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Resolución 640 de 2022 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
30/03/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/09/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7809 del 14 de septiembre de 2023
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 640 DE 2022

 

(Marzo 30)

 

Por la cual se adopta el procedimiento para la expedición del concepto de localización y desarrollo de equipamientos del servicio del cuidado de salud con enfoque social y resolutivo, Tipo 3 de que trata el parágrafo 1 del artículo 173 del Decreto Distrital 555 de 2021

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ

 

En uso de sus facultades legales y en especial, las conferidas en el Artículo 3 del Decreto 507 de 2013; Artículo 33 del Acuerdo 641 de 2016, el Decreto Distrital 55 de 2021 y demás normas que regulen la materia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., expidió el Decreto Distrital 555, con fecha 29 de diciembre de 2021, "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”.

 

Que el referido decreto 555 de diciembre de 29 de 2021, en el parágrafo 1 del artículo 173, relativo a “Condiciones de localización y desarrollo de equipamientos.”, establece:

 

“Parágrafo 1. Previo a da solicitud de licenciamiento urbanístico o del acto de reconocimiento de equipamientos Tipo 3, el interesado deberá solicitar concepto respecto de la viabilidad de localización y desarrollo del equipamiento ante la entidad cabeza del sector administrativo al que pertenezca el servicio, las entidades contarán con treinta (30) días para emitir dicho concepto de acuerdo con los procedimientos que sean reglamentados. (...)”

 

Que, de acuerdo con la norma citada, corresponde a la Secretaría Distrital de Salud, como cabeza de sector en el Distrito Capital, expedir el concepto de localización y desarrollo referido anteriormente, para la ejecución de equipamientos en salud definidos como Tipo 3 en el numeral 3 del artículo 172 del ya mencionado decreto distrital 555 de 2021, además de elaborar el procedimiento para la emisión del concepto de localización.

 

Que, en tal sentido, se hace necesario en cumplimiento de las disposiciones enunciadas, adoptar el procedimiento y requisitos que los interesados en ejecutar equipamentos en salud Tipo 3, deberán cumplir y acatar para obtener el concepto de localización y desarrollo referido en el parágrafo 1 del artículo 173 del decreto distrital 555 de 2021.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el procedimiento y requisitos que se estipulan en el anexo que se incorpora y hace parte de la presente resolución, el cual, deberá ser observado y acatado por todos los interesados tanto públicos como privados, en el trámite que ha de surtir para la obtención del CONCEPTO DE LOCALIZACIÓN Y DESARROLLO para la ejecución de equipamientos en salud calificados como Tipo 3, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 173 del decreto distrital 555 de 2021.

 

PARÁGRAFO. El anexo de que trata el presente artículo podrá ser sujeto de ajustes, adiciones y/o modificaciones por parte de la entidad en el momento en que lo estime pertinente, los cuales, se enumeraran consecutivamente y cobraran plena validez y aplicabilidad con la simple publicación en la página web de la SDS, sin que, para estos efectos se requiera de la expedición de un nuevo acto administrativo que los adopte.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Las disposiciones contenidas en la presente resolución y su anexo, rigen a partir de la fecha de su publicación y derogan todas las que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de marzo del año 2022.

 

ALEJANDRO GÓMEZ LÓPEZ

 

Secretario Distrital de Salud de Bogotá D.C.

 

Nota: Ver anexo y norma original en Anexos.