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Proyecto de Acuerdo 175 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/06/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 19 DE 1995

PROYECTO DE ACUERDO No. _____ DE __________ DE 2005

Ver Acuerdo Distrital 186 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE ESTABLECE LA POLITICA DISTRITAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN BOGOTA D.C. Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 1°, artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,

CONSIDERANDO

Que la seguridad alimentaria y nutricional, es el estado en el cual todas las personas gozan de forma oportuna y permanente al acceso, disponibilidad y uso biológico de los alimentos que necesitan en cantidad suficiente para su adecuado consumo y utilización, garantizándoles un estado nutricional y de bienestar que les permita alcanzar su desarrollo humano sostenible.

Que es un derecho de hombres, mujeres, jóvenes, niños y niñas, acceder a una alimentación y nutrición sana y balanceada, que le permita un buen desarrollo físico e intelectual y estar protegidos contra el hambre.

ACUERDA

Artículo 1. Este Acuerdo tiene por objeto establecer y ejecutar la política de seguridad alimentaria que permita a hombres y mujeres acceder, disponer, consumir en cantidad y calidad, suficientes alimentos, que contribuyan a la satisfacción de sus necesidades alimentarías, al bienestar nutricional y la utilización biológica de los alimentos.

La política de Seguridad Alimentaria se constituirá en el pilar de construcción del Estado Social de Derecho, del Sistema Integrado de Protección y Seguridad Social, de lucha contra la Pobreza Y Del Plan Maestro de Alimentos para el Distrito.

Artículo 2. La Política Distrital de Seguridad Alimentaria, será fundamento de las políticas de gobierno distrital, tendiente a mejorar la calidad de vida de la población menos favorecida de la ciudad.

Por medio de esta Política se asegura la disponibilidad suficiente y estable de los suministros de alimentos a nivel local, el acceso oportuno y permanente por parte de todas las personas a los alimentos que se precisan, en cantidad y calidad y el adecuado consumo y utilización biológica de los mismos.

Artículo 3. Objetivos de la política. Son objetivos de la política de seguridad alimentaria los siguientes:

1. Mejorar la calidad de vida de la población con mayores índices de pobreza.

2. Asegurar la disponibilidad de los alimentos a nivel local y el acceso oportuno y permanente a ellos de todas las personas, en condiciones adecuadas de cantidad, calidad y utilización biológica de los mismos.

3. Disminuir progresivamente los índices de desnutrición, de la población más vulnerable y mejorar las condiciones de nutrición del conjunto de la población, en una perspectiva de mediano y largo plazo.

4. Mejorar el sistema social integral de la sociedad.

5. Avanzar en la construcción del sistema integral de protección social.

6. Crear conciencia y cultura de solidaridad con la población en situación de pobreza, azotada por condiciones de vulnerabilidad alimentaria y nutricional.

5. Adelantar acciones de mediano y largo plazo, encaminadas a atender la población vulnerable por sectores geográficos del Distrito, así como lograr la estructuración de un sistema de abastecimientos que permita la mayor disponibilidad y acceso a los alimentos.

6. Desarrollar y fortalecer las redes interinstitucionales públicas y privadas que asuman actividades de apoyo alimentario y nutricional, educación nutricional y vigilancia y control.

Artículo 4. Principios de la Política. Son principios de la política de seguridad alimentaria los siguientes:

