materia de gestión integral de los residuos sólidos.

 

2.             Competencia del Concejo de Bogotá D.C.

 

Conforme con lo establecido en el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Concejo Distrital será competente para aprobar la presente iniciativa, en la medida en que “Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley: Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.”

 

3.             RAZONES DEL PROYECTO

 

La adecuada gestión de residuos sólidos debe ir más allá del fin de lograr una ciudad limpia, pues es claro que un adecuado manejo de los diferentes tipos de desechos puede generar un impacto positivo en la economía, el medio ambiente y por ende en la calidad de vida de los ciudadanos. El crecimiento urbano y el desarrollo industrial tienen una correlación directa con la producción de residuos sólidos, situación que ha generado un reto para las diferentes economías a nivel mundial y local que permita la optimización de este tipo de elementos basados en el cumplimiento de marcos legales y de procesos que permitan la reconversión de residuos que permitan lograr una eficiencia económica y ambiental. 

 

Si bien los gobiernos nacional y distrital han realizado grandes esfuerzos respecto a una gestión integral de residuos sólidos, basada en el desarrollo de las etapas de reducción en la fuente, aprovechamiento, tratamiento, transformación y disposición controlada, aún existe una brecha por reducir la contaminación del suelo, el agua y otros recursos naturales que ponen en riesgo la salud pública.

 

En este sentido el Gobierno Nacional en cabeza del DANE, ha diseñado un sistema que permite medir la variación de los stocks de los activos ambientales. De acuerdo con el marco central del Sistema de Contabilidad Ambiental y Económica (2016) de esta entidad, “los residuos son corrientes de materiales sólidos, líquidos o gaseosos que se descartan, se vierten o se emiten al ambiente por establecimientos u hogares a partir de los procesos de producción, consumo o acumulación. La oferta de residuos sólidos es un resultado de la generación de los materiales derivados de los procesos de producción, consumo, acumulación de capital e importaciones. La demanda, se concibe como los usos que se dan a estos materiales en los procesos de manejo de residuos, reciclaje o recuperación de materiales, tratamiento en instalaciones de saneamiento básico, transferencia directa al ambiente y exportaciones.[1]”.

 

La Cuenta Ambiental y Económica de Flujos de Materiales – Residuos Sólidos 2012 – 2014p presentada por el DANE en el mes de noviembre de 2016, indico los siguientes resultados relevantes:

 

“El volumen total de la oferta de residuos en el año 2014p fue de 21,1 millones de toneladas con una generación de la industria de 12,2 millones de toneladas y de los hogares de 8,9 millones de toneladas”.

 

Fuente: DANE. http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/pib/ambientales/cuentas_ambientales/cuentas-residuos/BT-Cuenta-residuos-2014p.pdf

 

Así mismo, este informe indico que para “el año 2014p, el uso de residuos sólidos fue de 19 millones de toneladas, mientras que el uso de productos residuales fue de 2 millones de toneladas”.

 

Fuente: DANE. http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/pib/ambientales/cuentas_ambientales/cuentas-residuos/BT-Cuenta-residuos-2014p.pdf

 

Respecto a los indicadores de contaminación, que representan la presión generada al ambiente a partir de los procesos de producción y consumo se determinó que para el año 2014p, los flujos de residuos que van desde la economía hacia el medio ambiente fueron de 874 mil Toneladas.

 

 

Fuente: http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/pib/ambientales/cuentas_ambientales/

cuentas-residuos/BT-Cuenta-residuos-2014p.pdf

 

De este modo la tasa de reciclaje obtenida de la relación entre la cantidad de residuos reciclados o reutilizados sobre el total de residuos generados, es de 15,7%, para el mismo año.

 

Aterrizando estas cifras a nivel distrital, la siguiente gráfica indica el comportamiento de la cantidad de Toneladas dispuestas en el relleno Sanitario Doña Juana durante los últimos cinco años. Cerca de 6.307 toneladas llegan diariamente a este relleno, de las cuales tan solo son aprovechados el 14% de los residuos que se constituye en un índice bajo de referencia si se compara con los promedios de residuos aprovechados en países europeos como España, Holanda y 27 países de la Unión Europea que aprovechan el 37%, 99% y 67% respectivamente      .

