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Acuerdo Local 3 de 2004 Junta Administradora Local de Ciudad Bolivar

Fecha de Expedición:
25/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3174 de septiembre 09 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo Local Número 003

ACUERDO LOCAL 003 DE 2004

(Agosto 25)

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social y de obras publicas para la Localidad 19 de Ciudad Bolívar 2005-2008 "Una Localidad al alcance de la Niñez".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en el Artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 69 numeral 1 y Artículo 22 del Acuerdo 13 de 2000.

ACUERDA:

I PARTE

PARTE GENERAL

TÍTULO I

FUNDAMENTOS DEL PLAN

ARTÍCULO 1º. El Plan de Desarrollo de la localidad de Ciudad Bolívar en concordancia con en el Plan "Bogotá Sin Indiferencia. Un Compromiso Social Contra la Pobreza y la Exclusión", se fundamenta en la creación de condiciones para el ejercicio efectivo y sostenible de los derechos humanos integrales; y la proyección de la Localidad desde la perspectiva urbano/ rural; reconociendo la diversidad generacional, étnica, cultural, de género, de oportunidades y de capacidades. Haciendo del mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadanía, el referente principal de la acción del Gobierno Local. En esta perspectiva, la gestión pública actuará de manera integrada y participativa, comprometiendo la ciudad, la nación y el mundo en la superación de la pobreza de los y las habitantes de la localidad.

TÍTULO II

VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y POLÍTICAS GENERALES DEL PLAN

ARTÍCULO 2º. Visión

Con la ejecución del Plan de Desarrollo Local: "Una Localidad al Alcance de la Niñez" construido colectivamente, Ciudad Bolívar, se proyecta como una localidad líder en progreso, en crecimiento productivo, en desarrollo humano, en derechos humanos, en control social de la violencia, en administración eficiente y eficaz que garantiza la construcción permanente de consensos entre la comunidad y ella. Transformando de esta forma la visión que de Ciudad Bolívar, hoy tiene la ciudad, el país y el mundo.

ARTICULO 3º. Misión

Cumplir los objetivos y coadyuvar en la ejecución de las metas de la Administración Distrital en la Localidad, con democracia, fortaleciendo los roles de la comunidad, de las autoridades locales y distritales, de la nación y de la comunidad internacional.

ARTICULO 4º. Objetivo General del Plan

Convocar las mujeres y los hombres de Ciudad Bolívar a proteger la niñez actual y futura, a combatir la pobreza y promover el desarrollo humano, la generación de riqueza colectiva, ingresos, empleo y la democratización; articulando y estableciendo compromisos con el Estado, el sector privado, la sociedad civil y la comunidad internacional; controlando el uso de la violencia a nivel social y construyendo confianza y solidaridades sociales para integrarnos, como una localidad moderna y ambientalmente sana, con la ciudad y el mundo

ARTÍCULO 5º. Principios

1. Solidaridad e Inclusión

Garantizar que todas y todos, sin importar su condición, participen de la construcción y del disfrute de lo público.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Respeto y reconocimiento a la diversidad de etnia, de credo, de pensamiento y de género.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Construir y garantizar escenarios que permitan la construcción de políticas y toma de decisiones públicas Por las y los ciudadanos. Promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano.

ARTICULO 6. Políticas

1. Intervención social integral

La localidad se orientará a la intervención social articulada e integral para atender en forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades con perspectivas de género, ciclo vital, situación socio-económica y habitabilidad del territorio, y a la integración social y al desarrollo de las capacidades de sus habitantes promoviendo la corresponsabilidad.

2. Intervención para la equidad

La localidad intervendrá para garantizar la redistribución de los beneficios económicos y enfrentar en forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad.

3. Prevalencia de los derechos de las niñas y los niños

Los derechos de las niñas y los niños tendrán prioridad sobre los derechos de los demás.

4. Mujer y géneros

Orientada a la creación de condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos y el respeto al libre desarrollo de la personalidad.

