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Resolución 118 de 2024 Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes

Fecha de Expedición:
13/03/0202
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2024
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52698 del 14 de marzo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 118 DE 2024

 

(Marzo 13)

 

Por la cual se adopta el Plan Nacional de Cultura, “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz”, y se modifica la Resolución número 0224 del 19 de julio de 2022

 

El ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política; la Ley 397 de 1997 modificada por la Ley 1185 de 2018; y el Decreto número 1080 de 2015 Decreto Único Sector Cultura

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo de la Constitución Política señala que son fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

 

Que el numeral 1 del artículo 1° de la Ley número 397 de 1997, Ley General de Cultura, reconoce que “la Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias”.

 

Que el artículo 2.2.1.1. del Decreto número 1080 de 2015 define el Sistema Nacional de Cultura como “el conjunto de instancias, espacios de participación y procesos de desarrollo institucional, planificación, financiación, formación, e información articulados entre sí, que posibilitan el desarrollo cultural y el acceso de la comunidad a los bienes y servicios culturales” y a la luz del artículo 2.2.1.2. del mismo decreto, el objeto de este sistema es “contribuir a garantizar el acceso a las manifestaciones, bienes y servicios culturales y a promover la creatividad de los colombianos, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y en la Ley 397 de 1997, particularmente en su artículo ”.

 

Que el artículo 1° del Decreto número 2120 de 2018, con respecto al objeto y funciones del Ministerio de Cultura, señala que “corresponde al Ministerio de Cultura formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en materia cultural y de las economías creativas, de manera coherente con los principios fundamentales y de participación contemplados en la Constitución Política y en la ley, así como formular y adoptar políticas, planes genérales, programas y proyectos del sector administrativo a su cargo”;

 

Que las funciones del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en relación con el Sistema Nacional de Cultura son, entre otras, apoyar y asesorar a las respectivas instancias en la formulación del Plan Nacional de Cultura;

 

Que, en cumplimiento de las disposiciones antes citadas, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes expidió la Resolución número 0224 del 19 de julio de 2022 “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Cultura 2022-2032 - Plan Decenal de Cultura “Cultura para la protección de la diversidad de la vida y el territorio”.

 

Que dicho acto administrativo se expide después de un proceso participativo y técnico de actualización al Plan Nacional de Cultura 2001-2010 - Plan Decenal de Cultura “Hacia una ciudadanía democrática cultural” (PNC 2001-2010), como herramienta para el diseño, gestión, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos del ámbito nacional, en articulación con los departamentos, distritos y municipios, y de los sectores con los que se compartan competencias e injerencias en la garantía de los derechos culturales de los ciudadanos.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en sus considerandos se dispuso que: “las políticas públicas pueden ser objeto de evolución o modificación por cambios de gobierno y los objetivos que estos definan”.

 

Que el 19 de mayo de 2023 se expide la Ley 2294 de 2023 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida” en su artículo , integra las “Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, Colombia, Potencia Mundial de la Vida”, las cuales en la base 2 se observan disposiciones relacionadas con el sector cultural en la Trasformación 2: Seguridad Humana y Justicia Social, desarrolla en el catalizador C. Expansión de capacidades: más y mejores oportunidades de la población para lograr sus proyectos de vida, Objetivo 2 - Garantía del disfrute y ejercicio de los derechos culturales para la vida y la paz, literal d). Gobernanza Cultural, en el primer apartado determinó que “Se promoverán desarrollos normativos e instrumentos de política pública para la valoración de la actividad cultural, así como de sus expresiones colectivas”.