 

Fuente: http://oab2.ambientebogota.gov.co/es/indicadores?id=37&v=l

 

De igual forma, es preocupamte lo manifestado por el Departamento Nacional de Planeaciòn en lo referente a la limitada vida útil de los rellenos sanitarios en el país que ocasionará un gran impacto ambiental frente a la disposición final de residuos sólidos, específicamente para el caso de Bogotá, esta entidad ha indicado que el Relleno Sanitario Doña Juana tiene una vida útil de 7 años.

 

Tras este contexto nacional y distrital, es pertinente aterrizar el concepto de Economía Circular el cual viene siendo desarrollado por la Unión Europea a partir del año 2015, que basado en la adopción medidas dirigidas a empresas y consumidores hacia la transición a una economía más sólida y circular, donde se utilicen los recursos de modo más sostenible. “Las acciones propuestas contribuirán a «cerrar el círculo» de los ciclos de vida de los productos a través de un mayor reciclado y reutilización, y aportarán beneficios tanto al medio ambiente como a la economía. Estos planes extraerán el máximo valor y uso de todas las materias primas, productos y residuos, fomentando el ahorro energético y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero. Las propuestas abarcan la totalidad del ciclo de vida: de la producción y el consumo a la gestión de residuos y el mercado de materias primas secundarias[2]”.

 

Las medidas sobre economía circular en la UE, establecen una serie de objetivos claros de reducción y en una senda a largo plazo ambiciosa y creíble para la gestión de los residuos y el reciclado. Entre los elementos clave de la propuesta sobre residuos revisada figuran:

 

·                “Un objetivo común de la UE para el reciclado del 65 % de los residuos municipales de aquí a 2030;

 

·                Un objetivo común de la UE para el reciclado del 75 % de los residuos de envases de aquí a 2030;

 

·                Un objetivo vinculante de reducción de la eliminación en vertedero a un máximo del 10 % de todos los residuos de aquí a 2030;

 

·                Una prohibición del depósito en vertedero de los residuos recogidos por separado;

 

·                La promoción de instrumentos económicos para desalentar la eliminación en vertedero;

 

·                Una simplificación y mejora de las definiciones y una armonización de los métodos de cálculo de los porcentajes de reciclado en toda la UE;

 

·                Medidas concretas para promover la reutilización y estimular la simbiosis industrial, convirtiendo los subproductos de una industria de materias primas de otra;

 

·                Incentivos económicos para que los productores pongan en el mercado productos más ecológicos y apoyo a los regímenes de recuperación y reciclado (por ejemplo, de envases, baterías, aparatos eléctricos y electrónicos, vehículos)”.

 

Bajo este nuevo modelo, se busca dejar de lado el esquema de economía linealdonde se extraen los materiales de la tierra para fabricar los productos, usarlos y luego eliminarlos, pues se busca que, al  final de vida de los productos usados, éstos entren de nuevo en el ciclo de producción como materias primas secundarias[3]”. 

 

El Gobierno Nacional expidió el 21 de noviembre de 2016 el CONPES 3874 “Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos”, como política nacional de interés social, económico, ambiental y sanitario, liderada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. “El enfoque de esta política es la gestión de los residuos no peligrosos y busca aportar al desarrollo sostenible y a la adaptación y mitigación del cambio climático”.

 

“Se quiere lograr que el valor de los productos y materiales se mantengan durante el mayor tiempo posible en el ciclo productivo, que los residuos y el uso de recursos se reduzcan al mínimo, y que los recursos se conserven dentro de la economía cuando un producto ha llegado al final de su vida útil, con el fin de volverlos a utilizar repetidamente y seguir creando valor”. 

 

Se puede afirmar que la gestión de residuos en el país ha avanzado de manera importante, principalmente en los aspectos relacionados con el desarrollo del servicio público de aseo. Con estos avances se ha logrado atender las necesidades de disposición adecuada de los residuos generados en los procesos de producción y consumo. No obstante, lo anterior, la política pública nacional diseñada para el manejo de los residuos sólidos era de muy corto plazo (cinco años). Las inversiones e instrumentos económicos se enfocaron en el control de la contaminación a través de sitios de disposición final que cumplieran con la normatividad ambiental existente y no contó con un seguimiento y evaluación que permitiera revisarlas y reformularlas.