5. Juventud

Se fortalecerán y promoverán las políticas, instancias, estrategias, y programas para la juventud. Se desarrollarán las políticas públicas en materia de prevención integral del uso indebido de sustancias psicoactivas y de formación en salud sexual y reproductiva; igualmente, se adoptarán mecanismos efectivos para el diseño y apoyo a la gestión productiva de iniciativas colectivas de los jóvenes profesionales y no profesionales.

6. Cambio cultural

Se promoverán la reflexión y la acción colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas. Se buscará transformar la representación simbólica que tiene la ciudad de la localidad, generando proyecciones que potencien el capital humano y social de ella.

7. Participación para la decisión

La Administración Local proveerá la información, los escenarios y los mecanismos necesarios y promoverá la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

8. Control social y rendición de cuentas

Participación ciudadana en el control y seguimiento a la gestión pública. Informando con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

9. Seguridad alimentaría

Se apoyarán los procesos que garanticen el acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. Se promoverán las redes de productores y consumidores y las potencialidades de la agricultura urbana y ecológica como alternativa socio ambiental.

10. Integración territorial para la sostenibilidad

Los planes y las acciones se ejecutarán con una perspectiva de localidad urbano/ rural. Se desarrollarán programas y estrategias para la zona rural.

11. Productividad empleo e ingresos

El desarrollo productivo y la democratización de la localidad, permitirá avanzar progresivamente hacia una sociedad más equitativa, con más y mejores oportunidades para todos y todas La política de productividad y generación de empleo, de oportunidades y de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión. Se basa en la utilización del potencial de la inversión pública para generar empleo y promover la producción local y regional; en la promoción de la demanda de bienes y servicios de consumo masivo, y en el fortalecimiento de la economía social, de la micro, la pequeña y la mediana empresa. El aumento de la cobertura y la permanencia de la población joven en el sistema educativo son elementos esenciales de esta política. Se aprovecharán las oportunidades de inserción creativa en la economía internacional y se potenciará la estructura productiva local y se convocara al sector privado, el tercer sector, el Distrito, la Nación, y la comunidad internacional.

12. Cofinanciación

Los recursos del Fondo de Desarrollo Local servirán como base de inversión para convenios, acciones, proyectos y planes a desarrollarse con entidades del nivel distrital, nacional e internacional, el sector privado y el tercer sector

13. Obras Inconclusas

Se dará prioridad a la terminación de Obras Inconclusas que técnicamente sean viables.

14. Vinculación Laboral

En la ejecución de proyectos locales se tendrá prelación en la vinculación de mano de obra calificada y no calificada a la población de la localidad.

TÍTULO III

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO

Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTÍCULO 7º. Ejes Estructurales.

El Plan de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, se estructura sobre tres ejes:

· Eje Social

· Eje Urbano Regional

· Eje de Reconciliación

CAPÍTULO 1

EJE SOCIAL

ARTÍCULO 8º. Objetivo del Eje Social.

Apoyar la creación de condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo y el goce de los derechos, mejorar la calidad de vida, reducir la pobreza y la inequidad, potenciar el desarrollo humano, la generación de empleo e ingresos y la producción de riqueza, la autonomía, la solidaridad y la corresponsabilidad, propiciando la inclusión social mediante la igualdad de oportunidades para todos y todas, especialmente de los más vulnerables.

ARTICULO 9. Políticas Del Eje Social

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos

Prevalencia de los derechos de los niños y las niñas, la perspectiva de equidad entre géneros y el restablecimiento de derechos e inclusión social de jóvenes, población adulta mayor y con discapacidad, respeto a la diversidad étnica, de credos y cultural.

2. La alimentación como un derecho fundamental

Se avanzará progresivamente en la garantía del derecho a la alimentación con prioridad para las personas en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad, de la zona rural y urbana de la localidad.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas

Se propiciarán y apoyarán acciones que garanticen la participación, la educación, la nutrición adecuada, la protección integral especialmente contra la violencia intrafamiliar, el abuso sexual y la explotación laboral y se fomentarán planes para fortalecer la familia.

4. Juventud con oportunidades

Se aprovechará el potencial que representa la juventud en la localidad, apoyando iniciativas, instancias de participación y propuestas construidas por la juventud en el marco del respeto a los derechos humanos. Se fomentará la formación y desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles juveniles, la sexualidad y procreación responsable, la orientación vocacional y profesional, el reconocimiento de sí mismos y de otros.

5. Equidad en el acceso de servicios sociales

Se avanzará hacia la garantía del acceso equitativo a los servicios sociales y públicos culturales, deportivos y recreativos. Se fortalecerá la participación autónoma de las personas y comunidades en el uso de los servicios y la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social con criterios de corresponsabilidad.

6. Vinculación productiva

Se promoverá la generación de oportunidades mediante la promoción de formas asociativas, la definición de perfiles prioritarios productivos y la vinculación del sector privado al plan de generación empleo e ingresos de la localidad.

ARTÍCULO 10º. Estrategias del Eje Social

1. Intervención integral

2. Simultaneidad, complementariedad y coordinación interinstitucional.

3. Programas planes y acciones de emergencia

4. Organización y promoción de redes sociales.

5. Diseño, ejecución, seguimiento y control del plan, con participación ciudadana y coordinación interinstitucional.

6. Reconocimiento, integración y fortalecimiento de las formas organizativas de la Comunidad.

7. Fomento al trabajo y el desarrollo de proyectos y planes de negocios asociativos

8. Articulación de los esfuerzos del estado, la comunidad, el sector privado, el tercer sector y la comunidad internacional.

9. Cambios en las formas de representación simbólica de la localidad, ante la cuidad, el país y el mundo transformando los estereotipos por simbologías de cambio, desarrollo y superación con participación de todos y todas.

ARTÍCULO 11º. Programas del Eje Social

1. Bogotá sin Hambre

El programa "Bogotá Sin Hambre" promoverá acciones en seguridad alimentaría y nutricional. Para aumentar el acceso de la población más pobre y vulnerable a los alimentos con equidad, Particular atención tendrán los niños, las niñas, los adultos y adultas mayores, y la población con discapacidad. El componente de capacitación incluirá acciones encaminadas a la formación ciudadana en educación nutricional y alimentaría. Se apoyará el ofrecimiento de alimentos y nutrientes a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada y no escolarizada) y de los comedores comunitarios. se apoyará el abastecimiento de alimentos atendiendo calidad, cantidad, información, formación y precios. Fomentará las redes de nutrición y alimentarías y de abastecimientos locales.

2. Más y mejor educación para todos y todas

Brindará educación bajo los criterios de acceso, permanencia, calidad y disponibilidad. Se desarrollarán proyectos y acciones para la recuperación y el fortalecimiento del lugar del saber pedagógico en las instituciones educativas a través de innovaciones pedagógicas, diseño y materialización de currículos pertinentes, gestión transparente y democrática de las entidades e inclusión de los actores de la comunidad educativa.

3. Salud para la vida digna

Promoverá la garantía del derecho a la salud para todos y todas con enfoque familiar y comunitario, fortaleciendo la intervención en la zona rural, se apoyarán y realizarán acciones intersectoriales que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades y hábitat saludables. Se fortalecerá la red pública, la calidad de los servicios y la participación de la comunidad.

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social

Brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados mediante acciones de protección y atención, entre ellos niños y niñas, adulto mayor y mujeres cabezas de familia. Se desarrollarán programas de prevención y atención a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual. Contemplará acciones de corresponsabilidad entre la sociedad, el Estado y la familia.

5. Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

Apoyo a las estrategias de intervención familiar y comunitaria tendientes a prevenir el maltrato, la mendicidad, la explotación laboral infantil y el abuso sexual

6. Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres

Fomentará la participación social, política, económica y cultural de las mujeres en las instancias de decisión Local.

7. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Brindará oportunidades efectivas de formación integral y de generación de empleo e ingresos mediante la inversión pública y compromisos con el sector privado, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de grupos rurales, de jóvenes y de población en mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas tanto del sector urbano como rural. Promoverá la formación básica y la calificación técnica con posibilidades de acreditación de prácticas productivas, así como el desarrollo asociativo-empresarial. Fortalecerá la gestión para la vinculación laboral de las personas y garantizará las acciones positivas contra la discriminación que viven los habitantes de la localidad en materia de empleo.

8. Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

Hará de la ciudad y sus espacios lugares de formación y construcción de nuevos conocimientos que amplíen los aprendizajes de niños, niñas, jóvenes y personas adultas, para permitir la inclusión, la comprensión, el goce y la apropiación de los diversos espacios urbanos y rurales con los que cuenta Bogotá.

9. Cultura para la inclusión social

Comprenderá acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la población, apoyando las organizaciones culturales y artísticas de la localidad, promoviendo el acceso masivo a través de eventos y formación artística.

10. Recreación y deporte para todos y todas

Promoverá la democratización de la recreación y el deporte a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio publico, el deporte asociado y el buen uso del tiempo libre, el apoyo a deportistas de la localidad de alto rendimiento y la formación en deporte y recreación.

ARTÍCULO 12º. Eje Social Metas

CAPÍTULO 2

EJE URBANO REGIONAL

ARTÍCULO 13º. Objetivo del Eje Urbano Regional.

Apoyar la construcción social de una localidad ambientalmente sana y humanamente sostenible, con un entorno que promueva el ejercicio de los derechos colectivos, la equidad y la inclusión social. Una localidad mejorando sus niveles de infraestructura, articulando a los programas su área rural, mejorando los niveles de productividad y participativa en las posibilidades de desarrollo.

ARTÍCULO 14º. Políticas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat

El hábitat, asociado a los espacios biofísicos donde transcurre y se soporta la vida en todas sus formas, será un criterio rector de la acción pública y de la apropiación social del territorio, a fin de elevar la calidad de vida mediante el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesibilidad física y económica a los servicios, y de reconocimiento a los valores sociales y manifestaciones culturales. Se implementarán evaluaciones cualitativas del área rural y de las UPZ en términos de su aceptación, pertenencia y expectativas.

2. Ciudad . Región

La localidad se articulará a la región, desde sus potencialidades ambientales y ecosistémicas, potenciando su vinculación a la estructura ecológica de la sabana, en el marco de la integración nacional, latinoamericana y la proyección internacional, con principios de solidaridad, cooperación, diversidad y participación para propiciar el desarrollo humano sostenible.

3. Coo-petitividad y Competitividad

Se promoverán procesos colectivos que estimulen la generación de capital humano y económico, la creación y fortalecimiento de empresas de valor agregado e instituciones generadoras de confianza, mediante el desarrollo de los mercados, locales, regionales, nacionales e internacionales, así como la democratización del acceso a las principales fuentes de ventajas como el conocimiento, la educación bilingüe, las tecnologías de información, la inversión, la flexibilización de trámites y la protección de la propiedad intelectual. En el contexto anterior se propenderá por la generación de empleo e ingresos y el logro progresivo de una sociedad más justa y equitativa.

4. Sostenibilidad ambiental

Generar las condiciones necesarias que garanticen la restauración y preservación de la estructura ecológica principal; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales; mejorar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar la productividad y producción limpia; proteger las áreas de sustento, y promover en las empresas y la ciudadanía la defensa de los derechos colectivos y del ambiente. Se fortalecerán los procesos organizativos liderados por el Consejo Ambiental Local en torno a la gestión ambiental la cual tendrá como propósitos preservar y restaurar los ecosistemas estratégicos locales, conservar la biodiversidad, recuperar y mantener la calidad del agua, del aire y del suelo, y controlar los riesgos asociados a fenómenos naturales, tecnológicos y biológicos. Todo ello de cara a propiciar una mejor calidad de vida para la población

ARTÍCULO 15º. Estrategias del Eje Urbano Regional

1. Procurar desde el ámbito social, económico y productivo que el suelo cumpla con su función social y ecológica, y garantizar el equilibrio en el reparto de cargas y beneficios urbanísticos entre el sector público y el privado.

2. Mejoramiento de la accesibilidad de las personas a su residencia, los sitios de trabajo y estudio en la zona urbana y rural.

3. Generación de procesos de contratación con agentes locales. Articulación con el sector privado y el tercer sector.

4. Fortalecer la economía social y de las pequeñas y medianas unidades de producción y prestación de servicios con instrumentos como asistencia técnica, crédito, promoción y gestiones en favor de la asociatividad.

