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Decreto 2241 de 1997 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
11/09/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/09/1997
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 43131 del dia 18 de septiembre de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2241 DE 1997

 

(Septiembre 11)

 

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 16 de 1990 y se dictan algunas disposiciones sobre Títulos de Desarrollo Agropecuario

 

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad consagrada en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

 

DECRETA:

  

Artículo 1°. Los títulos de Desarrollo Agropecuario, emitidos por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16 de 1990, serán depositados y administrados en depósitos centralizados de valores. 

 

Artículo 2°. el presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 11 días del mes de septiembre del año 1997.

 

ERNESTO SAMPER PIZANO

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

 

José Antonio Ocampo Gaviria.

 

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

 

Antonio Eduardo Gómez Merlano.