  1. El reconocimiento del derecho a la alimentación adecuada, en condiciones de equidad, inclusión y autonomía de las personas.
  2. La universalidad del Derecho.
  3. La necesidad de estructuración de un sistema integral de protección y de seguridad social.
  4. La permanencia en el tiempo.
  5. El Distrito promoverá para que existan los recursos necesarios para garantizar de manera permanente la estabilidad de la oferta de alimentos en cantidad y calidad suficientes, que permita satisfacer las necesidades de alimentación y nutrición de la población.
  6. Equidad y acceso
  7. Los programas económicos y sociales de las instituciones distritales promoverán el desarrollo de las poblaciones con mayor índice de pobreza, tomando medidas que permitan obtener recursos para producir, acceder y/o disponer de alimentos, propiciar medidas para que las mujeres productoras de alimentos accedan a los recursos técnicos y financieros asi como a bienes y servicios disponibles.
  8. La política de seguridad alimentaria promoverá el acceso de todas las personas a los alimentos necesarios para una buena salud, y nutrición, esta debe ser de manera oportuna adecuada y permanente.
  9. La política promueve la ingesta de alimentos sanos que se precisan, en cantidad y calidad necesaria para que las personas tengan una alimentación adecuada y saludable.
  10. Alcanzar el máximo aprovechamiento que da el organismo de las personas a los nutrientes contenidos en los alimentos que consume y el mejoramiento de la salud de las personas y del entorno ambiental, genético e inmunológico.
  11. La política respalda la participación comunitaria en las acciones encaminadas a mejorar la seguridad alimentaria y nutricional.
  12. Promover la concertación entre las instituciones de gobierno, los gremios, la empresa privada, las organizaciones civiles, y los organismos de cooperación en la solución de las necesidades básicas de la población que vive por debajo de la línea de pobreza.
  13. Eficiencia
  14. No Discriminación
  15. La política de seguridad alimentaria contribuirá a que ningún grupo o persona sea discriminada por edad, sexo, etnia, credo religioso, político o discapacidad, al acceso de los recursos o, goce de los derechos humanos de los hombres y mujeres en especial el derecho a producir, obtener, disponer y acceder a alimentos suficientes.

Articulo 5. Lineamientos de la Política. Los lineamientos de la política de seguridad alimentaria los siguientes componentes, disponibilidad, acceso a la alimentación, consumo y utilización biológica de los alimentos, conocimientos, hábitos de vida y condiciones de salud, para el desarrollo de los mismos, se definen los siguientes lineamientos:

1. Fortalecer los programas dirigidos a mejorar la capacidad técnica de pequeños y medianos productores y productoras que contribuyan al incremento en la productividad y producción de alimentos.

2. Promover y apoyar las organizaciones de productoras y productores agrícolas del distrito.

3. Solicitar y recibir donaciones de alimentos, observándose para ello las disposiciones vigentes en materia de donaciones establecidas en la Ley.

4. Mantener reservas de alimentos para auxiliar a la población afectada en casos de desastres naturales y/o emergencias de cualquier tipo, que atañen a la problemática alimentaria.

5. Promover la participación de los y las productoras en la comercialización de productos, acortando la cadena de intermediación entre productores y productoras, consumidores y consumidoras.

6. Incorporar el programa de seguridad alimentaria dentro de la red de estrategias de combate a la pobreza.

7. Mejorar las condiciones de infraestructura comercial de los alimentos entre otros: vías de comunicación y acopios hasta centros focalizados de comercialización.

8. Promover la justa seguridad de los alimentos en el seno familiar.

9. Fortalecer y ampliar los programas de seguridad complementaria dirigida a la población vulnerable y grupos de riesgos (la niñez menor de cinco años, mujeres embarazadas y en el período de lactancia).

10. Divulgar y vigilar el cumplimiento de las normas de protección al consumidor establecidas en la Ley.

11. Fortalecer el sistema de vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por alimentos.

12. Divulgar, promover y aplicar la ley de la lactancia materna.

13. Aumentar la cobertura con calidad de los servicios básicos de agua, luz, educación y depósitos de sólidos.

Articulo 6. Entidades Distritales encargadas de implementar la Política: Todas las entidades Distritales adelantarán acciones y proyectos para la aplicación de la Política de Seguridad Alimentaria, pero las siguientes serán las responsables de liderar y soportar la ejecución de los componentes de Acciones de alimentación y nutrición y abastecimiento.

1. Departamento Administrativo de Bienestar Social . DABS- o quien haga sus veces: Encargada de la provisión de alimentos en coordinación con la Secretaria de Educación.

2. Secretaria Distrital de Salud o quien haga sus veces: Encargada de la promoción y formación de hábitos saludables de alimentación, vigilancia y seguimiento nutricional.

3. Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos .UESP- o quien haga sus veces: Adelanta la gerencia del Plan Maestro de Alimentos y del Sistema de Abastecimiento.

