RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 369 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO Nº    369    de 2021

 

Ver Acuerdo Distrital 842 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

“Por el cual se crea la estrategia “Educando para un Futuro Seguro” para la prevención del uso, utilización e instrumentalización de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en actividades al margen de la ley en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones.”

 

1. OBJETO DEL PROYECTO.

 

Generar estrategias para la prevención de la entrada a la delincuencia por parte de NNAJ en edad escolar, con el fin de abrir oportunidades en ámbitos académicos, culturales, sociales, deportivos y personales que les permitan desarrollar conciencia, fundamentada en los valores, ética y moral humana, encaminada a una futura autonomía en la toma acertada de decisiones para aprender a evadir la delincuencia dándoles una perspectiva acerca del impacto negativo que puede tener en sus vidas la implicación en este medio.


2. ANTECEDENTES.

 

Este proyecto no ha sido presentado anteriormente ya que es una iniciativa propia y originada por los cabildantes distritales en el año 2020.

 

3. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

 

Introducción a las razones por las cuales los jóvenes introducen en actos delictivos

 

La delincuencia juvenil en función de su relevancia social y las perspectivas de futuro que plantea ha sido el centro de interés de la mayor parte de las investigaciones sobre la delincuencia. El problema central de los delincuentes juveniles consiste en que su historia de aprendizaje no ha transcurrido en el sentido que es habitual para la mayoría de los jóvenes, el resultado es que los delincuentes chocan constantemente contra las reglas de la sociedad (Por más que estas sean aplicadas en forma humanitaria) y que ellos mismos pierden su orientación en la vida.

 

Desde una perspectiva psicológica, entre los factores que contribuyen a las pautas de conducta delictiva figuran, frecuentemente, el reforzamiento de la agresión, la ausencia de habilidades adecuadas, (escolares y profesionales) para la resolución de problemas, entre otros, lo cual genera una entrada temprana a la delincuencia por parte de los jóvenes.


El desarrollo cognitivo de los delincuentes medido a través de los test de inteligencia es, en general, menor que el resto de la población. Ocurre, sin embargo, que el desarrollo de la inteligencia está mediado por las condiciones afectivas y de estimulación (sensorial, motriz, de espacio físico, etcétera) en que se desenvuelve el niño, la brecha cognitiva es una consecuencia de procesos educativos insuficientes con experiencias sociales y culturales deficitarias que impiden el desarrollo de la inteligencia al mismo nivel que el alcanzado por clases sociales medias y altas.

 

La brecha del desarrollo cognitivo facilita la conducta delictiva a través del fracaso escolar; las deficientes condiciones sociales las que producen un rechazo de la escuela por parte de los niños, lo que lleve al fracaso escolar y al infradesarrollo de la inteligencia. Quiere con ello decirse que tanto la delincuencia como la baja inteligencia emocional puede reflejar consecuencias como: falta de motivación, pocas esperanzas de progresar, etcétera.

 

Uno de los hallazgos más consistentes de las investigaciones sobre la conducta delictiva es que esta se da con frecuencias superiores a los hombres en casi todas las partes del mundo. Desde una perspectiva cualitativa, las mujeres adolescentes se especializan en ciertos tipos de conductas delictivas, mientras que los hombres manifiestan un amplio repertorio delictivo.

 

Entre las principales diferencias entre el comportamiento delictivo en adolescentes masculinos y femeninos se ha señalado, por ejemplo, que las mujeres no son tan vulnerables a los estresores y a la privación como sus compañeros varones. Hay también una disonancia cognitiva desarrollada precozmente por medio de la educación en relación todavía evitarse como mujer y cometer actos delictivos, disonancia, que es un tipo de control sobre las adolescentes en el desempeño la conducta delictiva, aunque la disparidad que aparece entre los sexos es uno de los resultados más fiables en el área de la conducta delictiva adolescente también es uno de los temas menos investigados.

 


En Colombia hay más de 60.345 jóvenes[1] inmersos en el mundo de la delincuencia, cifras como evidencia de la falta de apoyo, guía, educación, seguridad, y servicio para aquellos que no tienen los mismos recursos y oportunidades de salir adelante; las generaciones del ahora, son el presente y el futuro de la sociedad y no es aceptable ver como grandes talentos, mentes y líderes se ven esclavizados, consumidos y derrotados por la delincuencia.
Es sumamente preocupante la cantidad de jóvenes y niños involucrados en este medio y que esta sea su única alternativa de supervivencia, sea este su estilo de vida y pasen a un segundo plano sus sueños y metas, tener que conocer casos en los que vale mas perjudicar a otros que la vida misma, es el inicio de lo que será su condena perpetua a ser juzgados y aislados de la sociedad, sufriendo de terribles circunstancias por sus acciones del pasado y el ahora.