 

Que, seguidamente y en congruencia con lo anterior de la citada ley, en su literal e), Economías populares y alternativas en los ecosistemas culturales y creativos, su único apartado se dispuso que: “Se reconocerán y se fomentarán los procesos populares y alternativos, como una fuente de sostenibilidad y dignificación de los agentes culturales y creativos, mediante el establecimiento de alianzas público-populares en los campos de la creación, producción, circulación y apropiación de sus expresiones artísticas y culturales. Se incentivarán procesos de reconocimiento, fortalecimiento, asociatividad y sostenibilidad con articulación de los actores· de la economía popular y comunitaria del sector de las culturas, las artes y los saberes, mediante la creación del Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas, instancia que promoverá el fortalecimiento de las instituciones públicas, privadas, mixtas y populares, el fortalecimiento de la capacidad asociativa organizativa, técnica y productiva, así como la promoción, defensa, divulgación y desarrollo de las unidades económicas que pertenecen a este sector. Para concretar estos objetivos desde el sector cultura se crearán los Territorios Culturales, Creativos y de los Saberes”. En este sentido, este apartado del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 hace necesario que el Plan Nacional de Cultura (PNC) contemple dentro de su estructura estratégica la Economía Popular para el sector cultural, en razona que se dé un enfoque del fortalecimiento a estas economías dentro del citado Plan.

 

Que en atención a lo anterior y siendo el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes la entidad responsable del seguimiento al Plan Nacional de Culturas y por solicitud de diferentes organizaciones culturales de la sociedad civil decidió adelantar un proceso de revisión al PNC 2022-2032 para ampliar la participación en esta hoja de ruta y reforzar el proceso dispuesto en los literales, antes citados, en razón a la expedición de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el “Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026: Colombia, Potencia Mundial de la Vida”.

 

Que, en desarrollo de este proceso de revisión, se adelantaron las siguientes actividades:

 

1. Se acudió a la instancia principal de asesoría del Ministerio de las culturas, las Artes y los Saberes según el Sistema Nacional de Cultura (Decreto número 1080 de 2.015) que es el Consejo Nacional de Cultura en donde se conformó una Comisión de Revisión al PNC 2022-2032; así mismo, se conformó una instancia a la que se le llamó Misión de expertos para la Revisión del PNC 2022-2032 en donde participaron 9 reconocidos profesionales del sector cultural.

 

2. Por otro lado, se revisaron nuevas fuentes de participación como los “Diálogos Regionales Vinculantes para el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026”[1] para sistematizar y analizar las propuestas para el sector cultural presentadas por la sociedad civil identificadas para el sector cultural; así mismo, se revisó y se analizó el documento “Sistematización Juntanzas Polifónicas”[2] en el marco del “Estallido cultural por la paz y la vida”.

 

3. Se realizaron una serie de Diálogos para la Revisión al PNC 2022-2032 presenciales y virtuales con enfoque territorial, subsectorial y poblacional.

 

4. Se dispuso un formulario virtual para que ciudadanos y agentes del sector pudieran dejar sus observaciones y sugerencias para el ajuste del PNC 2022-2032. Estas dos últimas actividades contaron con publicidad y difusión a través de los canales de comunicación del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes para que la ciudadanía y agentes del sector cultural pudieran retroalimentar el documento.

 

Que el número de participaciones alcanzadas con estas actividades fue de 12.070 en el proceso de Revisión al Plan Nacional de Cultura 2022-2032 y que en virtud de estas participaciones se introdujeron ajustes en el documento en los apartados de enfoques, principios, diagnóstico, campos de política y estrategia de implementación y seguimiento motivados por las solicitudes de las participaciones en esta fase sobre temas como: la inclusión del enfoque de género aparte del enfoque diferencial y hacer explícito el enfoque biocultural; la sostenibilidad ambiental para acoger la acción climática desde la cultura; introducir acciones sobre el cuidado de la vida animal en las prácticas culturales y el cuidado de las semillas y la soberanía alimentaria en el contexto de las cocinas tradicionales; ampliar las estrategias sobre cultura de paz y la diversidad de las memorias, las violencias y las resistencias; abordar la perspectiva más explícita de una cultura libre de discriminaciones, exclusiones y sexismos e incluir la mirada de contextos urbanos; incluir estrategias sobre las oportunidades y riesgos de las prácticas culturales en el contexto de la inteligencia artificial; la revisión de la gobernanza cultural además de los espacios de participación del Sistema Nacional de Cultura; entre otros temas que pueden ser consultados en el documento Plan Nacional de Cultura 2024-2038 Cultura para la Protección de la Diversidad de la Vida, el Territorio y la Paz.