4. Secretaria de Gobierno o quien haga sus veces: Encargada de la dirección del componente de promoción de las acciones de participación y de responsabilidad social. En conjunto con la Secretaria General deberán desarrollar las propuestas de estrategias que permitan la perdurabilidad de las relaciones de cooperación entre los sectores público y privado y con sectores de la comunidad organizada en el campo de la seguridad alimentaria.

5. Secretaria de Educación o quien haga sus veces: Encargada de construir currículos y proyectos trasversales que permitan incorporar en todos los procesos educativos y de formación primaria, básica y secundaria del distrito, valores tendientes a la creación de conciencia y cultura de solidaridad con la población en situación de pobreza.

Parágrafo. La administración Distrital reglamentara el presente artículo.

Articulo 7. El Distrito Capital, a través de la Secretaria de Gobierno y la Secretaria General, propiciará la construcción de espacios institucionales público - privado, mediante la creación de fondos solidarios, que acopien y distribuyan directamente a través de las organizaciones sociales y/o comunitarias establecidas, donaciones de todo tipo de alimentos, para apoyar acciones de alimentación y nutrición de manera permanente y sistematica.

Articulo 8. De la Publicidad. La Administración distrital, a través de la Secretaria de Gobierno, adelantará, según la viabilidad, con el Canal Televisivo Canal Capital y con otros medios de Comunicación diferentes a esté, de tipo verbal, visual y escrito; alianzas estratégicas para inculcar en la población ideas y valores de Solidaridad, de lucha contra la pobreza y de erradicación del hambre.

Artículo 9. Estrategias y Alianzas estratégicas. Las Entidades de la Administración Central, implementarán estrategias para que las empresas, entidades, organizaciones, asociaciones, industrias del sector privado nacional e internacional y gobiernos extranjeros, y población civil; adelanten campañas de solidaridad y apoyo con la política y sus programas.

Establecerán campañas de donación de alimentos, donación monetaria, donación de recurso humano y otras donaciones en especie; se adelantarán campañas educativas de alimentación y nutrición.

Implementará los mecanismos que le permitan establecer relaciones y convenios con productores y comercializadores grandes, medianos y pequeños, de manera independiente o colectiva, tendientes a garantizar la sostenibilidad de la Política Distrital de Seguridad Alimentaria.

Parágrafo. La Administración distrital reglamentará el presente artículo, definiendo los mecanismos de coordinación, cooperación y comunicación, para adelantar y promover las alianzas estratégicas y pedagógicas.

Articulo 10. Recursos. En cada período presupuestal, el gobierno Distrital asignará a través de la Secretaria de Hacienda Distrital, los recursos necesarios para el desarrollo de la Política de Seguridad Alimentaria y creará los instrumentos presupuéstales para garantizar la inclusión de partidas presupuéstales destinadas a la financiación de la Política y sus acciones, en las entidades públicas participantes de su ejecución, en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de cada vigencia.

Parágrafo: La Secretaria de Hacienda, sin detrimento de otras iniciativas, mantendrá la iniciativa de invitar a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado a realizar un aporte voluntario del 10% para contribuir a financiar sus distintos programas.

Artículo 11. Día de la Seguridad Alimentaria. Se constituye el 16 de octubre de cada año como el día "de la seguridad alimentaria" como estrategia simbólica, para generar conciencia sobre la gravedad del problema del hambre, crear la cultura de la solidaridad y promover campañas pedagógicas sobre alimentación saludable y la educación nutricional.

Articulo 12. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2005

"POR EL CUAL SE ESTABLECE LA POLITICA DISTRITAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN BOGOTA D.C. Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EXPOSICION DE MOTIVOS

De acuerdo con las proyecciones del DANE, Bogotá se ubica como la ciudad más poblada de Colombia, registrando entre 1998-2003, una tasa de crecimiento poblacional promedio anual de 2,4% frente a 1,8% nacional; de hecho Bogotá presenta una de las tasas más altas comparada con las cuatro principales ciudades del país. En el 2003, la población de Bogotá ascendió a 6.865.997 de habitantes, lo que representa el 15,3% de la población nacional.