 

Según cifras del ICBF más del 85,24% de los jóvenes pertenecientes a este estilo de vida son hombres y el 14,76% son mujeres. [2]Lo que conlleva a ver la realidad que afrontan todos, los jóvenes que ahora tienen 15, 16 o 17 años en muy poco serán los grandes protagonistas y actores en la sociedad, lo que significa que ahora tomar un mal camino, una mala decisión, descuidar sus responsabilidades, empezar de forma incorrecta su andar, provocará que la violencia, intrafamiliar, contra la mujer, contra los niños, contra los adultos mayores se repita, que ese ciclo de terror que azota los hogares y calles de Bogotá no tenga fin y sea cada vez mayor el miedo y la angustia que la paz y tranquilidad para todos.

 

Existen diferentes formas para delinquir y atentar contra otros, y como se muestra en la gráfica, el delito más incurrido por jóvenes es el hurto, desde tomar el dispositivo móvil de una persona, hasta ingresar en una residencia y tomar todas las pertenencias de sus habitantes. Factores como la necesidad y la ignorancia llevan a los jóvenes a actuar de manera incorrecta, a pesar de sus errores, tienen todas las capacidades para  mejorar su proyecto de vida, no son la imagen negativa que han creado y ven cada mañana frente al espejo.

 

Leer este tipo de gráficas, evidenciar las cifras alarmantes que reflejan, no son solamente tomadas en cuenta por la cantidad de números o listas que lleven consigo, es la historia y el nombre que traen detrás, porque no son objetos lo que representan, son seres humanos, niños y jóvenes que se perdieron en el camino y han quedado condenados en esa vida. La cantidad de vidas, decisiones, iniciativas y tiempo que se recopilan allí, esperando una segunda oportunidad, una nueva luz para salir adelante, necesitan apoyo y no sólo palabras de aliento, sino algo que verdaderamente cambie su percepción de la vida, de lo afrontan día a día y lo que serán para ellos, quienes los rodean y los que los siguen.

Durante el periodo 2006-2018 se han registrado más de  60394 jóvenes y niños que ingresaron a los centros penitenciarios para infancia y adolescencia. Mayormente jóvenes de 17 años se encuentran involucrados. No estamos hablando de seres sin capacidad cognitiva o razón, se trata de personas con influencias negativas y conscientes de lo que hacen, muchos por iniciativa propia, otros por necesidad, muchos por obligación, pero siempre se llega al mismo fin, la cantidad de problemas y desgracias a los que están expuestos y arrastran consigo a los demás. 

 

LOCALIDAD

CIFRA

Antonio Nariño

2575

Bosa

2716

Barrios Unidos

5713

Ciudad Bolívar

4492

Chapinero

11426

Engativa

11566

Fontibón

5665

Kennedy

11122

La Candelaria

1899

Los Mártires

5061

Puente Aranda

4418

Rafael Uribe Uribe

4394

San Cristóbal

3435

Santa Fe

8776

Suba

13047

Teusaquillo

5998

Tunjuelito

2674

Usaquén

20131

Usme

3481

Ministerio de Educación Nacional (2016)[3]

 

En la ciudad de Bogotá han existido proyectos, y programas gubernamentales relacionados al manejo de las habilidades cognitivas y socioemocionales, Se trabajará con la base de entidades distritales como Idartes, Idipron, la secretaría de integración social. Los cuales ya han trabajado alrededor de este aspecto gestionando proyectos y programas direccionados a la misma problemática con finalidades afines.

 

En Marzo de 2018, cien organizaciones sociales civiles, en pro de los derechos de los niños, entregaron el informe ‘La niñez no da espera - una mirada a su situación desde la sociedad civil’, en donde señalan que en materia de educación, la tasa de permanencia escolar en la zona urbana es de 82%, mientras que este indicador presenta un fuerte rezago en la zona rural, donde la tasa solo llega a 48%.