 

Que la Misión de Expertos recomendó al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes ampliar la vigencia del Plan Nacional de Cultura, ajustado a quince años (2024 - 2038), debido al amplio y extenso proceso de actualización y revisión, a la amplia participación en sus diferentes fases, a la prospectiva de las estrategias que se propusieron en las participaciones de este plan y que requieren de un mayor alcance en el tiempo para su desarrollo y evaluación.

 

Que el proceso de revisión llevado a cabo surtió las etapas de socialización, retroalimentación, procesamiento de la información, ajuste y validación con el Consejo Nacional de Cultura, bajo la dirección del Ministerio de las Artes, las Culturas y los Saberes.

 

Que en el proceso de las etapas anteriormente señaladas para el proceso de revisión al Plan Nacional de Cultura, se presentó, para validación, el nuevo documento del Plan Nacional de Cultura 2024-2038 “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz” en la Segunda Sesión Ordinaria 2023 del Consejo Nacional de Cultura (CNC), llevada a cabo en la ciudad de Cartagena, del 11 al 13 de diciembre de 2023, el cual contó con el concepto favorable de las y los representantes de los diferentes subsectores en este CNC.

 

Que, en razón a lo expuesto, se hace necesario expedir un acto administrativo modificatorio de la Resolución número 0224 de 2022 por la cual se adoptó el Plan Nacional de Cultura 2022-2032[3] -Plan Decenal de Cultura– “Cultura para la protección de la diversidad de la vida y el territorio” para adoptar la modificación del PNC ajustado a Plan Nacional de Cultura 2024-2038 “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz”.

 

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos y de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.14. del Decreto Reglamentario Único 1081 de 2015, el contenido de la presente resolución junto con el documento del “Plan Nacional de Cultura 2024-2038 “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz” fueron publicados en el Sistema Único de Consulta Pública (Sucop), para conocimiento y posteriores observaciones de la ciudadanía y los grupos de interés.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modifíquese el artículo de la Resolución número 0224 del 19 de julio de 2022, el cual quedará así:

 

“Artículo 1°. Adóptese la modificación al Plan Nacional de Cultura 2022-2032, el cual se denominará en adelante como “Plan Nacional de Cultura 2024-2038 “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz”. Este Plan Nacional de Cultura es una herramienta para el diseño, gestión, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos del ámbito nacional, en articulación con los departamentos, distritos, y municipios, y de los sectores con los que se compartan competencias e injerencias en la garantía de los derechos culturales de los ciudadanos.

 

Parágrafo 1°. El documento del “Plan Nacional de Cultura 2024-2038 “Cultura para el cuidado de la diversidad de la vida, el territorio y la paz”, forma parte integral de la presente resolución.

 

Parágrafo 2°. Entiéndase que la vigencia a que hace referencia el parágrafo 2° del artículo 1° y el artículo 2° de la Resolución número 0224 de 2022, corresponderá a la establecida en el presente artículo y sus demás disposiciones quedan vigentes.”.

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el artículo de la Resolución número 0224 de 2022.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de marzo del año 2024.

 

JUAN DAVID CORREA ULLOA

 

Ministerio de Culturas las Artes y los Saberes

 

Nota: Ver Anexo

 

NOTAS AL PIE DE PÁGINA:


[1] Fuente: Departamento Nacional de Planeación. Matriz de propuestas presentadas en el marco de los Diálogos Regionales vinculantes para el Plan Nacional de Desarrollo. Corte mayo 2023.

[2] Fuente propia: Corte diciembre 2022

[3] Fuente propia: Corte diciembre 2022