Para el año 2001 el D.A.P.D., estimo la población de la ciudad en 6.495.873, repartidos en 1.170.978 viviendas y 1.732.118 hogares. El porcentaje de población se distribuye en estratos así: 1- 6.86%, 2- 36.62%, 3- 42.95, 4- 7.36%, 5- 3.03% y 6- 2.13%, con una ocupación geográfica de 20 localidades en 4 zonas y un índice de N.B.I compuesto (Necesidades básicas insatisfechas) de alrededor de 7.8%.

Bogotá D.C., capital de la nación, imagen de la misma, representante comercial y económico del país y territorio donde se asienta la mayor parte de establecimientos educativos, de salud y gubernamentales, cuyo régimen especial se encuentra enmarcado en la Constitución Política y reglamentado en el Decreto Ley 1421 de 1993, en donde se crean derechos y deberes a todas las instancias Distritales, le da atribuciones al Alcalde Mayor y alcaldes menores, a Ediles y Concejales de la ciudad. Al Concejo de Bogotá le da una serie de atribuciones y reglas de funcionamiento, entre las que se encuentra la aprobación de proyectos de Acuerdo, que serán lineamientos de ruta para la ciudad.

Dentro del papel del Concejo y primordial línea de trabajo se encuentra el defender y crear las pautas de acción para mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable. Desde esta perspectiva Administración y Concejo deben trabajar mancomunadamente para atender la ciudad.

En la capital los problemas son múltiples y variables. Uno de los de mayor profundidad y base para otra serie, es el de la pobreza. El Distrito aporta el 21% del PIB nacional, concentra el 19% de los hogares y presenta una tasa de migración del 41% donde la mayoría de desplazados incrementa la población en pobreza, la cual se estima en los últimos años en:

AÑO

POBLACION TOTAL

INDICADOR DE POBREZA POR L.P

INDICADOR DE POBREZA POR L.I.

1993

5,446,005

2,443,411

44.9%

434,973

8%

1995

5,720,541

2,387,940

41.7%

440,190

7.7%

1997

5,948,039

2,087,762

35.1%

404,467

6.8%

1999

6,294,072

2,737,921

44%

711,230

11%

2000

6,449,980

3,220,053

50%

971,279

15%

2001

6,557,752

3,242,835

50%

962,150

15%

2002

6,698,167

3,366,542

50%

1,140,904

17%

2003

6,861,499

3,585,875

52.2%

997,627

14.5%

Fuente: DANE, Encuesta Nacional de Hogares

El crecimiento de la proporción de personas en situaciones de miseria en Bogotá, que en el año 2000 se ubica en 14.9%, se duplica en relación con 1998. Para el año 2002 este indicador superó el nivel de 17%, lo que equivale a decir, que más de 1.100.000 habitantes de la ciudad se encuentran en situación de miseria.

La distribución de la línea de pobreza y de indigencia para el año 2003 según cálculos del CID con base en la encuesta Nacional de Hogares DANE 2003, bajo un total de 6.861.499 de personas, determino que el 52.26% de la población se encontraba bajo la línea de pobreza, es decir 3.585.875 habitantes; mientras que la población en situación no pobre llegaba a los 3.275.624 habitantes (47.74%). Bajo la línea de indigencia se encuentran 997.627 habitantes (14.54%) y no indigentes 5.863.872 (85.46%) de la población.

La distribución de hogares (1.934.828) determinó que el 45.47% de estos se encontraba bajo la línea de pobreza (879.704 hogares), es decir que 1.055.124 hogares no son pobres. Bajo la línea de indigencia se encuentran 231.743 hogares (11.98%).