 

Igualmente, se ha presentado el Plan de Desarrollo de Literatura y Escritura, “el 23 de julio de 2020, la Alcaldía de Bogotá presentó el nuevo plan de lectura, escritura y oralidad ‘Leer para la vida’, una apuesta de ciudad que busca mejorar los índices de lectura, poner en marcha el Plan Maestro de Bibliotecas de Cobertura Territorial y fortalecer los procesos de lectoescritura de 225 mil estudiantes de los colegios públicos”. Del mismo modo, se ha desarrollado el programa “Cuenta hasta 10” llevado a cabo en la alcaldía de Enrique Peñalosa durante el periodo (2015 - 2019).

 

Otro proyecto que fue llevado a cabo en el manejo distrital anterior se llama “Justicia Juvenil Restaurativa” el cual acoge a los adolescentes que están en conflicto con la ley, quienes, a través del principio de oportunidad, acceden a una ruta en la que participan profesionales psicosociales y talleristas, quienes les permiten fortalecer un proyecto de vida lejos del delito.

 La Policía Nacional a través de la Policía de Infancia y Adolescencia, maneja el programa “Abre tus Ojos”, el cual consiste en realizar actividades de prevención a través de la enseñanza y aprendizaje que contribuyan a la formación integral de valores y principios, interviniendo los factores originadores de riesgo y las causas facilitadoras de los fenómenos que ponen en situación de vulnerabilidad a los niños, niñas y adolescente.

 

Adicionalmente se creó un proyecto local específicamente con relación al hurto, en el cual se relacionaban las leyes de seguridad ciudadana y el material que ofrece el código para la infancia y la adolescencia “Laura Marcela Millán García - Vanessa Gonzalez, Bogotá D.C, Facultad de derecho y ciencias políticas, Universidad Libre de Colombia. La criminalidad juvenil, frente al delito de hurto, en la localidad los mártires, de Bogotá, en el año 2013.”

 

Según Humanium, ONG internacional dedicada a actuar en favor de los niños, a realizar apadrinamiento de niños y comprometida a acabar con la violación de los derechos infantiles y para que estos sean respetados en todo el mundo, señala que los principales problemas que afectan a los niños en Colombia, entre ellas:

 

El 45% de la población de Colombia vive por debajo del umbral de la pobreza y las víctimas más vulnerables de esta pobreza opresiva son los numerosos niños sin hogar, abandonados a dormir en las calles de grandes ciudades sin refugio ni ayuda. (..)El derecho a la educación en Colombia, aproximadamente, uno de cada diez niños no recibe educación. Además, la pobreza fuerza a los niños a trabajar para ayudar en las necesidades diarias de su familia y dejan la educación como algo secundario [4]

 

3.1. OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE.

 

La importancia de la Secretaría de Educación en la elaboración de este proyecto está fundamentada en su objetivo y responsabilidad con la sociedad, servirá de orientación y liderazgo para la formulación y ejecución de las estrategias planteadas para garantizar el derecho a la educación de todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

 

Como acción concreta, se encargará de la búsqueda de empresas u organizaciones que puedan ejecutar y ajustar las estrategias propuestas acorde al Plan de Desarrollo Distrital (2020 - 2024), es decir, los tiempos, bienes, servicios y demás recursos necesarios serán establecidos por la Secretaría de Educación y los proyectos ya realizados podrán adaptar el aquí propuesto.

 

3.2 CONTENIDO DE LA ESTRATEGIA

Formando en valores, capacidades y competencias ciudadanas

Esta estrategia tiene como fin promover valores y competencias en los niños desde espacios culturales y artísticos, que involucren ambientes de lectura, obras de teatro, encuentros musicales, dibujo, etc. Con esto se busca enseñar la importancia de la correcta toma de decisiones basados en valores y capacidades que respeten la humanidad tanto de otros como de sí mismos

 

Según (Cortés, Navarrete y Troncoso, 2009), nos indican sobre los estímulos en los niños: Cada vez que los niños(as) usan alguno de sus sentidos (vista, tacto, olfato, audición, gusto), se crea una nueva conexión. Esto quiere decir que, si al niño(a) se le provee de diversas experiencias en forma continua, se estará favoreciendo las conexiones cerebrales que se generan a partir de los estímulos de dichas experiencias, transformándose así, en la base de los futuros aprendizajes que pueda adquirir el infante, convirtiéndose en una herramienta clave para dicho proceso y una consideración que no debe escapar de los educadores infantiles.

