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Proyecto de Acuerdo 125 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/05/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/05/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 125 DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL SE INCLUYE EN EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ¿P.E.I.- COMO PROYECTO TRANSVERSAL AL CURRÍCULO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS Y PRIVADAS DEL DISTRITO CAPITAL, EN EL NIVEL DE PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA, LA TEMÁTICA DE URBANIDAD Y CIVISMO".

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El objetivo de este proyecto es crear la temática de urbanidad y civismo en el nivel preescolar, básica y media, en las Instituciones Educativas públicas y privadas del Distrito Capital, para lo cual se propone incluir la temática de urbanidad y civismo en el Proyecto Educativo Institucional P.E.I.- como proyecto transversal al currículo de las Instituciones Educativas del Distrito.

Como primera medida se entiende por urbanidad y civismo, la educación, crianza, enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los jóvenes enfocada a la formación, enseñanza, cortesía y urbanidad.

En Colombia, a través de un programa transversal se puede lograr incluir en el ¿P.E.I- y por ende, al currículo de las Instituciones Educativas públicas y privadas, la temática de urbanidad y civismo, que permitirá a los jóvenes estudiantes estar altamente preparados para ser los futuros profesionales, padres, hijos, compañeros e interactuar en los distintos roles que conlleva vivir en esta sociedad democrática.

Existe una Organización Internacional denominada "La Asociación Internacional para la Evaluación de la Educación (IEA)", entidad multilateral que realiza desde los años sesenta, mediciones internacionales en las distintas áreas de la educación, con el fin de efectuar análisis comparados a los sistemas de educación. En nuestro país, el Ministerio de Educación y el ICFES apoya la participación del país en el Área de Educación Cívica, con miras a perfeccionar la formación del ciudadano en la democracia.

En el año 1999, cerca de 90.000 estudiantes de grado octavo, representaron 28 países, siendo interrogados sobre conocimientos y actitudes en educación cívica (democracia, ciudadanía, valores políticos y temas afines); de la misma manera se realizó con los profesores. Los resultados fueron sorprendentes y ambivalentes, toda vez que nuestro país ocupó el último lugar, después de Chile, entre los 28 países participantes.

Es claro que existe una gran preocupación del país y en especial del Distrito Capital, sobre la necesidad de que los estudiantes se preparen en éstos temas, como consecuencia de los deficientes resultados que obtuvieron los estudiantes que representaron al país en el concurso de cívica y democracia, en el evento organizado por la Asociación Internacional para la Evaluación de la Educación, desde el año 1995 hasta el año 2000.

Esto demuestra que en Colombia existe un bajo rendimiento en conocimiento de la educación cívica y urbanidad, como consecuencia de la falta de implementación de un programa que eduque al estudiante en estos temas y el bajo interés de las instituciones educativas en todos sus niveles.

Esta Honorable Corporación, tiene la potestad de implementar una temática que recupere los valores y principios que se han perdido, formando integralmente al estudiante, en cívica y urbanidad, enriqueciendo sus conocimientos y actitudes hacia una nueva democracia.

El bajo nivel de competencias cognoscitivas sobre el civismo y urbanidad, obedece a factores de distinto orden: uno de carácter general que se encuentra estadísticamente probado, y que consiste en la baja expectativa de continuar estudios por parte de la mayoría de los estudiantes, hecho que a su vez puede estar relacionado con la baja tasa de escolaridad del país y con sus caídas en épocas de recesión y, a los bajos niveles de educación de los padres, igualmente relacionado con una menor proporción de inversión en educación o con una distribución inequitativa de la misma.

El otro de carácter específico, apunta a una baja valoración del conocimiento de las ciencias sociales y de su función en la formación democrática por parte de los maestros, de la sociedad colombiana en general y el desinterés de las instituciones educativas, agravada por la ausencia de estándares generales para una enseñanza integrada de las ciencias sociales, área en la cual no se han expedido aún lineamientos curriculares, pese a que se les encuentra en los ejes transversales de Educación en Valores y de Formación para la Democracia.

En la práctica de la formación conceptual no bastan los simulacros de gobierno o de democracia, si éstas no se integran con unas competencias cognoscitivas en ciencias sociales, democracia, estado, nación, constitución, derechos y libertades, y por ende corren el riesgo de quedarse en declaraciones de buenas intenciones.