 

En desarrollo del CONPES 3874, es valioso resaltar los principales problemas a los que se enfrente el país en materia de la gestión de residuos sólidos:

 

·               Sostenibilidad en el mediano y largo plazo del modelo lineal de manejo de residuos

 

·               Altos costos en técnicas diferentes en rellenos sanitarios

 

·               Disponibilidad de suelos para efectuar la disposición final no está acorde con la creciente generación de residuos

 

·               La política de disposición final requiere hacer frente a los retos faltantes

 

·               La separación en la fuente es insuficiente y no garantiza un mayor aprovechamiento o tratamiento de residuos sólidos

 

A nivel distrital, con la expedición del Decreto 495 de 2016 se adoptó el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) del Distrito el cual se convierte en el instrumento que direccionará la política del manejo de los residuos sólidos de la ciudad para los próximos 12 años, cuya coordinación se encuentra a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicas, cuyo principal objetivo es el de generar el aprovechamiento integral a las basuras que produce la ciudad.

 

Según la administración distrital, “uno de los objetivos será el de generar condiciones favorables en la población recicladora, a partir de capacitaciones para el fortalecimiento técnico de su actividad, asistencia psicosocial, acceso a la seguridad social y a la sustitución de vehículos de tracción humana por vehículos adecuados y diseñados para el reciclaje.

 

Asimismo, este plan pretende reducir las 189.238 toneladas mensuales que ingresan actualmente al relleno sanitario de Doña Juana y aumentar el aprovechamiento de residuos sólidos a través de la implementación de separación en la fuente y de presentación diferenciada, con el fin de disminuir en un 6% las toneladas dispuestas en el relleno sanitario de Doña Juana.

 

Dentro de las actividades que realizará el Distrito para la implementación del PGIRS, están las relacionadas con la regulación de la producción y consumo sostenible de los residuos, la sensibilización de los bogotanos, el mejoramiento en el mobiliario para la prestación diferenciada de los residuos, la instalación de cestas de basura en espacios públicos y el fortalecimiento de la recolección de basuras en áreas rurales[4]”.

Según el Instituto Distrital de Turismo, se ha logrado posicionar a Bogotá “en el primer lugar por “número de participantes” en el ranking de la International Congress and Convention Association 2017 (por sus siglas en inglés ICCA), el cual mide el número de congresos y convenciones internacionales que realizan las ciudades a nivel mundial.

 

De esta manera Bogotá subió dos posiciones, pasando del séptimo al quinto lugar, lo que demuestra que la ciudad es una de las más atrayentes de toda Latinoamérica para realizar eventos.

 

El director del Instituto Distrital de Turismo, José Duarte García, afirmó que en los últimos años Bogotá ha sido sede de eventos de talla mundial, como la cumbre CGLU, la cumbre de Nobeles de Paz y One Young World.

 

En comparación con Buenos Aires, ciudad que ocupó el primer puesto en “número de eventos”, con 131, Bogotá la aventajó en número de participantes con 52.868, en 57 eventos, superándola en 2.231 asistentes.

 

La ciudad sigue demostrando igualmente que es el número 1 en Colombia, con un reporte del país de un total de 142 eventos, que atrajeron 85.476 personas. De esta cifra total, el 61 % llegó a la capital, ciudad con los mejores escenarios y una excelente conectividad para albergar visitantes provenientes de todo el mundo.

 

Según datos del Observatorio de Turismo del IDT, los mega eventos de la ciudad en 2017 (Festival Estéreo Picnic, FILBo 2017, One Young World y la Reunión Anual de Dermatólogos Latinoamericanos), atrajeron alrededor de 620.000 turistas a la capital colombiana, de los cuales el 54 % fueron internacionales. De estos visitantes de origen extranjero, el 87,6 % se hospedó en hoteles de la ciudad.

 

El total de turistas que asistieron a los eventos mencionados aportaron a la economía de Bogotá, unos 37.200 millones de pesos.

 

Según el Buró de Convenciones de Bogotá, en la ciudad se realizan por lo menos 450 eventos cada año, siendo el 33 % de carácter internacional. En promedio estos eventos tienen una asistencia de 473.000 visitantes, demostrando así que la participación de asistentes a los eventos de la ciudad, en los últimos años, ha estado por encima del promedio proyectado”[5].

