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Acuerdo 13 de 2017 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
10/11/2071
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 013 DE 2017

 

(Noviembre 10)

 

Por el cual se modifica la Estructura Organizacional y la Planta de Empleos Públicos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo establecido en articulo 19 del Acuerdo de Junta Directiva 001 de 2016 "Por medio del cual se adoptan los Estatutos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.", es función de la Junta Directiva establecer y modificar la estructura organizacional y la planta de personal de la Empresa. Que la actual Estructura Organizacional, la Planta de Empleos Públicos y las funciones de las dependencias de Ja Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., fue adoptada por el Acuerdo 004 del 21 de octubre de 2016, expedido por la Junta Directiva de esta Empresa. Que para establecer las Modificaciones a realizar en la Estructura Organizacional y Planta de Empleos Públicos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., se elaboró un Estudio Técnico, el cual fue presentado al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, quien mediante oficio 2017EE2091 del 9 de noviembre de 2017, emitió concepto técnico favorable a las modificaciones establecidas. Que conforme a lo establecido en el Estudio Técnico de Modificación de la Estructura Organizacional y planta de cargos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., para implementar las modificaciones establecidas en el presente Acuerdo, no se requieren recursos y por lo tanto no se genera afectación presupuestal.

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

ARTICULO PRIMERO. Modificar en el artículo primero del Acuerdo 004 de 2016, la Estructura de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., la cual quedará así:

 

ESTRUCTURA DE LA EMPRESA DE RENOVACION Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C


1. Despacho Gerencia General


1.1 .0ficina Asesora de Comunicaciones.


1.2. Oficina de Control Interno


1.3. Oficina de Gestión Social


2. Subgerencia de Gestión Urbana


3. Subgerencia de Gestión Inmobiliaria


3.1. Dirección Comercial


4. Subgerencia de Desarrollo de Proyectos


5. Subgerencia jurídica


5.1. Dirección de Predios


5.2. Dirección de Gestión Contractual


6. Subgerencia de Gestión Corporativa


7. Subgerencia de Planeación y Administración de Proyectos

 

ARTÍCULO SEGUNDO : En el articulo primero del Acuerdo de Junta Directiva 004 de 2016, suprimir el numeral 1.1 y adicionar el numeral 7, el cual quedará así:

 

7. Subgerencia de Planeación y Administración de Proyectos. La Subgerencia de Planeación y Administración de Proyectos, tendrá las siguientes funciones:

 

1. Articular los procesos para la definición de politices, estrategias y acciones tendientes al mejoramiento continuo e integral de la organización, de conformidad con las politices sectoriales.


2. Dirigir la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de la Empresa, en correspondencia con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Distrito Capital, el Plan de Ordenamiento Territorial y las Políticas del Sector.


3. Dirigir y coordinar con las demás dependencias, la formulación estratégica de los planes, programas y proyectos de la Empresa.


4. Establecer los lineamientos para la estructuración de los proyectos de renovación y desarrollo urbano que la Empresa desarrolle en cumplimiento de su objeto social, de acuerdo con la planificación estratégica.


5. Diseñar e implementar estrategias e instrumentos, que permitan realizar el seguimiento integral de los proyectos que ejecuta la Empresa.


6. Realizar el seguimiento y monitoreo al cumplimiento de objetivos y metas de los programas, proyectos de inversión y proyectos de renovación y desarrollo urbano que ejecute la Empresa, generando procesos de retroalimentación para la toma de decisiones.


7. Centralizar la información del estado de avance y ejecución de los proyectos misionales de la empresa con el fin de suministrar a la Gerencia General las estadísticas e indicadores necesarios para la toma oportuna de decisiones.


8. Liderar la definición de los sistemas de información o herramientas ofimáticas que se requieran para el seguimiento y control de los planes, programas y proyectos de la Empresa.


9. Implementar y desarrollar en conjunto con las demás dependencias de la Empresa, el Sistema Integrado de Gestión en todos sus componentes y el Plan de Acción Institucional, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.


10. Definir en coordinación con las dependencias de la Empresa, los indicadores de gestión y de medición de resultados, en concordancia con la implementación del Sistema Integrado de Gestión con el fin de generar acciones para la toma de decisiones y mejoramiento continuo de los procesos.


11. Coordinar la elaboración y realizar seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano de la Empresa.


12. Definir las herramientas y realizar el seguimiento, monitoreo y/o evaluación a Planes de Acción, Planes Operativos, Plan de Gestión, y del Plan de Contratación de Inversión elaborados por las respectivas subgerencias conforme a la normatividad vigente.


13. Dirigir la elaboración y presentación de los informes de gestión institucional, en el marco del balance de gestión de la Administración Distrital y de los procesos de rendición de cuentas.


14. Dirigir y coordinar los procesos de armonización de los Planes de Desarrollo Distrital, la formulación, inscripción, registro y seguimiento de los proyectos de inversión en el Banco Distrital de Programas y Proyectos, de acuerdo con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Distrito Capital, el Plan de Ordenamiento Territorial, las Políticas del Sector y el Plan Estratégico de la entidad.


15. Dirigir y coordinar la elaboración del presupuesto de Inversión de la Empresa, para ser incorporado en el Plan Financiero, anteproyecto y proyecto de Presupuesto Anual de la entidad y realizar el respectivo seguimiento.


16. Avalar las solicitudes de disponibilidad presupuestal de recursos de inversión y dar viabilidad programática para su ejecución.


17. Asistir a la Gerencia General en la programación de la contratación de la empresa, por rubro de inversión, realizar el seguimiento e informar el estado de ejecución.


18. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 

ARTICULO TERCERO: Suprimir en la Planta de Empleos Públicos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., los siguientes cargos:

 

 

ARTICULO CUARTO: Crear los siguientes cargos en la Planta de Empleos Públicos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.:

 

 

 

ARTICULO QUINTO: Conforme a las modificaciones establecidas en los artículos tercero y cuarto del presente Acuerdo, la Planta de Empleos Públicos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., quedará así:

 

 

 

  

PARÁGRAFO: El empleo público de Asesor Grado 01 de carácter transitorio es un cargo de periodo fijo, que se suprimirá automáticamente de la Planta de Empleos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., cuando finalice el periodo de la titular del cargo.

 

ARTICULO SEXTO: Las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo 004 del 21 de octubre de 2016 no modificadas por el presente acuerdo continúan vigentes.

 

ARTICULO SÉPTIMO: El presente Acuerdo rige o rige a partir de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C. a los 10 días del mes de noviembre del año 2017.

 

GUILLEROMO HERRERA CASTAÑO

 

Presidente

 

LINA MARGARITA VILLANEDA

 

Secretaria Técnica


Nota: Ver norma original en Anexos.