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Circular 026 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
04/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 026 DE 2023

 

(Agosto 04)

 

Para:  SUBSECRETARIOS (AS), DIRECTORES (AS), SUBDIRECTORES (AS), JEFES (AS) DE LAS OFICINAS ASESORAS JURÍDICAS O QUIEN HAGA SUS VECES DE LAS ENTIDADES, ORGANISMOS, ÓRGANOS DISTRITALES

 

De: SUBSECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

Asunto: Incorporación de criterios de la temática enfoque diferencial y/o interseccional en el Sistema de Información de Procesos Judiciales - SIPROJ.

 

Radicado: 2-2026-15464

 

A la Secretaría Jurídica Distrital en el marco de sus competencias y atribuciones le corresponde la administración del Sistema de Información de Procesos Judiciales - SIPROJ, herramienta que, además de incluir la información relacionada con la litigiosidad en el Distrito Capital, se constituye como un instrumento mediante el cual se pueden sustraer insumos para el análisis y construcción de instrumentos jurídicos que permitan reorientar la toma de decisiones en lo que a políticas de defensa jurídica y de prevención del daño antijurídico corresponde.

 

Conforme a lo anterior, en el marco de los instrumentos que integran la política de defensa jurídica del distrito capital y buscando evitar la discriminación, desde la Secretaría Jurídica somos conscientes de la existencia de poblaciones con características particulares, como las determinadas en la Ley 1448 de 2011 en su artículo 13, las cuales involucran un enfoque diferencial “en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad.” y población con enfoque de interseccionalidad en los términos descritos en la sentencia T-141-15, asociado a la presencia simultánea de dos o más características diferenciales de las personas que por alguna razón ya cuentan con un enfoque diferencial. Es decir, la interseccionalidad.

 

Bajo lo descrito, desde la Secretaría Jurídica Distrital se busca que las entidades del distrito capital, en ejercicio de sus funciones y atribuciones, minimicen el riesgo de revictimizar a poblaciones con enfoque diferencial o interseccional, por lo que se hace importante caracterizar las acciones judiciales que se deban registrar desde la entidad y que puedan llegar a impactar dichos grupos poblacionales.

 

En este orden de ideas, actualmente el sistema no arroja información parametrizada por las categorías de sexo, género, orientación sexual, edad, situación de discapacidad, grupo étnico y demás aspectos diferenciadores; por lo que se hace necesario incluir en el Sistema un ítem denominado “Enfoque diferencial y/o interseccional” del cual a su turno se desprenden más pestañas sobre “sexo, género, población LGBTIQ+, edad, capacidades especiales, grupo étnico, otro”. Aspectos que se deberán utilizar cuando el o la accionante se identifique como tal, o cuando en los hechos o pretensiones se incluya la trasgresión de algún derecho hacia los grupos caracterizados con enfoque diferencial y/o interseccional.

 

La inclusión de dicho ítem se deberá realizar una vez se efectúe la radicación del proceso de la siguiente forma: Primero ir a la casilla “detalle de proceso”; luego ubicar el campo “Temas” y dando click en el mismo podrán encontrar la expresión “Enfoque diferencial y/o interseccional”, allí se podrá caracterizar la información conforme a la pestaña que se desprenda y, finalmente, concluir con guardar.

 

Figura 1- Inclusión temática- Enfoque Diferencial y/o Interseccional



NOTA: La Figura da cuenta la inclusión del ítem incluido en el Sistema de Información de Procesos Judiciales- SIPROJ.

 

En tal sentido, se solicita a cada uno de los jefes y jefas de las entidades, órganos y organismos distritales, o a quien hagas sus veces, realizar la difusión de la presente Circular y aplicar los criterios aquí expuestos, para que los usuarios encargados de la radicación de procesos en el sistema, como las personas que tienen a su cargo el reporte de información en virtud de las actividades de representación judicial, diligencien los nuevos ítems, indistintamente de la etapa procesal en la que se hallen las actuaciones judiciales.

 

Cordialmente,

 

IVÁN DAVID MÁRQUEZ CASTELBLANCO

 

Subsecretario Jurídico Distrital

 

Proyectó: Olga Lucía Lizarazo Salgado- Contratista

Revisó: Juliana Franco Calvo – Contratista - Subsecretaría Jurídica Distrital

Aprobó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo. Directora Distrital de Gestión Judicial - DDGJ


Nota: Ver norma original en Anexos.