RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 923 de 1994 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
29/12/1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 923 DE 1994

DECRETO 923 DE 1994

(diciembre 29)

 

por el cual se reglamenta el sector comprendido por los barrios la Estanzuela, Eduardo Santos, El Progreso, El Vergel, Veraguas y Santa Isabel 1er, 2º, 3er y 4º Sector y se asignan tratamientos y se dictan otras disposiciones.

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de las facultades que le confieren el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 38, y el Acuerdo 6 de 1990, artículo 384,

 

DECRETA:

 

CAPÍTULO I

PARTE GENERAL

 

Artículo 1º.- Ámbito de Aplicación. El presente Decreto reglamenta el sector comprendido dentro de los siguientes límites:

 

Por el norte: La Avenida de los Comuneros (calle 6ª), entre la vía expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito) y la Avenida Caracas (Troncal Caracas).

 

Por el Sur: La Avenida 1ª, entre la Avenida Caracas (Troncal Caracas) y la Carrera 17; y la Calle 8ª Sur entre la Cra 27 y la vía expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito).

 

Por el Oriente: La Avenida Caracas (Troncal Caracas), entre la Avenida 1ª y la Avenida de los Comuneros (calle 6ª).

 

Por el Occidente: La vía expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito) entre la Avenida de los Comuneros (Calle 6ª)y la Calle 8ª Sur.

 

Artículo 2º.- Planos Oficiales. Se adoptan como parte integrante del presente Decreto, los siguientes planos de zonificación y tratamientos:

 

  1. Plano No. 1 de Zonificación y Tratamientos escala 1:5.000
  2. Plano No. 2 de Tratamiento de Conservación Arquitectónica escala 1:2000.

 

CAPÍTULO II

REGLAMENTACIÓN URBANÍSTICA

 

Artículo 3º.- Tratamiento Especial de Conservación Arquitectónica.

 

  1. Asignación.

Se asigna el tratamiento especial de conservación arquitectónica a los inmuebles señalados en el plano No. 02, el cual hace parte integral de este decreto, clasificados como edificaciones de conservación arquitectónica, cuyo listado se relaciona a continuación:

 

 

INMUEBLES DE CONSERVACIÓN

EDUARDO SANTOS

 

 

Mz

Pr

Avenida Caracas No. 2-61/63

Avenida Caracas No. 2-57/53

Calle 2 No. 14 - 06/10

 

Carrera 16 No. 2 - 16

Carrera 16 No. 2 - 18

Calle 2 A No. 15 - 65

 

Transversal 17 No. 1B - 22

Transversal 17 No. 1B - 26

Transversal 17 No. 1C - 44

Transversal 17 No. 1C - 56/52/48

Transversal 17 No. 1C - 62/58

Calle 1D No. 17 - 57/55

Calle 1D No. 17 - 43

Calle 1D No. 17 - 31

Calle 1E No. 16 - 95/91

Carrera 17 No. 1D - 48

Carrera 17 No. 1D - 38

Calle 1D No. 17 - 51

Carrera 17 No. 1D-12/08

Carrera 17 No. 1D - 34

 

Carrera 17 No. 1D - 118 (Sic)

Carrera 17 No. 1D - 20

Calle 1D No. 17 -19/15

Carrera 17 No.1D - 04

Calle 1D No. 17 - 01

Calle 1D No. 17 - 13

Carrera 17 No. 1D-24

Calle 1D No. 17 - 07

Calle 1D No. 17 - 33

Calle 3 A Calle No. 17 - 24

Carrera 17 No. 3 A-13/17

 

Carrera 17 A No. 2 -48

Carrera 17 A No. 2 -34

Calle 3 No. 17 - 09 y Carrera 17 No. 2-63/51

Carrera 17 A No. 2 - 54

 

Carrera 18 No. 3 A - 52

Carrera 18 No. 3 A- 40/36

Carrera 18 No. 3 A - 48

Carrera 18 No. 3 A - 60/56

Carrera 18 No. 3 A - 34/30

Carrera 18 No. 3 A - 26/20

 

Carrera 18 No. 3 -06/14

Carrera 18 No. 3 - 18

 

Carrera 17 A No. 2 - 59

Carrera 17 A No. 2 - 57

Calle 3 No. 17 A - 33 y Cra. 18 No. 2-62

 

