RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 014 de 2020 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
12/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/05/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014 DE 2020

 

(Mayo 12 )

 

Por medio del cual se corrige un error formal del Decreto Local No. 013 del 11 de mayo de 2020, “Por el cual se prorroga la suspensión de la atención al público y los términos procesales en los procedimientos administrativos sancionatorios y/o jurisdiccionales de conocimiento de la  Alcaldía Local de Antonio Nariño, como medidas transitorias por motivos de salubridad pública, y se dictan otras disposiciones”

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales y en especial las que le confiere el numeral 1º del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 1801 de 2016, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

 

CONSIDERANDO

 

Que en el Decreto No. 013 del 11 de mayo de 2020, “por el cual se prorroga la suspensión de la atención al público y los términos procesales en los procedimientos administrativos sancionatorios y/o jurisdiccionales de conocimiento de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, como medidas transitorias por motivos de salubridad pública, y se dictan otras disposiciones, proferido por esta Alcaldía Local, entre otras cosas, se resolvió: “ARTÍCULO SEGUNDO: PRORROGAR la suspensión de las diligencias programadas dentro de los Despachos Comisorios librados por las autoridades judiciales, y que se encuentran en trámite en la Alcaldía Local de Antonio Nariño, desde el día 22 de mayo de 2020 y hasta el día 24 de mayo de 2020, conforme los lineamientos fijados por el Consejo Superior de la Judicatura, el Gobierno Distrital y Nacional.

 

Que el Despacho encuentra un error formal de digitación en la fecha de inicio de la medida administrativa adoptada, en el Decreto Local antes indicado, por cuanto la suspensión de las diligencias que ahí se indican, inicia el día 12 de mayo de 2020, y no desde el día 22 de mayo como allí se indicó.

 

Que el artículo 45. de la ley 1437 de 2011, por la cual se adopta el Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dispone:


“ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”

 

Que en mérito de lo expuesto se;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: CORREGIR el artículo segundo del Decreto Local No. 013 del 11 de mayo de 2020, “por el cual se prorroga la suspensión de la atención al público y los términos procesales en los procedimientos administrativos sancionatorios y/o jurisdiccionales de conocimiento de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, como medidas transitorias por motivos de salubridad pública, y se dictan otras disposiciones” en lo relativo a la fecha de inicio en la suspensión de las diligencias judiciales allí indicadas, el cual quedara del siguiente tenor:

 

ARTÍCULO SEGUNDO: PRORROGAR la suspensión de las diligencias programadas dentro de los Despachos Comisorios librados por las autoridades judiciales, y que se encuentran en trámite en la Alcaldía Local de Antonio Nariño, desde el día 12 de mayo de 2020 y hasta el día 24 de mayo de 2020, conforme los lineamientos fijados por el Consejo Superior de la Judicatura, el Gobierno Distrital y Nacional"

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Indicar que los demás apartes del Decreto Local No. 013 del 11 de mayo de 2020, “por el cual se prorroga la suspensión de la atención al público y los términos procesales en los procedimientos administrativos sancionatorios y/o jurisdiccionales de conocimiento de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, como medidas transitorias por motivos de salubridad pública, y se dictan otras disposiciones”, se mantienen incólumes.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de mayo del año 2020.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

Alcalde Local de Antonio Nariño

 

Nota. Ver norma original en Anexos.