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Acuerdo 909 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/10/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/09/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7820 del 29 de septiembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 909 DE 2023

 

(Septiembre 25)

 

Por medio del cual se promueve la creación de semilleros contra el machismo en los colegios del Distrito Capital

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 12 numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993.


Ver Proyecto de Acuerdo 376 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1. Objeto. Complementar las acciones que realizan los colegios del Distrito orientadas a concientizar a los niños, niñas y jóvenes sobre la importancia de desaprender las conductas machistas, como un paso más en la lucha contra la violencia basada en género y los abusos a las mujeres y las personas feminizadas.

 

ARTÍCULO 2. Estructuración. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría de Educación Distrital, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes, Secretaría de Integración Social y la Secretaría Distrital de la Mujer, incentivarán la creación y promoción de semilleros escolares que ayuden a visibilizar y desnaturalizar los estereotipos y roles de género socialmente asignados, promuevan el desaprendizaje del machismo y la construcción de masculinidades no violentas, así como la visibilización de la relación entre machismo, discriminación y violencia en los entornos escolar, familiar, laboral y social.

 

Parágrafo. La Secretaría de Educación Distrital invitará también a los colegios privados de la ciudad a que adopten estrategias encaminadas a concientizar a las niñas, niños y jóvenes sobre la importancia de luchar contra los estereotipos y roles de género en las distintas esferas sociales.

 

ARTÍCULO 3. Acompañamiento pedagógico. El gobierno distrital, a través de las entidades competentes, desarrollará procesos de acompañamiento pedagógico a docentes y estudiantes de los colegios distritales, con el fin de que puedan estructurar las actividades y contenidos que se abordarán en los semilleros de desaprendizaje del machismo. Esta oferta pedagógica deberá estar alineada con las políticas distritales sobre igualdad de género, y de lucha contra la discriminación y la violencia contra las mujeres y personas feminizadas.

 

ARTÍCULO 4. Implementación. La Secretaría de Educación del Distrito será la encargada de implementar y coordinar la estrategia de creación y promoción de los semilleros escolares para desaprender conductas machistas, y del acompañamiento pedagógico a las instituciones educativas y a los alumnos vinculados a esta iniciativa.

 

ARTÍCULO 5. Seguimiento. La Secretaría de Educación presentará ante la Mesa Distrital de Cabildantes Estudiantiles un informe anual del seguimiento e implementación de los semilleros escolares en la ciudad. Dicho informe se presentará en la sesión de control social en el Concejo de Bogotá, que se realiza cada año, cuando se celebra el Día del Cabildante Estudiantil.

 

ARTÍCULO 6. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de septiembre del año 2023.


PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.