5. Vinculación de las empresas ubicadas en la localidad a los planes de generación de ingresos y empleo.

ARTÍCULO 16º. Programas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ

Favorecerá el desarrollo humano, permitiendo a la comunidad la construcción social y el uso y disfrute sostenible de su territorio. Promoverá acciones de prevención y control de riesgos y de desarrollo ilegal, de mejoramiento integral de barrios y veredas y la protección del patrimonio ambiental. Se mejorarán las condiciones de servicios públicos, sociales y recreativos, de accesibilidad, y de espacio público.

2. Sostenibilidad urbano-rural

Buscará consolidar el patrimonio natural y garantizar la calidad ambiental que permita alcanzar un mayor bienestar de las actuales y futuras generaciones. Reconocerá la relevancia del ámbito rural y desarrollará su complementariedad con el urbano en términos de sostenibilidad ambiental, social y productiva.

3. Bogotá productiva

Se promoverá la formación y la innovación. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos y solidarios, se desarrollarán proyectos que mejoren las condiciones de los microempresarios y se facilitará el acceso al crédito, Se fortalecerán los escenarios de acción conjunta público-privada.

ARTÍCULO 17º. Metas del Eje Urbano Regional

CAPÍTULO 3

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTÍCULO 18°. Objetivo del Eje de Reconciliación.

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social como instrumentos para las acciones civiles contra la violencia, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los colombianos y las colombianas.

Promover una cultura de reconciliación que le sirva a la localidad de fundamento esencial para la construcción de la paz y la convivencia ciudadana sostenible a través del Sistema Distrital de Reconciliación.

ARTÍCULO 19°. Políticas del Eje de Reconciliación

1. Derechos humanos y cultura de convivencia

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no-violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad de género, generacional, étnica y cultural, en un marco de equidad.

2. Seguridad

Se desarrollarán y apoyarán acciones tendientes a la prevención y el control de la violencia y la delincuencia y a la conservación del orden público en la localidad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales y la ocupación social del territorio. Se apoyarán las acciones de desarme en la localidad, a fin de lograr el ambiente de convivencia social requerido para que los ciudadanos puedan realizar el ejercicio público y privado de todas las libertades previstas en el orden constitucional y para garantizar el normal desarrollo y disfrute de los derechos fundamentales de las personas.

3. Participación

Se promoverá la participación efectiva que propicie el ejercicio de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se apoyarán acciones que fortalezcan la capacidad de la localidad para reducir los riesgos y brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias generadas por eventos de origen natural y antrópico.

5. Descentralización

Se promoverán la integración y coordinación de las instancias de participación y control ciudadano respecto de los asuntos propios de la localidad. Desarrollar y fortalecer la organización social como base fundamental de la gobernabilidad.

6. Inclusión económica

Se realizarán acciones que apoyen la integración de actividades como las ventas ambulantes, el reciclaje y el transporte no motorizado a los procesos, servicios, canales y mercados de la economía de la ciudad.

7. Justicia para la paz

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad, que promueva la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos y se fortalecerán las instituciones para una pronta y cumplida justicia.

ARTÍCULO 20°. Estrategias del Eje de Reconciliación

1. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias y pacíficas que promuevan la convivencia, en el marco de una política de reconocimiento, respeto y defensa de los derechos humanos.

2. Garantía del derecho ciudadano a acceder al servicio público de justicia mediante la articulación de un Sistema de Justicia de la ciudad que integre las instancias institucionales y de la ciudadanía, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, para una pronta y eficiente justicia.

3. Fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado y las organizaciones de la sociedad civil para atender los asuntos del desarrollo de las acciones de resistencia civil en los actos que atenten contra el orden público, la seguridad ciudadana, y las manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan a la ciudad.

4. Apoyo al Sistema Distrital de Participación para fortalecer el ccapital social y las relaciones entre la Administración local l y la ciudadanía

5. Fortalecimiento de los espacios locales y distritales de deliberación que reconozcan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional y promuevan el acceso ciudadano a una información pertinente. .

6. Promoción de acciones integrales de coordinación y gestión en relación con los proyectos de inversión local, las cuales habrán de generar procesos pedagógicos de participación y convivencia, tanto en las instituciones como en las organizaciones sociales.