De este modo es evidente que en torno a la realización de los múltiples eventos masivos y de aglomeración que se realizan en la ciudad, donde se producen grandes cantidades de residuos de los cuales se puede buscar una fuente que permita fortalecer los sistemas de recuperación de manera articulada con los grupos de recicladores, permitiendo la disminución de los impactos negativos en el medio ambiente generando prácticas de aprovechamiento a través de la vinculación o generación de sinergias con los organizadores de este tipo de eventos.                   

 

De otra parte, un gran problema al que se enfrenta la ciudad es al manejo de ciertos materiales considerados de difícil gestión como lo son recipientes de icopor o plástico para alimentos usados, servilletas y papel de cocina, papel de fax, entre otros elementos más que por su composición y la falta de tecnología para llevar a cabo el proceso de reciclaje debido a su composición, no pueden ser aprovechados debido a que para los recicladores no resulta rentable y aprovechable su acopio.

 

Finalmente, es pertinente aprovechar las herramientas existentes como lo son los Planes Institucionales de Gestión Ambiental PIGA, instrumentos de planeación institucional que permiten la formulación, implementación y seguimiento de acciones para prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos ambientales negativos generados en desarrollo de su misionalidad. De este modo, la Secretaria Distrital de Ambiente tiene la responsabilidad de proporcionar asesoría técnica a las entidades distritales en la formulación, concertación, implementación y seguimiento de estos planes, el Boletín PIGA Distrital No 20 2012-2016 de diciembre de 2017, de la Secretaria Distrital de Ambiente evidencia las acciones y logros PIGA de las diferentes entidades desde cada uno de sus componentes respecto al uso eficiente del agua, la energía, la gestión integral de residuos sólidos, las compras sostenibles y demás prácticas de sostenibilidad que permiten mejorar las condiciones ambientales en el Distrito y que evidencia los grandes esfuerzos y resultados de las entidades, razón por la cual se propone exaltar estos esfuerzos e incentivar aquellas con los mejores desempeños.                                                               

 

4.             MARCO JURÍDICO

 

·               Constitución Política de Colombia

 

ARTICULO  2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

 

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

 

ARTICULO  311. Al municipio como entidad fundamental de la división político administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.

 

·               Acuerdo 79 de 2003 “Por el cual se expide el Código de Policía de Bogotá D.C.”

 

ARTÍCULO 84. Prevención, separación en la fuente y reciclaje de los residuos y aprovechamiento. 

La reducción, separación en la fuente, reutilización, reuso, recuperación y reciclaje de los residuos sólidos son actividades benéficas para la salud humana y el ambiente, la productividad de la Ciudad, la economía en el consumo de recursos naturales, y constituyen importante fuente de ingresos para las personas dedicadas a su recuperación. Por ello son deberes generales:

 

1.             Intervenir en la producción y el consumo de bienes que afecten negativamente el ambiente y la población mediante su prohibición, disminución o mitigación de efectos, estimulando a la industria para producir bienes ambientalmente amigables o de fácil biodegradación.

 

2.             Separar en la fuente los residuos sólidos aprovechables, tales como papel, textiles, cueros, cartón, vidrio, metales, latas y plásticos, de los de origen biológico.

 

3.             Presentar los residuos aprovechables para su recolección, clasificación y aprovechamiento,

 

4.             Colaborar de manera solidaria en las actividades organizadas de acopio y recolección de materiales reciclables cuando se implementen en edificios y vecindarios de acuerdo con el Sistema Organizado de Reciclaje S.O.R.

 

5.             La actividad del reciclaje no podrá realizarse en espacios públicos ni afectar su estado de limpieza. Quienes realicen las actividades de recolección de residuos aprovechables y de su transporte a sitios de acopio, bodegaje, de pre transformación o transformación, deberán hacerlo sin afectar el ambiente y con pleno cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos por las autoridades competentes.

 

PARÁGRAFO. Las autoridades distritales deberán realizar campañas pedagógicas y cursos de capacitación sobre manejo y reciclaje de residuos sólidos y deberán propiciar incentivos culturales de utilización de materiales biodegradables.

 

Decretos Distritales

 

Decreto 312 de 2006 “Por el cual se adopta el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos para Bogotá Distrito Capital”

 

Artículo 1. Adopción del Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos. Adoptar el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos en el Distrito Capital -PMIRS-, para planificar y reglamentar el Sistema de Saneamiento Básico del Distrito Capital, en los términos del presente Decreto.