Carrera 18 No. 1F - 18

Carrera 18 No. 1F - 24

Calle 2 No. 17 - 69/71/75

Calle 2 No. 17 - 67

Calle 1E No. 17 - 86 y Trasv 17 No. 1E-12

Transversal 17 No. 1E - 22

Transversal 17 No. 1E - 36

Carrera 18 No. 1F - 06/04

 

Calle 1D No. 17 - 12

Calle 1D No. 17 - 08

Carrera 17 No. 1D -35/43

Calle 1E No. 17 - 11/15

Calle 1E No. 17 - 19/23

Calle 1E No. 17 - 31

Calle 1E No. 17 - 37

Calle 1E No. 17 - 39

Calle 1E No. 17 - 49

Calle 1E No. 17 - 53

Calle 1E No. 17 - 63

Calle 1E No. 17 - 65

Carrera 17 No. 1D -17

Carrera 17 No. 1D - 21

Calle 1D No. 17 - 30

Calle 1D No. 17 -16

Calle 1D No. 17 -24

Carrera 17 No. 1D - 09/11

Carrera 17 No. 1D - 29

Calle 1D No. 17 - 04

Carrera 17 No. 1D - 01/03

 

Calle 1C No. 17 - 13/17

Transversal 17 No. 1B-67/69 y Calle 1C No. 17-07

 

Carrera 18 No. 1 - 56/54

 

Carrera 18 No. 3 A - 49/55

Carrera 18 No. 3 A - 07/01

Carrera 18 No. 3 A - 19

Carrera 18 A No. 3 A - 38

Calle 3 A No. 18 - 30

 

 

Carrera 18 A No. 3 A- 30

Carrera 18 A No. 3 A - 04/08

 

Carrera 18 A No. 3-22

Calle 3ª No. 18 - 30

Carrera 18 A No. 3 - 14

Calle 3ª No. 18 - 18

Calle 3 A No. 18 - 39 y Carrera 18 A No. 3-50/42

Carrera 18 A No. 3 - 32/28/26

Carrera 18 A No. 3 - 08/00 y Calle 3 No. 18 - 40

 

Carrera 18 No. 2 A - 39/33

Calle 3ª No. 18 - 17

Calle 3ª No. 18 - 07

Calle 3ª No. 18 - 27

Calle 3ª No. 18 - 19

Carrera 18 No. 2 A - 49 y Calle 3ª No. 18 - 03/05

Calle 3ª No. 18 - 31

 

Calle 1F No. 18 - 03

Calle 1F No. 18 - 11

 

Carrera 18 No. 1C - 51

Carrera 18 No. 1C - 41

 

Calle 1B No. 18 - 20

Calle 1B No. 18 - 36/32

Carrera 18 A No. 18-24

Calle 1B No. 18 - 46/42/50

 

Calle 1B No. 18 -11

Calle 1B No. 18 - 17

Carrera 18 No. 1-65/61/57

Carrera 18 No. 1-69/71

 

Calle 3B No. 18 A-36/32

Calle 3B No. 18 A - 22

Calle 3B No. 18 A - 14

Carrera 18 A No. 3B-05

Carrera 18 A No. 3B - 13

Carrera 18 A No. 3B - 15/23

Ant. Avenida 6 No. 18 A - 03/05/11/13

Ant. Avenida 6 No. 18 A - 27 /31

Ant. Avenida 6 No. 18 A - 33/37

 

Calle 3ª No. 18 A - 14/18

Calle 3ª No. 18 A - 36

Calle 3ª No. 18 A - 32

Calle 3ª No. 18 A - 22/26

Calle 3ª No. 18 A - 86

Calle 3ª No. 18 A - 46

Calle 3ª No. 18 A - 74

Carrera 18 A No. 3 - 27

Calle 3 A No. 18 A- 19/11

Calle 3 A No. 18 A - 39

Carrera 18 B No. 3 A - 37

Carrera 19 No. 3 - 48/52/54

Carrera 19 No. 3 - 14

Calle 3ª No. 18 A - 68

Calle 3 A No. 18 A - 31

Carrera 18 No. 3 A - 33

Carrera 18 No. 3 A - 19

Calle 3ª No. 18 A - 60

Carrera 18 No. 3 A - 23

Calle 3 A No. 18 A - 47

Carrera 18 B No. 3 A - 11/13/09

Calle 3ª 18 A - 54

Carrera 19 No. 3 - 10

Carrera 19 No. 3- 34/38

Carrera 19 No. 3 - 56/58/60

Ant. Avenida 6 No. 18 B - 11

Ant. Avenida 6 No. 18 B - 25

Ant. Avenida 6 No. 18B - 33/35

Ant. Avenida 6 No. 18B - 07/03

Calle 3ª No. 18 A - 92

 