La distribución de los hogares bajo la línea de pobreza por localidad de 2003 es:

LOCALIDAD

Pobre

%

No Pobre

%

Total

Usme

52.752

82.08

11.516

17.92

64.268

San Cristóbal

93.506

73.96

32.927

26.04

126.433

Ciudad Bolívar

113.504

73.19

41.582

26.81

155.086

Bosa

94.330

66.45

47.628

33.55

141.958

Rafael Uribe

68.566

61.06

43.732

38.94

112.298

Tunjuelito

35.874

57.79

26.203

42.21

62.077

Santa Fe

20.365

49.36

20.891

50.64

41.256

Kennedy

111.356

46.75

126.843

53.25

238.199

Candelaria

4.418

47.75

4.832

52.25

9.252

Mártires

13.029

46.21

15.167

53.79

28.196

Antonio Nariño

11.866

40.73

17.265

59.27

29.131

Fontibón

31.508

39.66

47.943

60.34

79.451

Engativa

76.198

33.62

150.441

66.38

226.639

Puente Aranda

26.950

33.85

52.667

66.15

79.617

Suba

72.261

30.14

167.520

69.86

239.781

Barrios Unidos

14.974

26.65

41.217

73.35

56.191

Usaquén

25.243

18.41

111.852

81.59

137.095

Teusaquillo

6.390

11.63

48.537

88.37

54.297

Chapinero

6.612

12.48

46.630

87.57

52.972

TOTAL

879.704

45.47

1.055.124

54.53

1.934.828

Fuente: Calculo CID

La distribución de los hogares bajo la línea de indigencia por localidad de 2003 es:

LOCALIDAD

Indigencia

%

No Indigencia

%

Total

Usme

17.556

27.32

46.712

72.68

64.268

San Cristobal

31.705

25.08

94.708

74.92

126.433

Ciudad Bolivar

33.874

21.84

121.212

78.16

155.086

Bosa

23.647

16.66

118.311

83.34

141.958

Candelaria

1.544

16.69

7.708

83.31

9.252

Rafael Uribe

18.104

16.12

94.194

83.88

112.298

Martires

4.461

15.82

23.735

84.18

28.196

Santa Fe

6.274

15.21

34.982

84.79

41.256

Tunjuelito

8.583

13.83

53.494

86.17

62.077

Kennedy

25.506

10.71

212.693

89.29

238.199

Antonio Nariño

2.382

8.18

26.749

91.82

29.131

Fontibon

6.932

8.72

72.519

91.28

79.451

Suba

17.658

7.36

222.123

92.64

239.781

Puente Aranda

5.031

6.32

74.586

93.68

79.617

Barrios Unidos

3.278

5.83

52.913

94.17

56.191

Engativa

14.753

6.51

211.886

93.49

226.639

Usaquen

5.870

4.28

131.225

95.72

137.095

Chapinero

2.606

4.92

50.336

95.08

52.972

Teusaquillo

1.980

3.6

52.947

96.4

54.297

TOTAL

231.743

11.98

1.703.085

88.02

1.934.828

Fuente: Calculo CID

El indicador de necesidades básicas insatisfechas, es la base de la planeación Distrital. Para 1997, el 14.52% de la población del Distrito presento NBI; ubicadas principalmente en las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, san Cristóbal y Bosa, zonas consideradas como críticas. Las localidades que presentaron menores porcentajes de NBI fueron Teusaquillo, Barrios Unidos y Puente Aranda.

Según el DNP, en el año 2000 el 14% de la población de Bogotá tenía al menos una Necesidad Básica Insatisfecha y el 2.6% se encontraba en miseria. A escala nacional estos porcentajes eran del 22.9% y 6.5% respectivamente.

Para el año 2003 la encuesta de calidad de vida calcula que el indicador NBI se encuentra alrededor del 7.8%, en donde las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, San Cristóbal, y Santa Fe presentan los índices más altos (superiores a 14%), mientras que las localidades de Chapinero y Teusaquillo presentan los índices más bajos (inferiores a 2%).

