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CIRCULAR 004 DE 2005 ( )
De conformidad con las Circulares 11 y 16 de 2005, emitidas por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, en las cuales se establecen lineamientos de política presupuestal, la Dirección de Gestión Corporativa y la Oficina Asesora de Planeación presentan los criterios que se deben seguir en la Secretaría General y que son necesarios para una clara y objetiva preparación del anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2006. Directrices Generales En la medida que se programen adecuadamente los gastos, se asegurará una ejecución efectiva de los mismos, permitiendo la entrega de los productos y el cumplimiento de las metas anuales establecidas. El anteproyecto de presupuesto se debe realizar a través de un proceso de planeación dinámico que se retroalimente con los resultados de la ejecución física y la disponibilidad de recursos. La programación del presupuesto debe enmarcarse de acuerdo a la competencia de la Secretaría General y los compromisos establecidos en el Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia. En cuanto a los gastos de funcionamiento se deben conservar criterios de racionalización para cumplir con los límites legales establecidos. En relación con el presupuesto de inversión 2006, se debe orientar a cubrir los gastos recurrentes1 actuales y a garantizar la continuidad programada en el tiempo. Además, dicha programación debe ser concordante con las acciones y metas que realmente se alcancen a ejecutar, de tal forma que se garantice la entrega de los bienes y servicios dentro de la vigencia, considerando que la ejecución presupuestal está precedida por procesos contractuales que abarcan tiempos considerables. Para este ejercicio se debe realizar una planeación financiera y técnica de cada contrato, teniendo en cuenta lo existente, precios de mercado, cotizaciones y demás características, para evitar desaciertos entre la programación del presupuesto y la disponibilidad de recursos. La proyección de los pagos de cada compromiso se deben efectuar sólo hasta el mes de diciembre de 2006, para evitar la constitución de reservas presupuéstales. Para tal fin, se anexa el Calendario para Trámite de Cuentas Internas ante la Unidad Financiera para la vigencia 2006. Procedimiento para programar el presupuesto Para programar el presupuesto de la vigencia 2006, el responsable de cada rubro de funcionamiento e inversión deberá ingresar al Sistema de Gestión Contractual a través del "Módulo Anteproyecto de Presupuesto", y teniendo en cuenta las necesidades reales y compromisos que vayan a ser ejecutados en la vigencia, se registra una breve descripción, valor, fecha de inicio y terminación de cada contrato y demás información relacionada. (Ver instructivo anexo) Nota: Con el fin de garantizar una adecuada proyección de giros de cada contrato o compromiso, calcule los tiempos de los trámites precontractuales, desde el momento que pretende solicitar el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), hasta que efectúe el último pago. Para lo anterior, el Sistema de Gestión Contractual le recomendará una fecha límite para enviar a la Subdirección de Contratación toda la documentación previa a la ejecución del contrato. Para cumplir con lo dispuesto por la Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el ejercicio de programación presupuestal 2006, se debe realizar de acuerdo con el cronograma adjunto. En el caso que se requiera financiar un gasto prioritario en más de una anualidad, es necesario utilizar el mecanismo de vigencias futuras. Para tal efecto, se deben solicitar ante el Secretario General en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. Es de recordar que el Artículo 12 de la Ley 819 de 2003, estableció que la Entidad cuenta con la posibilidad de constituir vigencias futuras ordinarias, las cuales serán aprobadas por el Concejo de Bogotá, previa autorización del CONFIS territorial. PAC Inicial para la vigencia 2006 -. Una vez la Secretaría de Hacienda informe las cifras presupuesta les que se llevarán para aprobación del Concejo de Bogotá, se darán a conocer a los responsables de los rubros de funcionamiento y proyectos de inversión, con el fin ajustar la información contenida en el Sistema de Gestión Contractual, ejercicio que se efectuará a través del modulo de "Programación Anteproyecto Ajustado". (ver instructivo anexo). -. Una vez actualizada la información será puesta a consideración y aprobación del Comité de Contratación de la Secretaría General, de acuerdo con la Circular 007 de 2004. El resultado de este proceso será el Plan Contractual aprobado para el 2006 y el PAC inicial de cada rubro, ya sea de inversión o funcionamiento, documento que será enviado por el Secretario General a la Dirección Distrital de Tesorería y al CONFIS territorial. -. Cabe recordar que el PAC programado para la vigencia 2006, no tendrá modificaciones en el primer mes del año. Por lo tanto, registre con especial cuidado los giros mes a mes de cada compromiso que pretende efectuar, teniendo en cuenta que los recursos programados en un mes y que no sean girados, serán trasladados automática mente a la columna "PAC sin Ejecutar" o "Columna 13" y como consecuencia no podrá disponer fácilmente de ellos. Reservas Presupuéstales a Constituir el 31 de diciembre de 2005 El responsable de cada rubro de funcionamiento y proyecto de inversión deberá realizar una proyección de las reservas presupuéstales que se vayan a constituir al cierre de la vigencia 2005. En cuanto a los gastos de inversión se deberán ejecutar en su totalidad, en términos de compromisos ya perfeccionados, (incluye vigencias futuras). No obstante, es importante recordar que el Artículo 8 de la Ley 819 de 2003, estipula que el 70% de las reservas del presupuesto que se constituyan al cierre de la vigencia fiscal 2005, se atenderán con cargo al presupuesto del año 2006. MARÍA MERCEDES MEDINA OROZCO Directora (E ) de Gestión Corporativa MARTHA SAAVEDRA HENAO Jefe Oficina Asesora de Planeación ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DE LA SECRETARÍA GENERAL CRONOGRAMA PARA ELABORAR LA PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL 2006
NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 Los gastos recurrentes corresponden a aquellos que se generan año tras año por inversiones ya realizadas. En el caso de la inversión física, los gastos recurrentes están dirigidos hacia el mantenimiento y operación; Por ejemplo, los gastos corrientes para que operen los Supercades. |