La ausencia de temas en civismo y urbanidad, se ve reflejada en los estudiantes al mostrar predisposiciones personales negativas a la participación en actividades políticas democráticas, a la movilización pacífica por causas de justicia social, a la equidad de género, o la defensa de los derechos humanos.

A continuación se relaciona selectivamente en una tabla, los puntajes obtenidos por algunos de los países que participaron en el concurso sobre el tema de cívica y democracia; del que se observa de manera clara que Colombia ocupó el último lugar con 86 puntos.

Fuente: Ministerio de Educación.

Informe presentado al Servicio Nacional de Pruebas - Subdirección de Aseguramiento de la Calidad del ICFES y al Ministerio de Educación con un análisis de los resultados de la Encuesta Internacional sobre Educación Cívica. Bogotá, marzo 14 de 2001

Así mismo en el diario El Tiempo del pasado 25 de marzo de 2004, se titulo un reportaje: "De la urbanidad de Carreño a las competencias ciudadanas".

Jaime Saldarriaga - Programa de Educación y Formación Ciudadana-. Que "hay crisis de valores", que "los valores se acabaron" , "que hay que rescatarlos". Estas y otras voces son comunes en conversaciones cotidianas, lo cual demuestra la preocupación que existe en el país por la convivencia y por no saber que hacer para lograrla¿ Pero ¿que va de la urbanidad de Carreño a las competencias ciudadanas?

Las competencias van mas allá de cumplir con obligaciones y reglas cívicas, recogen otras concepciones y contenidos sobre lo que es la ciudadanía.

El Ciudadano y la ciudadanía propuestos, bajo el espíritu de la Constitución de 1991, obrarían con base en el respeto a la dignidad humana, en el reconocimiento de los otros ¿mujeres y hombres- como personas, como sujetos de derechos y de deberes con aquellos¿ se propone que todas las instituciones educativas centren su formación en buscar que los niños, las niñas y los jóvenes, y toda la comunidad educativa, comprendan, valoren y se ejerciten en la participación, en la toma democrática de decisiones que beneficien a todos en su humanidad¿

Para lograrlo, otras opciones y prácticas pedagógicas tendrán que acompañar estos aprendizajes. Ya no es posible trasmitir principios sin más, y mucho menos si para la formación ciudadana se usan estrategias pedagógicas unilaterales, autoritarias, de repetición y sin acción comunicativa¿

Esto es lo más importante para el proyecto "Educación, compromiso de todos", pues no es posible hablar de un ejercicio pleno de ciudadanía si no se incluye una nueva oferta pedagógica."

II. MARCO CONCEPTUAL. -CIVISMO Y URBANIDAD-.

El concepto de urbanidad, se vincula estrechamente con el de civilidad y ambos proceden de un origen semántico común.

La urbanidad se centra en las relaciones interpersonales y la civilidad en los comportamientos relacionados con la vida pública, la urbanidad se entiende, como un conjunto de conocimientos que se refieren al estudio de la creación, desarrollo, reforma, y progreso de los poblados, en orden a las necesidades materiales de la vida humana.

A su vez son sinónimos de urbanidad; la buena educación, cortesía, finura, elegancia, tacto, modales y maneras. La educación cívica debe incorporarse al estudio de las ciencias sociales ya que se encuentra íntimamente relacionado.

De igual manera, por civismo se debe entender el interés por la patria, y por los acontecimientos institucionales del país, como sinónimos de civismo encontramos la cortesía, la educación y la ciudadanía.

Entre otros, los resultados al implementar esta temática en el currículo de las instituciones educativas son; hechos decisivos de la democracia; comprensión de las leyes; aplicación de derechos humanos, civiles, políticos y sociales; sentido de pertenencia por nuestro país, participación activa en la democracia del país, respeto, decoro, dignidad entre todos los integrantes de una comunidad; aplicación de valores y principios; comportamiento ejemplar en cualquier rol que desempeñé el estudiante en la sociedad.

Como resultados del estudio de la I. E.A.; se confirmó que los colegios juegan un papel importante en la preparación de nuestros jóvenes en los procesos cívicos y democráticos. Por esta razón los colegios pueden contribuir altamente en convertir a sus jóvenes estudiantes en los ciudadanos comprometidos del mañana que necesita el país y el distrito capital.