 

Artículo 2. Ámbito de Aplicación. El presente plan aplica a todas las personas que generan, reciclan y aprovechan residuos sólidos ordinarios y especiales y a las entidades públicas y personas o empresas privadas y organizaciones comunitarias y cooperativas vinculadas a la prestación del Servicio Público de Aseo.

 

Decreto Distrital 400 de 2004 "Por el cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales"

ARTÍCULO PRIMERO. Objeto y ámbito de aplicación. - El presente Decreto tiene por objeto la reglamentación tendiente al eficiente manejo de los residuos sólidos producidos, tanto por las entidades distritales, como por los servidores pertenecientes a ellas, buscando como objetivo central su adecuado aprovechamiento. Para alcanzar este objetivo se requiere adoptar las medidas e implementar las acciones tendientes a la efectiva separación en la fuente, a la adecuada clasificación y al correcto almacenamiento para su posterior recolección.

Los mandatos de este Decreto deberán ser implementados por las entidades que hacen parte del sector central, descentralizado, las empresas de servicios públicos de carácter oficial y mixto, la Veeduría Distrital, las Alcaldías Locales y los particulares que cumplan funciones públicas. Este Decreto será comunicado a la Contraloría Distrital, a la Personería y al Concejo de Bogotá, para que, dentro de la autonomía que les es propia, adopten los mecanismos tendientes a dar cumplimiento al Acuerdo 114 de 2003, expedido por el Concejo Distrital de Bogotá.

 

Decreto 456 de 2008 "Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

 

Artículo 1º. Definición de Plan de Gestión Ambiental. El Plan de Gestión Ambiental es el instrumento de planeación de largo plazo de Bogotá, D.C., en el área de su jurisdicción, que permite y orienta la gestión ambiental de todos los actores distritales con el propósito de que el proceso de desarrollo propenda por la sostenibilidad del territorio distrital y la región.

 

Artículo 3.  Corresponsables de la Gestión Ambiental del Distrito Capital. Son corresponsables de la Gestión Ambiental del Distrito Capital, de acuerdo con sus deberes, derechos, funciones, competencias, actividades, recursos y posibilidades, todas las personas naturales y jurídicas ubicadas en el territorio del Distrito Capital, de manera permanente o temporal, con la asesoría y bajo la coordinación de las autoridades ambientales, en ejercicio del deber de las personas, los ciudadanos y los servidores públicos de proteger los recursos naturales del país, velar por la conservación de un ambiente sano y propiciar el desarrollo sostenible.

 

Decreto 495 de 2016 "Por el cual se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS- del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones"

Artículo 1.- Objeto. Adóptese el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS- del Distrito Capital para un horizonte de planeación de doce (12) años. contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, como el instrumento de planeación distrital contentivo de los objetivos, metas, programas, proyectos, actividades y recursos para el manejo de los residuos sólidos, basado en la política de gestión integral de los mismos, el cual se contiene en el documento anexo e integra el presente Decreto.

  

Artículo 3°. Coordinación General del PGIRS. La coordinación general del PGIRS estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP - o quien ejerza sus funciones, en consecuencia, será la responsable de articular las diferentes acciones interinstitucionales requeridas para el cumplimiento de los programas, proyectos, actividades y metas planteadas en el PGIRS.

 

Decreto Distrital 815 de 2017 Por medio del cual se establecen los lineamientos para la formulación e implementación de los instrumentos operativos de planeación ambiental del Distrito PACA, PAL y PIGA, y se dictan otras disposiciones

 

Artículo 11°. Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA. Es el instrumento de planeación que está reglamentado por la Resolución 242 de 2014, o la norma que la sustituya o modifique, y a partir del cual las entidades distritales estructuran su gestión ambiental institucional, a través de la formulación, implementación y seguimiento de acciones orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos ambientales negativos generados en el desarrollo de su misionalidad.

 

Ley  1753 de 2015 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”

 

Artículo 88. Eficiencia en el manejo integral de residuos sólidos. Modifíquese el artículo 251 de la Ley 1450 de 2011, el cual quedará así: “Artículo 251. Eficiencia en el manejo integral de residuos sólidos. Las autoridades ambientales, personas prestadoras o entidades territoriales no podrán imponer restricciones sin justificación técnica al acceso a los rellenos sanitarios y/o estaciones de transferencia.

Créase un incentivo al aprovechamiento de residuos sólidos en aquellas entidades territoriales en cuyo Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) se hayan definido proyectos de aprovechamiento viables. El valor por suscriptor de dicho incentivo, se calculará sobre las toneladas de residuos no aprovechables por suscriptor del servicio público de aseo, como un valor adicional al costo de disposición final de estos residuos. El Gobierno Nacional reglamentará la materia y su implementación podrá ser de forma gradual.

 

5.             IMPACTO FISCAL

 

Dentro de las estrategias planteadas se tiene previsto que las concernientes al desarrollo de eventos masivos son responsabilidad de quienes desarrollen eventos masivos o de aglomeración de público y en el caso de las entidades que presenten los mejores desempeños frente al uso eficiente del agua, la energía, la gestión integral de residuos sólidos, las compras sostenibles y demás prácticas de sostenibilidad que permitan mejorar las condiciones ambientales en el Distrito, estos se harán con cargo a los recursos de los programas de bienestar social e incentivos.

 

 

Atentamente,

 

 

 

H.C. JUAN FELIPE GRILLO CARRASCO       H.C. ROBERTO HINESTROSA REY    

Concejal de Bogotá D.C.                                    Concejal de Bogotá D.C.

  Vocero de Bancada

 

 

 

H.C. YEFER YESID VEGA BOBADILLA          H.C. JOSE DAVID CASTELLANOS

Concejal de Bogotá D.C.                                   Concejal de Bogotá D.C. 

 

 

 

 

H.C. PEDRO JULIAN LOPEZ SIERRA           H.C. JULIO CESAR ACOSTA

Concejal de Bogotá D.C.                                   Concejal de Bogotá D.C. 

 

 

 

H.C. JORGE LOZADA VALDERRAMA                      H.C. ROLANDO GONZALEZ GARCIA    

Concejal de Bogotá D.C.                                              Concejal de Bogotá D.C. 

 

 

 

 

H.C. CESAR ALFONSO GARCIA VARGAS 

                   Concejal de Bogotá D.C.                                   

 

 

 

 

 

PROYECTO DE ACUERDO No.       DE 2018

 

“Por medio del cual se implementan medidas que promuevan la gestión de residuos sólidos en el Distrito Capital”

 

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 12 del Decreto – Ley 1421 de 1993

 

 

ACUERDA

 

Artículo 1º. La Administración Distrital a través de las entidades competentes, garantizaran que los organizadores de eventos masivos o actividades de aglomeración de público que se realicen en el Distrito Capital, dispongan los elementos que permitan el manejo adecuado de los residuos sólidos generados durante cada evento, de manera que faciliten su separación y aprovechamiento.

 

Artículo 2º. Las Secretarías Distritales de Hábitat y Ambiente y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, implementaran acciones que incentiven el manejo adecuado de materiales de difícil gestión y su reincorporación al ciclo productivo. Para ello, la UAESP deberá establecer cuales materiales serán considerados como de difícil gestión en el Distrito Capital.

 

Artículo 3º. Con el objetivo de medir la eficiencia en la ejecución de los Planes de Acción Internos para la Gestión de Residuos Sólidos producidos en las entidades Distritales, la Secretaría Distrital de Hábitat en conjunto con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos diseñará un mecanismo que permita identificar y medir el nivel de desempeño de las entidades distritales, generando incentivos para aquellas que presenten los mejores resultados frente al uso eficiente del agua, la energía, la gestión integral de residuos sólidos, las compras sostenibles y demás prácticas de sostenibilidad que permitan mejorar las condiciones ambientales en el Distrito

 

Artículo 4º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

 

Publíquese y Cúmplase



[1] http://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/ambientales/cuenta-satelite-ambiental-csa#cuenta-ambiental-y-económica-de-flujos-de-materiales-cuenta-de-residuos-en-unidades-físicas

[2] http://europa.eu/rapid/press-release_IP-15-6203_es.htm

[3] http://www.fao.org/agronoticias/territorios-inteligentes/experiencias-territoriales/detalle/es/c/288758/

[4] http://www.bogota.gov.co/article/temas-de-ciudad/habitat/ambiente/asi-es-como-bogota-aprovechara-sus-residuos-solidos