Calle 3ª No. 18 A - 15

Calle 3ª No. 18 A - 17/23

Calle 3ª No. 18 A - 29/25

Carrera 19 No. 2-04/00

Calle 3ª No. 18 A- 33/35/37

Calle 3ª No. 18 A- 79/85

Calle 3ª No. 18 A- 77/71

Calle 3ª No. 18 A- 87 y Cra. 19 No. 2-74/64

Calle 3ª No. 18 A- 53/55

Calle 3ª No. 18 A- 47/43

Calle 3ª No. 18 A- 67

 

Carrera 18 A No. 1B - 57

Carrera 18 A No. 1B - 63

Carrera 18 A No. 1B - 31

Carrera 19 No. 1 A- 00/04/08 y Dig. 1 No. 18 A- 16-14

 

Diagonal 1 No. 18-55/57

Diagonal 1 No. 18-61

Carrera 19 No. 1-34 y Diag. 1 No. 18-93/89

Diagonal 1 No. 18 - 85

Diagonal 1 No. 18 -81

 

Avenida 3 No. 19 -22

Carrera 19 No. 3-41/43/45

Avenida 3 No. 19-28/24

Avenida 3 No. 19-36/32

Antigua Avenida 6 No. 19-81/83/85

 

Calle 1D No. 19-31

Carrera 19 Bis No. 1C-64/68/74 Esq.

Calle 1D No. 19-05/13 y Cra.19No. 1C-61 Esq.

Carrera 19 No. 1C-51

 

Calle 1D No. 19 -84 y Cra. 19 A No. 1D-00/12 Esq.

 

Calle 1D No. 19-47/43 Esq.

05

05

05

 

06

06

06

 

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

 

10

10

10

10

10

10

10

10

10

 

11

11

 

12

12

12

12

 

13

13

13

13

13

13

 

14

14

 

15

15

15

 

16

16

16

16

16

16

16

16

 

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

17

 

19

19

 

20

 

21

21

21

21

21

 

 

21

21

 

22

22

22

22

22

22

22

 

23

23

23

23

23

23

23

 

25

25

 

26

26

 

27

27

27

27

 

28

28

28

28

 

29

29

29

29

29

29

29

29

29

 

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

30

 

32

32

32

32

32

32

32

32

32

32

32

 

35

35

35

35

 

36

36

36

36

36

 

 

37

37

37

37

37

 

40

40

40

40

 

45

 

 

46

12

12

12

 

01

01

01

 

09

09

26

27

28

29

30

34

31

32

33

35

36

37

 

38

39

40

41

42

43

44

45

46

 

11

22

 

03

04

16

19

 

02

04

05

06

08

09

 

15

22

 

01

02

21

 

01

01

02

03

15

16

17

18

 

01

01

02

03

04

05

06

07

08

09

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

 

20

21

 

13

 

02

05

08

10

11

 

 

15

17

 

02

05

08

09

12

16

17

 

02

03

04

08

09

10

18

 

12

13

 

02

03

 

09

11

15

16

 

03

03

08

02

 

03

05

02

07

12

04

08

01

09

 

03

04

05

06

07

08

09

12

13

14

16

17

18

19

20

22

23

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

37

38

41

 

07

08-06

08-06

13

15

19

20

22

23

24

25

 

09

09

10

22

 

04

06

07

10

11

 

 

02

12

14

14

21

 

04

08

13

14

 

17

 

 

02

 

BARRIO EL PROGRESO

 

Carrera 20 No. 5-82/78/90 y Calle 5 A No. 19 A-51 PEsq.

Transversal 19 No. 5 A - 69/65 y Calle 5B No. 22-12/14

03

 

27

02

 

11

 

 

BARRIO ESTANZUELA (De la Avda. 6 al Sur)

 

 

Antigua Avenida 6 No. 17-16/14/10

Calle 5 No. 18 - 10/12

Carrera 18 No. 5-03/11 y Calle 5 No. 18-02 P. Esq.