Teniendo en cuenta lo anterior podemos concluir que es evidente y se hace necesario fortalecer esta temática en las instituciones educativas públicas y privadas de este distrito capital.

II. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

A. Constitución Política:

Artículo 67: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social¿ e igualmente que¿ El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica¿"

B. Ley 115 de 1994:

Artículo 1º: "Objeto de la Ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural, y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes".

Artículo 5: "Fines de la Educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

  1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
  2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad., así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
  3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
  4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
  5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber.
  6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional, y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
  7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.
  8. La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe.
  9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
  10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  11. La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
  12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización del tiempo libre, y
  13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo. (Negrilla fuera de texto).
  14. Artículo 14:" Enseñanza Obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con:

  15. El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política;
  16. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo;
  17. La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política.
  18. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos, y
  19. La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con la necesidad psíquica y afectiva de los educandos según su edad.
  20. PARÁGRAFO PRIMERO. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los numerales a) y b), no exigen asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios. (Negrilla y subrayado fuera de texto).

    PARÁGRAFO SEGUNDO. Los programas a que hace referencia el literal b) del presente artículo serán presentados por los establecimientos educativos estatales a las Secretarías de Educación del respectivo municipio o ante el organismo que haga sus veces, para su financiación con cargo a la participación en los ingresos corrientes de la Nación, destinados por la ley para tales áreas de inversión social".

    Artículo 21: " Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo primaria. . Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes:

    ¿ k). El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana". (Negrilla y subrayado fuera de texto).

    Artículo 23: "Áreas obligatorias y fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica, se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrá que ofrecer de acuerdo con el currículo y el proyecto educativo institucional.

    Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes:

    1. Ciencias naturales y educación ambiental.
    2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.
    3. Educación artística.
    4. Educación ética y en valores humanos. ¿..

    El Artículo 33: "Objetivos Específicos de la Educación Media Técnica. Son objetivos específicos de la educación media técnica:

  21. La capacitación básica inicial para el trabajo;
  22. La preparación para vincularse al sector productivo y a las posibilidades de formación que éste ofrece, y
  23. La formación adecuada a los objetivos de educación media académica, que permita al educando el ingreso a la educación superior.

C.- Decreto 1421 de 1993. Régimen Especial para el Bogotá Distrito Capital.

Artículo 12. Numeral 1º. Establece como competencia del Concejo de Bogotá, "Dictar Normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los Servicios a cargo del Distrito".

Honorables Concejales es posible implementar esta temática, en el currículo de las Instituciones educativas, públicas y privadas de este Distrito Capital, y ver como en un futuro no muy lejano, los jóvenes estudiantes y nuestros hijos, cuentan con una educación más integral, enfocada hacia los buenos modales y la cortesía.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. ______ DE 2004

"POR MEDIO DEL CUAL SE INCLUYE EN EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ¿P.E.I.- COMO PROYECTO TRANSVERSAL AL CURRÍCULO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS Y PRIVADAS DEL DISTRITO CAPITAL, EN EL NIVEL DE PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA, LA TEMÁTICA DE URBANIDAD Y CIVISMO".

El Concejo de Bogotá D. C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, el Decreto 1421 de 1.993 y Acuerdo 095 de 2003,

ACUERDA,

ARTÍCULO PRIMERO. Inclúyase en el Proyecto Educativo Institucional ¿P.E.I.- como proyecto transversal al currículo de las Instituciones Educativas públicas y privadas del Distrito Capital, en el nivel preescolar, básica y media, la temática de urbanidad y civismo.

ARTÍCULO SEGUNDO. Para dar cumplimiento a lo establecido en él articulo primero del presente acuerdo, el Alcalde Mayor del Distrito Capital y la Secretaría de Educación Distrital, ordenaran incluir en el currículo de las Instituciones Educativas públicas y privadas del Distrito Capital, la temática de urbanidad y civismo.

ARTÍCULO TERCERO. Los programas y proyectos que desarrollen las instituciones educativas en esta temática, deberán encaminarse a la formación integral del estudiante.

ARTÍCULO CUARTO. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE