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ACUERDO 954 DE 2024
(Diciembre 19)
Por medio del cual se promueve la disposición temporal de parqueaderos para bicicletas en el desarrollo de actividades de aprovechamiento económico en el espacio público, que impliquen aglomeraciones de alta complejidad
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 1, 7 y 19 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993. Ver Proyecto de Acuerdo 772 de 2024.
ACUERDA
Artículo 1. OBJETO. El presente acuerdo tiene como objeto promover la disposición temporal de parqueaderos para bicicletas en el desarrollo de actividades de aprovechamiento económico en el espacio público, que impliquen aglomeraciones de alta complejidad.
Artículo 2. REGLAMENTACIÓN. La Administración Distrital reglamentará, en un término no superior a seis (6) meses, las estrategias de promoción a la luz de los instrumentos normativos que regulan la materia de aprovechamiento económico del espacio público con sujeción a la viabilidad técnica y financiera.
En la reglamentación expedida por la Administración Distrital se propenderá por que los parqueaderos para bicicletas dispuestos sean gratuitos.
Artículo 3. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUAN JAVIER BAENA MERLANO
Presidente
LUZ ANGÉLICA VIZCAINO SOLANO
Secretaria General de Organismo de Control
CARLÓS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos |