RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 009 de 2022 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
13/09/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2022

 

(Septiembre 13)

 

Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2022.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L." en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que "Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por e/ alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto".

 

Que, el Decreto No. 192 de 2021 del 02 de junio de 2021, "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" en su artículo 10, establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D. C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, de/ concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo.Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios , FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."

 

Que, mediante Decreto Local No. 24 de diciembre de 2021 "Por el cual se liquida el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022', fijó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

 

Que, si los montos proyectados para los proyectos de inversión directa son menores a los programados en la vigencia 2022, el Fondo de Desarrollo Local debe tramitar un traslado presupuestal para cubrir los proyectos de inversión con recurso faltante, observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los FDL, para tal fin.

 

Para efectos de garantizar que la Alcaldía Local de Antonio Nariño cuente con los recursos suficientes para el cumplimiento de los objetivos y las metas asociadas al Plan de Desarrollo Local, se verificaron las apropiaciones de Gastos de Inversión Directa, encontrando que, una vez surtidas las actividades de planeación para la adquisición de bienes y servicios relacionados con las metas establecidas para la vigencia 2022, se identificó:

 

Que para el proyecto 2201 "Acciones de fomento y promoción de actividades artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales" en su meta de Intervenir 1 sedes culturales con dotación y/o adecuación se adelanta el proceso de contratación bajo el nombre FDLAN-MC-001-2022 con un total presupuestal de $28.000.000 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

 

Que para el proyecto 2199 "Acciones de fomento a la juventud" en su meta de dotar una (1) sedes de casas de juventud, con elementos y material pedagógico, elementos para el desarrollo artístico, elementos para el desarrollo de oficios y elementos para el desarrollo deportivo, se adelanta el proceso de contratación de una selección abreviada por subasta inversa con un total presupuestal de $91.362.737 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

 

Que para el proyecto 1864 "Acciones para la primera infancia" en su meta de Implementar 1 Proyectos para el desarrollo integral de la primera infancia y la relación escuela, familia y comunidad, se adelanta el proceso de contratación bajo el nombre FDLAN-MC-001-2022 con un total presupuestal de $241272.844 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

 

Que el rubro 023061605570000002198 "Acciones de fomento institucional" cuenta con una apropiación disponible de $7.883.300 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520002913, 20226520003183, 20226500000153 y 20226520003213.

 

Que el rubro 023061601010000001851 "Acciones de atención para la población vulnerable" cuenta con una apropiación disponible de $4.733.400 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003243.

 

Que el rubro 023061603400000002197 "Acciones para el desarrollo de capacidades y el fomento de los derechos de las mujeres" cuenta con una apropiación disponible de $4.500.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003403.

 

Que el rubro 023061601060000002193 "Acciones para las personas cuidadoras" cuenta con una apropiación disponible de $ 436.200 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003223.

 

Que el rubro 023061605570000002189 "Acciones de inspección, vigilancia y control" cuenta con una apropiación disponible de $201.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003233.

 

Que el rubro 023061601210000002201 "Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales, culturales y/o patrimoniales" cuenta con una apropiación disponible de $1.599.400 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003413 y 20226520003193.

 

Que el rubro 023061605550000002190 "Acciones de fomento y fortalecimiento de procesos participativos" cuenta con una apropiación disponible de $3.081.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003403 y 20226520003423.


Que el rubro 0230690 "Obligaciones por pagar vigencias anteriores" cuenta con una apropiación disponible de $177.893.307 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20220006511533, 202265000002523, 20226520002983, 20226520003493, 20226500000183, 20226500000283 y 20226520001773.

 

Que, en consideración a lo expuesto, la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE $ 269.204.870.

 

Que, teniendo en cuenta la situación presupuestal actual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se hace preciso adelantar un traslado presupuestal con el propósito de cubrir la necesidad de las erogaciones por concepto de Gastos de Inversión que demandan los proyectos de inversión, en particular, en los rubros de 023011605570000002198 "Acciones para el fortalecimiento institucional", 023011605570000002189 "Acciones de inspección, vigilancia y control".

 

Que mediante oficio No. 2-2022- 114958 del 22 de agosto de 2022 y el alcance No. 2-2022124507, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 2022EE40954001 del 13 de septiembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2022, por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE $ 269.204.870.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. — Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

CONCEPTO

CONTRA CRÉDITO

02

GASTOS

$269.204.870

023

INVERSIÓN

$269.204.870

02301

DIRECTA

$68.877.263

0230116

Un Nuevo Contrato Social y

Ambiental para la localidad de

Antonio Nariño

$68.877.263

023011601

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y olítica

$68.877.263

02301160112

Educación inicial: Bases sólidas ara la vida

$46.ooo.ooo

023011601120000001864

Acciones para la primera infancia

$46.ooo.ooo

02301160117

Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI

$6.497.263

023011601170000002199

Acciones de fomento a la juventud

$6.497.263

02301160121

Creación y vida cotidiana:

Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural

$16.380.ooo

023011601210000002201

Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales culturales /o patrimoniales.

$16.380.ooo

02306

Obligaciones por pagar inversión

$200.327.607

0230616

Un Nuevo Contrato Social y

Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI

$22.434.300

023061601

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

$6.769.ooo

02306160101

Subsidios y transferencias para la e cuidad

$4.733.400

023061601010000001851

Acciones de atención para población vulnerable

$4.733.400

02306160106

Sistema Distrital del Cuidado

$436.200

023061601060000002193

Acciones para las personas cuidadoras

$436.200

02306160121

Creación y vida cotidiana:

Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural

$1.599.400

023061601210000002201

Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales, culturales lo patrimoniales.

$1.599.400

023061603

Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación

$4.500.ooo

02306160340

Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de • justicia

$4.500.ooo

023061603400000002197

Acciones para el desarrollo de capacidades y el fomento de los derechos de las mujeres

$4.500.ooo

023061605

Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

$3.081 .ooo

02306160555

Fortalecimiento de Cultura

Ciudadana su institucionalidad

$3.081.ooo

023061605550000002190

Acciones de fomento y fortalecimiento de procesos participativos

$3.081 .ooo

02306160557

Gestión pública local

$8.084.300

023061605570000002189

Acciones de inspección, vigilancia y control

$201.ooo

023061605570000002198

Acciones de fomento institucional

$7.883.300

0230690

Obligaciones por pagar vigencias anteriores

$177.893.307

TOTAL, CONTRA CRÉDITOS

$ 269.204.870

 

Artículo 2. — Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

 

 

CONCEPTO

CRÉDITO

02

GASTOS

$ 269.204.870

023

INVERSIÓN

$ 269.204.870

02301

DIRECTA

$ 269.204.870

0230116

Un Nuevo Contrato Social y

Ambiental para la localidad de

Antonio Nariño

$ 269.204.870

023011605

Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente política

$ 269.204.870

0230116010557

Gestión pública local

$ 269.204.870

023011605570000002189

Acciones de inspección, vigilancia y control

$ 134.602.435

023011605570000002198

Acciones de fortalecimiento institucional

$ 134.602.435

TOTAL, CRÉDITOS

$ 269.204.870

 

Artículo 3. - Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 4.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. - Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se expide en Bogotá D.C. a los 13 días del mes de septiembre del año 2022.

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

MÓNICA  ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

 

Alcaldesa Local de Antonio Nariño

 

Nota. Ver norma original en Anexos.