7. Desarrollo y promoción de los mecanismos y la cultura de prevención de riesgos, fortaleciendo la atención de emergencias.

ARTÍCULO 21º. Programas del Eje de Reconciliación

1. Gestión pacífica de conflictos

Generará y consolidará en la comunidad una cultura que promueva la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos.

2. Derechos Humanos para todos y todas

Implementará acciones integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos en la perspectiva de la exigibilidad de los mismos, dando especial tratamiento a la defensa de los derechos de los grupos étnicos y las poblaciones que se encuentran en condición de vulnerabilidad frente a las violencias. Especial importancia se le dará a la formación en los temas de Derechos Humanos, deberes y garantías. Se propenderá, dentro de la órbita de competencia de las autoridades distritales, por dar aplicación a los convenios y tratados de derechos humanos de los cuales es parte el Estado colombiano, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales encargados de promover y verificar su cumplimiento.

3. Sistema de Justicia de la ciudad

Fortalecerá, a las entidades e instancias distritales y locales que prestan servicios de justicia en la localidad y a los operadores de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Se realizarán acciones para hacer efectivo el cumplimiento del Código de Policía.

4. Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantará acciones de prevención, frente a todas las formas de violencia.

5. Red Distrital de Reconciliación, Resistencia civil y no - violencia

Promoverá la constitución y el desarrollo de una red ciudadana para prevenir y reaccionar contra la violencia y postular una opción ciudadana por la acción política no violenta, dentro del marco de la Constitución y la ley.

6. Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos

Desarrollará el apoyo en atención y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la localidad en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

7. Participación para la decisión

Realizará acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afecten en el ámbito del desarrollo local,, apoyando los organismos de control en sus programas de participación.

8. Obras con participación ciudadana

Fortalecerá la organización social a través del desarrollo de obras de interés comunitario y de inversión local ejecutadas por la vía de la participación, la cofinanciación, la complementariedad y el diseño de soluciones compartidas que involucren a las organizaciones comunitarias y a las entidades distritales.

9. Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

Este programa se encaminará a la generación de empleo y a la organización de los vendedores ambulantes de la localidad.

ARTÍCULO 22º. Metas del Eje de Reconciliación

TÍTULO IV

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

CAPÍTULO 1º

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

ARTÍCULO 23º. Objetivo De La Gestión Pública Humana, Sostenible y Eficaz

Fortalecer la gestión institucional, haciéndola humana, sostenible y eficaz, para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales como condición fundamental para hacer de Ciudad Bolívar una localidad Sin Indiferencia.

Adecuar la organización social y preparar la institucionalidad para construir el propósito de avanzar hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos fundamentales, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación y la seguridad ciudadana.

ARTÍCULO 24°. Políticas Para Una Gestión Pública Humana

1. Coordinación institucional integral para fortalecer la organización social.

2. Adoptar mecanismos para el fortalecimiento de la capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera e informática de la localidad.

3. Mejoramiento del servicio de atención a los ciudadanos y ciudadanas.

4. Fomentar y promover la comunicación de la administración local y la ciudadanía.

5. Desarrollo del Sistema Local de Información Integral.

6. Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública proba, efectiva y transparente.

ARTICULO 25°. Estrategias Para Una Gestión Publica Humana

1. Desarrollo institucional acorde con los derechos humanos.

2. Compromiso con procesos de organización, participación y control social.

3. Mejorar el servicio de atención al ciudadano.

4. Apoyo al desarrollo del sistema de información.

5. Promoción de la comunicación.

6. Aplicación de herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento, la evaluación y el mejoramiento constante para garantizar gestión transparente.

ARTÍCULO 26°. Programas de Gestión Pública Humana

1. Administración Moderna y Humana

Garantizará el fortalecimiento de la capacidad operativa así como la adecuación y modernización de la institucionalidad para atender la descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación.

2. Localidades modernas y eficaces

Implementará las acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de las localidades para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la localidad.

