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Decreto 1220 de 2023 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
24/07/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1220 DE 2023

 

(Julio 24)

 

Por el cual se corrige un yerro en el Decreto No. 1076 de 29 de junio de 2023, "Por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones. "

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular, las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, establece que "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".

 

Que mediante el Decreto No. 1076 de 29 de junio de 2023 se estableció la planta de personal del Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones.

 

Que el artículo 1 del Decreto No. 1076 de 29 de junio de 2023, dispuso que las funciones propias del Ministerio de Igualdad y Equidad, serán cumplidas por la planta de personal que allí se estableció.

 

Que, por error de digitación al establecer la Planta de Personal del Despacho del Viceministerio de las Mujeres, se establecieron los siguientes empleos:

 

Uno (1)

Viceministro (a)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del Despacho

4215

24

 

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del Despacho

4215

24

 

 

Que revisado el estudio técnico que soporta la creación de la planta de personal del Ministerio de Igualdad y Equidad se digitó de manera repetida los empleos del Viceministerio de las Mujeres: i) auxiliar administrativo, ii) conductor mecánico, y iii) secretario ejecutivo del Despacho, con los mismos códigos y grados.

 

Que en tal medida se hace necesario corregir el error de digitación.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Corregir el artículo 1 del Decreto No. 1076 de 29 de junio de 2023, el cual quedará así:

 

"Artículo 1: Planta de personal: Las funciones propias del Ministerio de Igualdad y Equidad, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:

 

NÚMERO DE CARGOS

DEPENDENCIA Y

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO GRADO

DESPACHO DEL O LA MINISTRA

Uno (1)

Ministra (o)

0005

 

Ocho (8)

Asesor

1020

12

Dos (2)

Conductor Mecánico

4103

20

Dos (2)

Secretario Ejecutivo del

Despacho

4212

26

DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE LA JUVENTUD

Uno (1)

Viceministra (o)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del

Despacho

4215

24

DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE LAS MUJERES

Uno (1)

Viceministra (o)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del

Despacho

4215

24

DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE PUEBLOS ÉTNICOS Y CAMPESINOS

Uno (1)

Viceministra (o)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del

Despacho

4215

24

DESPACHO DEL VICEMINISTERIO PARA LAS POBLACIONES Y

TERRITORIOS EXCLUIDOS Y LA SUPERACIÓN DE LA POBREZA

Uno (1)

Viceministra (o)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del

Despacho

4215

24

 

DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE LAS DIVERSIDADES

Uno (1)

Viceministra (o)

0020

 

Uno (1)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Uno (1)

Secretario Ejecutivo del Despacho

4215

20

PLANTA GLOBAL

Uno (1)

Secretario General

0035

22

Veinte (20)

Director Técnico

0100

20

Treinta y Dos (32)

Director Territorial para la

Igualdad y la Equidad

0042

13

Ocho (8)

Jefe de Oficina

0137

20

Uno (1)

Subdirector Administrativo y Financiero

0150

18

Dos (2)

Subdirector Técnico

0150

18

Nueve (9)

Asesor

1020

12

Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

1045

15

Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones

1045

15

Ciento Noventa y Cinco (195)

Profesional Especializado

2028

15

Ciento Doce (112)

Profesional Especializado

2028

17

Setenta y Nueve (79)

Profesional Universitario

2044

10

Setenta y Cinco (75)

Profesional Universitario

2044

08

Cincuenta y Ocho (58)

Auxiliar Administrativo

4044

18

Uno (1)

Conductor Mecánico

4103

20

Ciento Once (111)

Técnico Administrativo

3124

16

 

Artículo 2. Vigencia: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de julio del año 2023

 

GUSTAVO PETRO URREGO

 

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

LA MINISTRA DE IGUALDAD Y EQUIDAD

 

FRANCIA ELENA MÁRQUEZ MINA

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FU PÚBLICA,

 

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

 

NOTA: Ver norma original en anexos.