LOCALIDAD

Total

NBI compuesto %

Usme

37.291

14.8

San Cristobal

7.284

15.8

Ciudad Bolivar

97.447

16.2

Bosa

51.135

9.7

Candelaria

2.418

9.0

Rafael Uribe

35.142

8.3

Martires

5.166

5.1

Santa Fe

16.117

12.8

Tunjuelito

20.965

9.3

Kennedy

81.523

9.1

Antonio Nariño

3.104

3.0

Fontibon

19.243

6.8

Suba

22.808

2.8

Puente Aranda

10.620

3.7

Barrios Unidos

6.234

3.5

Engativa

29.994

3.8

Usaquen

17.34

3.9

Chapinero

2.150

1.6

Teusaquillo

313

0.2

TOTAL

536.279

7.8

Según la FAO el 13% de la población del planeta sufre de desnutrición. Bogotá presenta una tasa de alrededor del 14.4%, mientras que la desnutrición aguda se mantiene alrededor de un 0.5%1. Dichos resultados están bastante alejados de los reportados por el Sistema de Vigilancia Alimentaria y Nutricional (SISVAN) de la SDS, en la población atendida en las empresas sociales del Estado, los cuales muestran para el promedio de las veinte localidades, una desnutrición aguda del 23% y una desnutrición crónica del 41% con tendencia al aumento en varias localidades2.

La contribución sectorial del PIB de Bogotá, que como ya se dijo aporta el 21% del PIB Nacional, es:

SECTOR

1980

2000

Industria

16.50%

18.50%

Financiero

10.70%

15.70%

Inmobiliario

10.70%

13.40%

Admón. Pública

13%

OBJETO DEL PROYECTO

El Alcalde de la Ciudad, Sr. Luis Eduardo Garzón, ha planteado el programa denominado "Bogotá Sin Hambre", con el cual se pretende atacar el déficit de calidad de la población de Bogotá, especialmente de las localidades más críticas y con los mayores índices de pobreza: Ciudad Bolívar, Usme, Tunjuelito, Bosa, Suba y San Cristóbal. Pretende el programa no sólo atender las necesidades de las comunidades más pobres, sino aplicar medidas de choque para solucionar los problemas de seguridad de estas localidades.

La alimentación es un derecho humano básico, por lo cual anteriores administraciones también adelantarón programas y proyectos dirigidos a atender a la población desnutridad, especialmente a mujeres gestantes, niños y personas de la tercera edad; ejemplo de ello es el programa "Nutrir para el Futuro".

Todos y cada uno de los seres humanos, debe tener acceso a alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados, en cantidad y calidad suficientes para llevar una vida sana, completa y digna, este hecho es definido como seguridad alimentaria.

Seguridad alimentaria que comprende los principios de:

  1. El reconocimiento del derecho a la alimentación adecuada, en condiciones de equidad, inclusión y autonomía de las personas.
  2. La universalidad del Derecho.
  3. La necesidad de estructuración de un sistema integral de protección y de seguridad social.
  4. La permanencia en el tiempo.

De allí, la Administración distrital y nacional, tanto actual como futura, debe definir parámetros y acciones que lleven a crear pautas de acceso a los alimentos como un derecho fundamental para mejorar la calidad de vida de la población vulnerable y menos favorecida, y desarrollar la economía agrícola del Distrito, la región y la nación, a través de alianzas estratégicas con los productores agrícolas, con los distribuidores comerciales, las cadenas de almacenes y la comunidad internacional.

La seguridad alimentaria requiere el cuidado y el uso sostenible de los recursos naturales, especialmente el de tierra y agua; por lo cual es necesario que dentro de la política se impulsen programas y proyectos de desarrollo sostenible, mediante la enseñanza y la educación.

Este proyecto, es parte de una política de desarrollo social que trascienda en el tiempo y que permanezca en el mismo, como acción de planeación a largo plazo y con el objeto de mantener en las futuras administraciones el compromiso de que la sociedad pobre debe mejorar su calidad de vida, como fruto del esfuerzo conjunto del resto de la sociedad, no sólo local, sino distrital, regional, nacional e internacional, bajo la dirección y apoyo de la Administración pública y del Estado.

La política vincula a las personas, los dirigentes mundiales, nacionales y distritales, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas privadas, las fundaciones, las asociaciones de agricultores, grupos comunitarios, etc., unidos con el sólo fin de mejorar la comunidad, erradicar el hambre y la miseria y hacer de Bogotá una ciudad vivible para todos.