3. Sistema Local de Servicio a la Ciudadanía

Mejorará la infraestructura para la atención al ciudadano y se establecerán mecanismos de seguimiento para garantizar estándares de oportunidad y calidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía,

4. Bogotá transparente y efectiva

Fortalecer proyectos y acciones de control interno, seguimiento y evaluación de la gestión por los ciudadanos y la administración para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

5. Comunicación para la solidaridad

Fomentará canales de interacción y comunicación para difundir las acciones y la gestión local a través de los medios de comunicación

ARTÍCULO 27°. Metas de Gestión Pública Humana.

CAPÍTULO 2

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTÍCULO 28°. Coordinación Interinstitucional y Local

La Administración Local, estructurará y pondrá en marcha una estrategia de coordinación interinstitucional, que incremente los niveles, espacios y canales de comunicación con los niveles distrital (central y descentralizado) y nacional. Lo anterior con el propósito de adelantar acciones concertadas y estratégicas que permitan obtener mayores beneficios sociales y económicos para la localidad.

COFINANCIACIÓN Y PARTICIPACIÓN LOCAL

ARTICULO 29º. Cofinanciación y Participación Local

La inversión en la localidad se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el Gobierno Distrital y el Gobierno Local, en los cuales se potencializarán los recursos del Fondo de Desarrollo Local en contrapartida en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y Distrital.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TÍTULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTÍCULO 30º. Proyección de Recursos Financieros

La Secretaría de Hacienda proporcionó a la localidad el cálculo de la proyección de los recursos correspondientes a transferencias que son la principal fuente de recursos de este plan y que para el período de 2005 . 2008 asciende a $96.890.845.364.

ARTÍCULO 31°. Inversión por componentes del Plan

La inversión del Plan de Desarrollo se estructura así:

ARTICULO 32º Plan Plurianual de inversiones del plan de desarrollo local . Presupuestos Plurianuales

El plan plurianual de inversiones del presente plan de desarrollo local, estará conformado por:

1. Presupuesto plurianual de los programas

2. presupuesto plurianual de los PGI

3. presupuesto plurianual de los PEL y PEZ

El 100% del plan plurianual del presente plan de desarrollo local, será el resultado de la suma de los tres presupuestos plurianuales.

Anexo cuadro 1.

ARTICULO 33º. Presupuesto Plurianual Por Programas.

Corresponde al costo de los programas por eje, excluyendo los programas PGI, PEL y PEZ.

Anexo cuadro 2

ARTICULO 34º. Presupuesto Plurianual Por Proyecto De Gran Impacto

Anexo cuadro 3

ARTICULO 35º Presupuesto Plurianual Por Propuesta Estratégica Local y Zonal

Anexo cuadro 4

ARTICULO 36º Financiación del plan

La financiación del presente Plan de Desarrollo Local, se encuentra soportado con las proyecciones preliminares de las estrategias de la administración central y, que de acuerdo a comunicación enviada por la secretaría de hacienda, esta principal fuente de recursos asciende a un total de $96.890.845.364, para el período 2005 . 2008, y adicionalmente de los recursos propios de cofinanciación o de cooperación económica con entidades distritales, nacionales o internacionales que se generen por gestión administrativa local. Anexo cuadro 5

ARTICULO 37º. Ejecución

Los recursos disponibles para la ejecución del plan de inversiones dependerá de las estrategias de financiamiento, en el evento que los recursos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la localidad ajustará el plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales

ARTICULO 38º Evaluación

El Alcalde Local, efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local

ARTICULO 39º. Divulgación

La administración local realizara campañas pedagógicas de difusión masiva del presente Acuerdo Local.

ARTICULO 40º. Vigencia

El presente Acuerdo Local, rige a partir del 1 de enero de 2005; previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá D.C, el veinticinco (25) de agosto de dos mil cuatro (2004).

ARMANDO SÁNCHEZ SAAVEDRA

Presidente

CARMEN ROSA TÉLLEZ J.

Secretaria

El Presente Acuerdo Local es sancionado por el Alcalde Local en Bogotá a los tres (03) días del mes de Septiembre de dos mil cuatro (2004)

ALFREDO BENAVIDES CASTILLEJO

Alcalde Local

ANEXOS

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3174 de septiembre 9 de 2004.