 

Las niñas y los niños llegan a un mundo construido. Un mundo físico, biológico, social y cultural, al que necesitan adaptarse y que los necesita para transformarse. En él encuentran elementos y posibilidades para interactuar gracias a sus propias particularidades y capacidades. Los sentidos gustar, tocar, ver, oler, oír- cumplen un papel fundamental en la exploración por cuanto sirven para aproximarse al medio de diversas maneras. Explorar permite a las niñas y los niños cuestionarse, resolver problemas, interactuar, usar su cuerpo, investigar, conocer, ensayar, perseverar, ganar independencia. Esta experiencia implica un proceso de construcción de sentido acerca de lo que pasa en el mundo y de lo que significa ser parte de él. El juego, la literatura, el arte y la exploración del medio son actividades en muchos casos interdependientes. Así por ejemplo, cuando la niña o el niño juega o explora, puede hacerlo manipulando materiales plásticos como pinturas o arcillas, con lo cual se acerca a una experiencia artística. También hay casos en donde el juego se combina con la expresión literaria y musical[5]

 

El juego es un reflejo de la cultura y la sociedad y en él se representan las construcciones y desarrollos de los entornos y sus contextos. Las niñas y niños juegan a lo que ven y al jugar a lo que viven resignifican su realidad. Por esta razón, el juego es considerado como medio de elaboración del mundo adulto y de formación cultural, que inicia a los pequeños en la vida de la sociedad en la cual están inmersos. En el juego hay un gran placer por representar la realidad vivida de acuerdo con las propias interpretaciones, y por tener el control para modificar o resignificar esa realidad según los deseos de quien juega. La niña y el niño representan en su juego la cultura en la que crecen y se desenvuelven. Desde esta perspectiva, el juego permite aproximarse a la realidad del niño y la niña.

 

La riqueza del repertorio oral que representan los arrullos, las rondas, las canciones, los cuentos corporales, los juegos de palabras, los relatos y las leyendas, hacen parte de la herencia cultural que, junto con la literatura infantil tradicional y contemporánea, constituyen un acervo variado y polifónico en el cual las niñas y los niños descubren otras maneras de estructurar el lenguaje, vinculadas con su vida emocional.

Observar las rondas y los juegos de tradición oral permite constatar cómo la literatura, la música, la acción dramática, la coreografía y el movimiento se conjugan. Desde este punto de vista, las experiencias artísticas -artes plásticas, literatura, música, expresión dramática y corporal- no pueden verse como compartimientos separados en la primera infancia, sino como las formas de habitar el mundo propias de estas edades, y como los lenguajes de los que se valen los niños y las niñas para expresarse de muchas formas, para conocer el mundo y descifrarse. Dentro del ciclo vital es en la primera infancia cuando los seres humanos están más ávidos y más dispuestos a esas formas de interactuar con el mundo sensible. El hecho de "estrenar", palpar e interrogarse por cada cosa, de fundir la comprensión con la emoción y con aquello que pasa por los sentidos hace de la experiencia artística una actividad rectora de la infancia.

Igualmente, como afirma José Ángel García para lograr que el conocimiento ocupe el papel indicado se requiere la construcción de un nuevo modelo educativo concentrado en el desarrollo de competencias, de manera tal que se logre una convergencia entre lo individual y lo social en aspectos ligados a lo cognoscitivo, afectivo y psicológico[6].  Con ello las competencias se entienden como inherentes a la capacidad adaptativa cognitivo-conductual del ser humano y requieren desplegarse para responder a los desafíos y necesidades que las personas enfrentan en contextos sociohistóricos y culturales concretos, dominando los instrumentos socio-culturales necesarios para interactuar con grupos heterogéneos desde un actuar autónomo y responsable.

Compartiendo mi historia

Tiene como fin redireccionar la vida de jóvenes que están inmersos o pueden llegar a estarlo en el ámbito delictivo, por medio de testimonios, conversatorios y encuentros guiados a cargo de personas que fueron participes en actos de delincuencia común, y han sido reintegrados a la sociedad después de un proceso de introspección y reflexión.

 

Impacto de testimonios en los jóvenes

 

En un primer momento está la indagación, conocer y entender el entorno que se establecen junto a las familias y personas del medio. La educación no está solamente a cargo de las instituciones, también es fundamental el acompañamiento y enseñanza desde el hogar, a pesar de ser una base y parte importante del desarrollo de las personas, se hace evidente el reclamo de los jóvenes y de las instituciones por la falta de compromiso y presencia de la familias en la formación de los estudiantes y la responsabilidad tan grande que ha recaído en los docentes y las instituciones educativas.

 

Son las vivencias que cimientan sus creencias frente a las relaciones, la comunicación, la confianza, su rol en la sociedad. Por ello, se requiere la implementación de estrategias y/o alternativas de acompañamiento donde se enfatice en valores como: amor, respeto, empatía, fraternidad, etc.