. Es necesario orientar las políticas, programas, proyectos, recursos y actividades para lograr la seguridad alimentaria de manera que se garanticen la disponibilidad y estabilidad de los suministros alimentarios y la asequibilidad de los mismos, así mismo como la calidad e inocuidad de éstos.

Pero, el hambre no sólo se erradica dando alimento a los más pobres, se necesita además una serie de políticas que den seguridad, educación, empleo, vivienda, participación en la toma de decisiones, salud, cultura, entre otros.

El Concejo de Bogotá debe garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. Razón de más del presente proyecto de Acuerdo como base sólida para el desarrollo de la política de seguridad alimentaria, que tomará el histórico de los programas en la materia adelantadas por las últimas administraciones distritales.

LA POLITICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

De acuerdo al "Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y culturales" del 16 de diciembre de 1966, ratificado por la ley 74 de 1968, el derecho a la alimentación es definido como un derecho humano. En Colombia está inmerso en los principios constitucionales del Estado Social de Derecho y remite a la facultad que cada nación tiene para mantener y desarrollar su propia capacidad para producir alimentos básicos. Bajo este contexto, la soberanía alimentaria es el derecho de la nación de mantener y desarrollar su propia capacidad para producir alimentos básicos respetando la diversidad biológica y cultural; la soberanía alimentaria es además, una condición previa para la verdadera seguridad alimentaria, seguridad que a su vez, ha de permitir el acceso a alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados en cantidad y calidad para una vida saludable que respete la dignidad humana. (Foro Mundial Alimentario 2002 . vía campesina 2004)

El proyecto de Acuerdo tiene como objeto dar sostenibilidad, piso y mantenimiento en el largo plazo a una política de seguridad alimentaria, dada la gravedad del problema social de Bogotá. Por lo cual se busca el mantenimiento de la política de gobierno y su transformación en política Distrital de Estado; para su contribución en el mediano y largo plazo y que sus resultados y acciones se disgreguen en el largo tiempo.

La política dibuja un panorama de vulneración del derecho fundamental a una alimentación adecuada para una gruesa proporción de la población y de limitaciones al acceso por ineficiencias del sistema de abastecimiento y debe sostenerse en las bases de disponibilidad suficiente y estable de los suministros de alimentos a nivel local, el acceso oportuno y permanente por parte de todas las personas a los alimentos que se precisan, en cantidad y calidad, el adecuado consumo y utilización biológica de los mismos, para lo cual es indispensable el acceso a los servicios básicos de saneamiento, atención de salud, y la decisión política de los gobiernos para lograrla"3 .

De la misma manera, se ha de constituir en pilar de construcción del Estado Social de Derecho, del sistema integrado de protección y seguridad social y lucha contra la pobreza. Debe lograr diseñar, integrar y ejecutar acciones que contribuyan a resolver la inseguridad alimentaria y nutricional. Debe ser con un enfoque de derechos, participativa e intersectorial e integral, que articule instituciones y acciones. Debe trascender los gobiernos y convertirse en Política de Estado.

Las diferentes instituciones públicas y privadas, individual y colectivamente como parte de un sistema integrado contra el hambre, deberán adelantar aspectos de planeación y organización acorde a la política de seguridad alimentaria del presente proyecto, es decir, que el Banco Arquidiocesano de Alimentos, el Banco de Tiempo de la Fundación Colombia presente y los demás bancos y fundaciones con carácter solidario en conjunto con las entidades estatales, adelantaran relaciones solidarias, para acopiar y distribuir directamente a través de las organizaciones sociales y/o comunitarias, donaciones de todo tipo de alimentos y donaciones de tiempo (profesional, técnico y no calificado), para apoyar acciones de alimentación y nutrición de manera permanente y sistemática en las zonas más vulnerables de la capital.

Cordialmente,

ISAAC MORENO DE CARO

Concejal

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Profamilia 2000

2 Estado del Arte, Bogotá 1990 . 2000. Libro 1. Niñez. Departamento Administrativo de Bienestar Social

3 Conferencia de Organizaciones de la Sociedad Civil de Latinoamérica y del Caribe, julio de 1996.