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DECRETO 341 DE 2005 (febrero 14) por medio del cual se modifican los artículos 1° y 4° del Decreto 066 de 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 96 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 65 de la Ley 921 de 2004, DECRETA: Modifícase el numeral 5 del artículo 1° del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así:"5. Límite de la cobertura. Serán los primeros cuarenta mil (40.000) créditos que se desembolsen entre el 1° de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005 y que de acuerdo con el presente decreto sean Créditos Elegibles". Artículo 2º. Modifícase el numeral 1 del artículo 4° del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así: "1. Fecha de desembolso. Los créditos deberán haberse desembolsado entre el 1° de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005". Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2005. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez NOTA: Publicado en el Diario Oficial 45823 de febrero 15 de 2005. |