 

Ahora bien, los jóvenes revelan un panorama variado y móvil de su estilo de vida: nuevas identidades, comportamientos inesperados, lenguajes diversos, relaciones con su núcleo familiar, con la sociedad y el mundo que los rodea. Para el proceso de desarrollo de los jóvenes, es necesario una formación correcta para adquirir autonomía e identidad en la construcción de su futuro. una sociedad que cultiva la duda y el cinismo, el miedo y la impotencia, la inmadurez y el infantilismo, los jóvenes tienden a asirse a modalidades de gratificaciones primarias y tienen dificultad en madurar, entendiendo por madurez la personalidad que ha completado la organización de las funciones basilares de la vida psíquica y que por lo tanto es capaz de diferenciar la propia vida interior del mundo externo. Muchos jóvenes, que aún permanecen en una psicología de fusión, tienen dificultad en realizar esta diferenciación.

 

Es importante tener testimonios, campañas, conversatorios, en los que los jóvenes se entiendan las causas y consecuencias que traen sus decisiones y actos.

 

4 MARCO JURÍDICO.

 

4.1 INTERNACIONAL

 Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 26

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz

Protocolo de San Salvador (Convención Americana de Derechos Humanos, artículo 26)

Articulo 13

Derecho a la Educación

1. Toda persona tiene derecho a la educación.

2. Los Estados partes en el presente Protocolo convienen en que la educación deberá orientarse

hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad y deberá fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismo ideológico, las libertades fundamentales, la justicia y la paz. Convienen, asimismo, en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad democrática y pluralista, lograr una subsistencia digna, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales, étnicos o religiosos y promover las actividades en favor del mantenimiento de la paz.

 

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

 Artículo 3

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o

los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes

de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.

Artículo 28

1.        Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho

2.      Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar por que la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño y de conformidad con la presente Convención.

Artículo 29

1.      Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:

a.     Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades

b.  Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;

c.       Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya;

d.      Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;

4.2 NACIONAL.

Ley 1620 de 2013

Artículo 2.

En el marco de la presente ley se entiende por:

– Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

– Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables.

– Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña, o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.

También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

Ciberbullying o ciberacoso escolar: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

Artículo 4.

OBJETIVOS DEL SISTEMA. Son objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar:

1. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.

2. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares.

3. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

4. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.

5. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

6. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

7. Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

8. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.

PARÁGRAFO. Los medios de comunicación realizarán las funciones de promoción de acuerdo con las responsabilidades asignadas en el artículo 47 de la Ley 1098 de 2006.

Artículo 16. Responsabilidades de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

3. garantizar que la ruta de atención integral para la convivencia escolar sea apropiada e implementada por los establecimientos educativos en el marco de sus responsabilidades, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso y violencia escolar por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

6. promover el desarrollo de las competencias ciudadanas, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, el fomento de estilos de vida saludable y la prevención del acoso escolar y el ciberbullying en las jornadas escolares complementarias.

Artículo 17. Responsabilidades de los establecimientos educativos en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

Ley 715 2001

Artículo 7o. Competencias de los distritos y los municipios certificados.

Numeral 7.1. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley.

Constitución Política de Colombia 1991

Artículo 44. «Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. (...) La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores». «Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás».

Artículo 45. «El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral». «El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud».

Ley 115 (Ley General de Educación) de 1994

Artículo 5.  

FINES DE LA EDUCACIÓN. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con latinoamérica y el Caribe.

9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.

Artículo 10.

 DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN FORMAL. Se entiende por educación formal aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos.

Artículo 11.

 NIVELES DE LA EDUCACIÓN FORMAL. La educación formal a que se refiere la presente Ley, se organizará en tres (3) niveles:

a) El preescolar que comprenderá mínimo un grado obligatorio;

b) La educación básica con una duración de nueve (9) grados que se desarrollará en dos ciclos: La educación básica primaria de cinco (5) grados y la educación básica secundaria de cuatro (4) grados, y

c) La educación media con una duración de dos (2) grados.

La educación formal en sus distintos niveles, tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales las personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente.

Artículo 13.