Carrera 18 No. 5 - 21

Carrera 18 No. 5 -33/31/27

Carrera 18 No. 5 -37

Carrera 18 No. 5 - 43

 

Carrera 18 A No. 4-12/06/00 y Ant. Av. 6 No. 18-34 P.E

Ant. Avda. 6 No. 19-14/18

 

Carrera 18B No. 4-14/10/04 y Ant. Av. 6 No. 18 A-36

Carrera 18B No. 4-50/52/54

Carrera 18B No. 4-16/18

 

Calle 4 No. 18B-13/09/03 y Cra.18B No. 3B-47/43 PE

Ant.Avda. 6 (Calle 3B) No. 18B-04/06/10 y

Carrera 18B No. 3B-01

Carrera 18B No. 3B-23

Carrera 18B No. 3B-37/33/29

Carrera 19 No. 3B-48/50

 

Ant. Avda. 6 No. 19-08/01 y Cra. 19 No. 3B-07/13

 

 

BARRIO VERAGUAS

 

Carrera 24 No. 5 A-95/91/99 P. Esq.

20

28

28

28

28

28

28

 

29

39

 

31

31

31

 

 

37

 

37

37

37

37

 

39

 

 

 

 

40

 

 

07

02

04

10

12

13

15

 

07

22

 

08

15

17

 

 

10

 

03

11

17

16

 

02

 

 

 

 

04

 

 

 

  1. NORMAS ESPECÍFICAS.

 

Los aspectos normativos para la intervención, trámite y demás acciones que se pretendan adelantar sobre estos inmuebles y aquellos que se declaren en el futuro, se regularán por el Decreto 327 de 1992, sus decretos reglamentarios, los que lo modifiquen o complementen y demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

Artículo 4º.- Tratamiento de Conservación Urbanística.

 

  1. ASIGNACIÓN.

 

Se asigna el tratamiento especial de conservación urbanística a los predios situados dentro de los polígonos que se relacionan a continuación:

 

  1. Conservación-múltiple-01, Código C-M-01
  2. Conservación-múltiple-inmueble institucional Código C-M-II
  3. Conservación-residencial especial-contínuidad de norma. Código: C-RE-CN.

 

Los polígonos anteriormente definidos están señalados en el plano No. 1 de zonificación y tratamientos, que forma parte integrante del presente Decreto.

 

  1. NORMAS REGLAMENTARIAS:

 

Las normas que regirán para estos polígonos, son las correspondientes al Decreto 736 de 1993, las que lo complementen o lo modifiquen.

 

Artículo 5º.- Tratamiento General de Actualización

 

  1. ASIGNACIÓN

 

Se asigna el tratamiento general de actualización a los predios, situados dentro de los polígonos que se relacionan a continuación:

 

  1. Actualización-Múltiple - 01, Código A-M-01
  2.  

  3. Eje Local de Actualización-Múltiple-02, Código Eje Local A-M-02
  4.  

  5. Eje Zonal de Actualización - Múltipe - 02, Código Eje Zonal A - M - 02
  6.  

  7. Eje metropolitano de Actualización - Múltiple - 02, Código Eje Metropolitano A - M - 02.
  8.  

  9. Eje Zonal de Actualización - Residencial General - 02, Código Eje Zona A - RG - 02.

 

Eje Metropolitano de actualización - Residencial General - 03, Código Eje Metropolitano A - RG - 03.

 

  1. NORMAS REGLAMENTARIAS:

 

Las normas que regirán para estos polígonos, son las correspondientes al Decreto 735 de 1993, las que lo complementen o lo modifiquen.

 

CAPÍTULO III

DISPOSICIONES FINALES

 

Artículo 6º.- Incorporación de Planos Topográficos. El Departamento Administrativo de Planeación Distrital adelantará la incorporación de los planos topográficos de las áreas de los proyectos de acuerdo a las normas vigentes de Conservación residencial especial - continuidad de norma C-RE-CN Código que regula éste trámite.

 

Artículo 7º.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 1994.

 

El Alcalde Mayor, JAIME CASTRO CASTRO; El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, ANDRÉS ESCOBAR URIBE.