RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 985 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/05/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/05/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8334 del 30 de mayo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 985 DE 2025

 

(Mayo 27)

 

Por medio del cual se dictan lineamientos para la implementación de estrategias intersectoriales y de cultura ciudadana para el manejo adecuado de excrementos de animales de compañía en el espacio público en Bogotá

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 12 de la Ley 1801 de 2016, y el numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Objeto. Dictar lineamientos para la implementación de estrategias intersectoriales y de cultura ciudadana para el manejo adecuado de excrementos de animales de compañía, especialmente canes, en el espacio público en Bogotá.

 

Artículo 2. Lineamientos. La Administración Distrital, a través de las entidades competentes, diseñará e implementará estrategias intersectoriales y de cultura ciudadana para el manejo adecuado de excrementos de animales de compañía, especialmente canes, para lo cual se seguirán, entre otros, los siguientes lineamientos:

 

a. Desarrollar medidas que faciliten a los tenedores y paseadores de perros el manejo adecuado de los excrementos de animales de compañía, especialmente canes.

 

b. Promover la apropiación de la problemática y de las soluciones por parte de los tenedores y los paseadores de animales de compañía, especialmente canes, para generar sostenibilidad en la implementación.

 

c. Utilizar la comunicación estratégica para la promoción y adopción de hábitos y prácticas para el manejo adecuado de excrementos de animales de compañía, especialmente canes.

 

d. La Administración Distrital podrá incluir a la academia, especialmente desde las ciencias veterinarias, biológicas y las ingenierías, en aras de fortalecer el componente de investigación, el cual es primordial para el desarrollo de esta iniciativa.

 

e. La Administración Distrital incluirá el diseño e implementación de las mencionadas estrategias para la adecuada disposición y aprovechamiento de excrementos de animales de compañía en el espacio público, en el nuevo modelo de gestión de residuos sólidos para Bogotá.

 

Artículo 3. Reglamentación. La Administración Distrital reglamentara el acuerdo transcurrido seis (6) meses a partir de su sanción.

 

Artículo 4. Seguimiento. La Administración Distrital, a través de las entidades competentes, informará anualmente al Concejo de Bogotá sobre la reglamentación e implementación del presente Acuerdo.

 

Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAÍNO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.


Nota: Ver norma original en Anexos.