 OBJETIVOS COMUNES DE TODOS LOS NIVELES. Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:

a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes;

b) Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos;

c) Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad;

d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable;

e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional;

f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional;

g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo, y

h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.

i) <Literal adicionado por el artículo 4 de la Ley 1503 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> El Ministerio de Educación Nacional, mediante un trabajo coordinado con el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Salud y Protección Social y con apoyo del Fondo de Prevención Vial, orientará y apoyará el desarrollo de los programas pedagógicos para la implementación de la enseñanza en educación vial en todos los niveles de la educación básica y media.

j) <Literal adicionado por el artículo 1 de la Ley 1651 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:Desarrollar competencias y habilidades que propicien el acceso en condiciones de igualdad y equidad a la oferta de la educación superior y a oportunidades en los ámbitos empresarial y laboral, con especial énfasis en los departamentos que tengan bajos niveles de cobertura en educación.

 Ley 715 de 2001 (servicios de educación y salud)

Artículo 7.  Competencias de los distritos y los municipios certificados.

7.1. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley.

Título III. Capítulo 5. La educación para la rehabilitación social comprende los programas educativos ofrecidos a personas cuyo comportamiento individual y social exige procesos educativos integrales para su reincorporación a la sociedad.

Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia)

2006 Libro II. Artículos 139-191. El SRPA es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas entre catorce (14) y dieciocho (18) años de edad al momento de cometer el hecho punible.

Decreto 2383 de 2015

«Por el cual se reglamenta la prestación del servicio educativo en el marco del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes».

Sentencia Corte Constitucional

Sentencia T-260/12

Los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes gozan de una especial protección tanto en el ámbito internacional como en nuestro Estado Social de Derecho. Ello, dada la situación de indefensión, vulnerabilidad y debilidad de esta población y la necesidad de garantizar un desarrollo armónico e integral de la misma. Los niños, en virtud de su falta de madurez física y mental -que les hace especialmente vulnerables e indefensos frente a todo tipo de riesgos-, necesitan protección y cuidados especiales, tanto en términos materiales, psicológicos y afectivos, como en términos jurídicos, para garantizar su desarrollo armónico e integral y proveer las condiciones que necesitan para convertirse en miembros autónomos de la sociedad. Atendiendo esta norma básica contenida en el preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, exige la obligación de prodigar una especial protección a aquellos grupos sociales cuya debilidad sea manifiesta, destacándose entre estos grupos la especial protección de los niños, la cual es prevalente inclusive en relación con los demás grupos sociales.

4.3 DISTRITAL

Acuerdo 257 de 2006

Artículo 23.

Secretarías de despacho. Las secretarías de despacho son organismos del Distrito Capital, con autonomía administrativa y financiera, que bajo la dirección de la respectiva secretaria o secretario, tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos distritales del Sector Administrativo de Coordinación al que pertenecen, así como la coordinación y supervisión de su ejecución. Además tienen las siguientes atribuciones:

 

a. Actuar como ente rector del respectivo sector administrativo de coordinación en el Distrito Capital, lo cual implica entre otras facultades liderar y orientar, bajo las directrices del Alcalde o Alcaldesa Mayor y de los Consejos Superiores de la Administración Distrital, la formulación de las políticas generales, estrategias, planes, programas y proyectos del respectivo Sector Administrativo de Coordinación.

j.  Cumplir las funciones y atender los servicios que les están asignados y dictar, en desarrollo de los acuerdos y decretos distritales, las decisiones administrativas para tal efecto.

Artículo 80

 Misión del Sector Educación. El Sector Educación tiene la misión de promover la oferta educativa en la ciudad para garantizar el acceso y la permanencia en el servicio educativo, en sus distintas formas, niveles y modalidades; la calidad y pertinencia de la educación, con el propósito democrático de formar individuos capaces de vivir productiva, creativa y responsablemente en comunidad.

Artículo 82.

Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría de Educación del Distrito. La Secretaría de Educación del Distrito es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y ejecución de políticas, planes y programas para garantizar el derecho a la educación y asegurar a la población el acceso al conocimiento y la formación integral. Además de las atribuciones legales y las generales establecidas en el presente Acuerdo para las secretarías, la Secretaría de Educación del Distrito cumplirá las siguientes funciones básicas:

a. Garantizar el acceso, permanencia, pertinencia, calidad y equidad en la prestación del servicio educativo, en sus diferentes formas, niveles y modalidades.

b. Formular, orientar y coordinar las políticas y planes del sector.

c. Ejercer la inspección, vigilancia, control y evaluación de la calidad y prestación del servicio educativo en la ciudad.

g. Diseñar e impulsar estrategias y programas para el desarrollo y formación de la niñez y la juventud.

 

5. COMPETENCIA

 

En el marco de las disposiciones contenidas en el Acuerdo 597 de 2015, “por el cual se establece el Día del Cabildante Estudiantil, se crea la Mesa Distrital de Cabildante Estudiantil y se dictan otras disposiciones”, y dando cumplimiento al artículo primero de dicho Acuerdo en el que se establece “la celebración del Día del Cabildante Estudiantil como una forma de participación [...]”, de esta forma, en el cumplimiento de la misma se establece la primera presentación del Proyecto de Acuerdo con el propósito de “Generar alternativas para la prevención de la entrada de jóvenes y niños al mundo de la delincuencia en la ciudad de Bogotá e implementar estrategias con el fin de brindar un apoyo y ayuda a todos los jóvenes que están inmersos en el ámbito de la ilegalidad.”

 

La competencia del Concejo de Bogotá, D.C. para aprobar esta iniciativa se sustenta jurídicamente en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, que establece:

 

(…) DECRETO 1421 DE 1993 – ESTATUTO ORGÁNICO DE BOGOTÁ

 

ARTÍCULO  12 - ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

 

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

6. IMPACTO FISCAL

 

De conformidad con el Artículo 7 de la Ley 819 de 2003, se ordenó lo siguiente: 

 

“Artículo 7º. Análisis del impacto fiscal de las normas. En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo”

 

Por lo tanto, debido a que esta iniciativa apunta a cumplir lo establecido en el Plan de Desarrollo 2020-2023 en el Propósito 1 que incluye la ejecución de  estrategias referidas a generar condiciones de posibilidad, en los ámbitos de las relaciones con la educación y el desarrollo humano, para personas de los diferentes sectores sociales y poblaciones vulneradas, que induzcan el fortalecimiento de la capacidad humana para la toma de decisiones en las diferentes transiciones de la vida y actuar con la intención de producir un cambio en los patrones negativos de la segregación socioeconómica y espacial en la ciudad y la región. Estableciendo que se hará especial énfasis en la población infantil, a la que se ofrecerán servicios que permitan garantizar el desarrollo integral de las niñas y los niños. Y las y los jóvenes entre 14 y 28 años, a quienes se les brindarán oportunidades de formación y educación, acorde con sus propósitos, y adecuada a las expectativas de desarrollo de Bogotá - Región. Avanzando igualmente en una transformación pedagógica, que vaya desde el preescolar hasta la educación media y superior.

 

Esta propuesta se enmarca en las metas y programas de 1° Oportunidades de educación, salud y cultura para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes que tiene como meta NO°19 Garantizar en los colegios públicos la implementación de estrategias en educación media a través de la orientación socio ocupacional y el fortalecimiento de sus capacidades y competencias para que puedan elegir su proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI. Junto con el aumento de porcentaje de colegios públicos distritales con oferta de educación media que implementan estrategias de formación acorde a los retos del siglo XXI, orientación socio ocupacional y el fortalecimiento de sus capacidades y competencias para que los estudiantes puedan elegir su proyecto de vida. Por lo cual no habrá lugar a la modificación del marco fiscal de mediano plazo o la creación de una fuente adicional de financiación. En consecuencia, el presente Proyecto de Acuerdo no tiene impacto fiscal. 

 

PROYECTO DE ACUERDO No. ____ DE 2021

 

“Por el cual se crea la estrategia “Educando para un Futuro Seguro” para la prevención del uso, utilización e instrumentalización de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en actividades al margen de la ley en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones.”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial de las que le confiere el numeral 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA,

 

Artículo 1. La Secretaría de Educación del Distrito, en coordinación con las entidades pertinentes, establecerá la estrategia “Educando para un Futuro Seguro” para la prevención del uso, utilización e instrumentalización de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en actividades al margen de la ley en la ciudad de Bogotá, a partir de la implementación de las jornadas pedagógicas “formando en valores, capacidades y competencias ciudadanas” y “compartiendo mi historia”.

 

Artículo 2. El diseño y desarrollo de las jornadas “formando en valores, capacidades y competencias ciudadanas” y “compartiendo mi historia” tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:

 

1.             Jornada Formando en valores, capacidades y competencias ciudadanas: Consiste en la creación y el fortalecimiento de espacios donde se propenda la enseñanza de valores con relación a capacidades y competencias ciudadanas, buscando incentivar a la población estudiantil en procesos asertivos en materia de toma de decisiones, una formación que fomente el conocer y manejar las emociones para la identificación de factores de riesgo relacionados al uso, utilización e instrumentalización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en actividades al margen de la ley. Esta jornada pedagógica se desarrollará por medio de alternativas didácticas basadas en el ejercicio de derechos, brindadas por la Secretaría Distrital de Educación. Será realizada como mínimo 3 veces al año escolar.

2.             Jornada compartiendo mi historia: Consiste en la creación de espacios de diálogo y reflexión dirigidos a adolescentes y jóvenes frente a factores de riesgos inminentes que estén asociados al uso, utilización e instrumentalización en actividades al margen de la ley. Lo anterior, por medio de testimonios, conversatorios y charlas desarrolladas por personal capacitado en estos temas. Esta jornada pedagógica se desarrollará con adolescentes y jóvenes. Será realizada como mínimo 3 veces al año escolar.

3.              

PARÁGRAFO 1: Se buscará que los testimonios sean relatados principalmente por personas que hayan pasado por procesos asociados al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, se realizará un acompañamiento a los jóvenes y adolescentes por parte de entidades, organizaciones no gubernamentales y secretarías del distrito como IDIPRON, entre otros. 

 

Artículo 3. La estrategia propenderá por el acompañamiento de los estudiantes con apoyo orientado por personal seleccionado por la Secretaría de Educación del Distrito con la capacidad de suscitar en los niños, adolescentes y jóvenes que se encuentren o hayan estado en procesos relacionados con el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y con su testimonio se busca que los estudiantes desde distintas realidades identifiquen herramientas para elaborar un proyecto de vida en ejercicio de sus derechos y deberes.         

 

Artículo 4. La Secretaría de Educación del Distrito estará encargada de propiciar los espacios en las instituciones educativas y la comunicación constante con las entidades requeridas y necesarias para la realización de la estrategia en las instituciones educativas del distrito, con el fin de ejecutar las actividades planteadas.

 

Artículo 5. Las jornadas pedagógicas de la estrategia “Educando por un futuro seguro” se realizarán en las instituciones de educación básica y media distritales, acorde a la disponibilidad de la Secretaría de Educación del Distrito y las instituciones educativas respectivas.

 

Artículo 6. El seguimiento a la estrategia será realizado por la Secretaría de Educación del Distrito quien deberá presentar un informe anual de evaluación y seguimiento a la Mesa Distrital de Cabildantes y el Concejo de Bogotá.

 

Artículo 7. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

LISTA DE CABILDANTES ESTUDIANTILES

 

COMISIÓN DE EDUCACIÒN

SUBCOMISIÓN “EDUCANDO PARA UN FUTURO SEGURO”

 

Camila Andrea Gerena Suarez.                                          

Colegio Gimnasio Militar Fuerza Aérea Colombiana.          

Kennedy                                                                    

 

Nicolas Alfonso Ochoa

Colegio Agustiniano Tagaste

Kennedy

 

María Alejandra Hernández                                             

Colegio María Auxiliadora casa central                               

Santa FE                                                                                

 

Juan José Sarmiento Puerto

Colegio Calasanz Bogotá

Usaquén

 

Laura Fernanda Martínez Galindo                                    

I. E. D. Rodrigo Lara Bonilla                                            

Ciudad Bolívar                                                         

 

Angélica del Pilar Barón Ávila

Colegio del Rosario Santo Domingo

Chapinero

 



[1] ICBF. (2018) Tablero SRPA. Recuperado de: https://www.icbf.gov.co/bienestar/observatorio-bienestar-ninez/tablero-srpa

[2] Ibidem

[3] Ministerio De Educación Nacional (2016) “ Lineamientos Para La Prestación Del Servicio Educativo En El Marco Del Sistema De Responsabilidad Penal Para Adolescentes Decreto 2383 De 2015” Recuperada de: Https://Www.Mineducacion.Gov.Co/1759/Articles-360757_Recurso.Pdf

[4]Humaniun (S.f) Descubriendo los derechos infantiles en Colombia Recuperado de: https://www.humanium.org/es/colombia/

[5] Ministerio de Educación Nacional (S.f) Fundamentos políticos, técnicos y de gestión de la estrategia de atención integral a la primera infancia. Recuperado de: http://www.deceroasiempre.gov.co/QuienesSomos/Documents/Fundamientos-politicos-tecnicos-gestion-de-cero-a-siempre.pdf

[6] Garcia, J. (2011) Modelo Educativo Basado En Competencias: Importancia Y Necesidad. Revista Electrónica “Actualidades Investigativas en Educación” Recuperado de: https://www.redalyc.org/pdf/447/44722178014.pdf